Decisión (Euratom) 2016/852 del Consejo, de 12 de mayo de 2016, por la que se aprueba la celebración por la Comisión Europea, en nombre de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, de un Protocolo de Acuerdo de Colaboración y de Cooperación por el que se establece una colaboración entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y Turkmenistán, por otra, para tener en cuenta la adhesión a la Unión Europea de la República de Bulgaria, la República Checa, la República de Estonia, la República de Croacia, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, Hungría, la República de Malta, la República de Polonia, Rumanía, la República de Eslovenia y la República Eslovaca.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2016-80912
Número oficial:
DOUE-L-2016-80912
Publicación:
31/05/2016
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, y en particular su artículo 101, párrafo segundo,

Vista la recomendación de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con el artículo 6, apartado 2, de las Actas de Adhesión de 2003, 2005 y 2011, la adhesión a un acuerdo firmado o celebrado por los Estados miembros y la Unión con terceros países u organizaciones internacionales debe aprobarse mediante la celebración de un protocolo de ese acuerdo. De conformidad con dicho artículo, debe aplicarse a tales adhesiones un procedimiento simplificado consistente en la celebración de un protocolo por el Consejo, pronunciándose por unanimidad en nombre de los Estados miembros, y por el tercer país de que se trate.

(2)

El 8 de diciembre de 2003, el Consejo autorizó a la Comisión a entablar negociaciones, en nombre de las Comunidades y de sus Estados miembros, con Turkmenistán con miras a la celebración de un Protocolo del Acuerdo de Colaboración y de Cooperación por el que se establece una colaboración entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y Turkmenistán, por otra (en lo sucesivo, «el Acuerdo»), para tener en cuenta la adhesión a la Unión de la República Checa, la República de Estonia, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, la República de Hungría, la República de Malta, la República de Polonia, la República de Eslovenia y la República Eslovaca.

(3)

El 23 de octubre de 2006, el Consejo autorizó a la Comisión a entablar negociaciones, en nombre de las Comunidades y de sus Estados miembros, con Turkmenistán con miras a la celebración de un Protocolo del Acuerdo, para tener en cuenta la adhesión a la Unión de la República de Bulgaria y de Rumanía.

(4)

El 14 de septiembre de 2012, el Consejo autorizó a la Comisión a entablar negociaciones para adaptar los acuerdos firmados o celebrados entre la Unión, o la Unión y sus Estados miembros, y uno o más terceros países u organizaciones internacionales, en vista de la adhesión a la Unión de la República de Croacia.

(5)

Las negociaciones con Turkmenistán se llevaron a buen término con la rúbrica de un Protocolo del Acuerdo para tener en cuenta la adhesión a la Unión de la República de Bulgaria, la República Checa, la República de Estonia, la República de Croacia, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, Hungría, la República de Malta, la República de Polonia, Rumanía, la República de Eslovenia y la República Eslovaca (en lo sucesivo, «el Protocolo»).

(6)

La firma y la celebración del Protocolo son objeto de procedimientos separados en lo que respecta a las materias que son competencia de la Unión y de sus Estados miembros.

(7)

Procede aprobar la celebración del Protocolo, por la Comisión, en lo que respecta a las materias que son competencia de la Comunidad Europea de la Energía Atómica.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Se aprueba la celebración por la Comisión Europea, en nombre de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, del Protocolo del Acuerdo de Colaboración y de Cooperación por el que se establece una colaboración entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y Turkmenistán, por otra, para tener en cuenta la adhesión a la Unión Europea de la República de Bulgaria, la República Checa, la República de Estonia, la República de Croacia, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, Hungría, la República de Malta, la República de Polonia, Rumanía, la República de Eslovenia y la República Eslovaca (1).

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 12 de mayo de 2016.

Por el Consejo

La Presidenta

F. MOGHERINI

________________________

(1) El texto del Protocolo se adjunta a la Decisión relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea y de sus Estados miembros, de un Protocolo del Acuerdo de Colaboración y de Cooperación por el que se establece una colaboración entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y Turkmenistán, por otra, para tener en cuenta la adhesión a la Unión Europea de la República de Bulgaria, la República Checa, la República de Estonia, la República de Croacia, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, Hungría, la República de Malta, la República de Polonia, Rumanía, la República de Eslovenia y la República Eslovaca.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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