Decisión nº 1/2005 del Comité mixto CE-Suiza, de 1 de febrero de 2005, por la que se sustituyen los cuadros III y IV b) del Protocolo nº 2.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2005-80215
Número oficial:
DOUE-L-2005-80215
Publicación:
02/02/2005
Departamento:
Unión Europea

EL COMITÉ MIXTO,

Visto el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la Confederación Suiza firmado en Bruselas el 22 de julio de 1972 (en lo sucesivo, «el Acuerdo»), modificado por el Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza por el que se modifica el Acuerdo en lo que se refiere a las disposiciones aplicables a los productos agrícolas transformados, firmado en Luxemburgo el 26 de octubre de 2004, y su Protocolo no 2, y, en particular, su artículo 7,

(1) Considerando que, para aplicar el Protocolo no 2 del Acuerdo, el Comité mixto fija precios de referencia internos para las Partes contratantes;

(2) Considerando que los precios reales han variado en los mercados interiores de las Partes Contratantes en lo que respecta a las materias primas a las que se aplican medidas de compensación de precio;

(3) Considerando que es necesario, por tanto, actualizar en consecuencia los precios de referencia y los importes que figuran en los cuadros III y IV b) del Protocolo no 2;

(4) Considerando que la presente Decisión debería entrar en vigor en la fecha en que se haga efectiva la aplicación provisional del Acuerdo modificado firmado el 26 de octubre de 2004, es decir, el primer día del cuarto mes siguiente a la fecha de la firma, siempre que en la misma fecha se adopten las medidas de aplicación tal como se definen en el apartado 4 del artículo 5 del Protocolo no 2.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El cuadro III y el cuadro que figura bajo la letra b) del cuadro IV del Protocolo no 2 se sustituirán por los cuadros que figuran en el anexo I y el anexo II de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de febrero de 2005.

Hecho en Bruselas, el 1 de febrero de 2005.

Por el Comité mixto

El Presidente

Richard WRIGHT

ANEXO I

«CUADRO III

Precios de referencia interiores de la CE y Suiza

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 43

ANEXO II

«CUADRO IV

b) Importes de base de materias primas agrícolas que se tienen en cuenta para el cálculo de los elementos agrícolas:

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 44

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

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Acuerdo 30/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

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