Decisión EUCAP NESTOR/2/2014 del Comité Político y de Seguridad, de 24 de julio de 2014, relativa a la aceptación de contribuciones de terceros Estados a la Misión de la Unión Europea de desarrollo de las capacidades marítimas regionales en el Cuerno de África (EUCAP NESTOR).

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2014-81918
Número oficial:
DOUE-L-2014-81918
Publicación:
06/09/2014
Departamento:
Unión Europea

EL COMITÉ POLÍTICO Y DE SEGURIDAD,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 38, párrafo tercero,

Vista la Decisión 2012/389/PESC del Consejo, de 16 de julio de 2012, sobre la Misión de la Unión Europea de desarrollo de las capacidades marítimas regionales en el Cuerno de África (EUCAP NESTOR) (1), y, en particular, su artículo 10, apartado 3,

Considerando lo siguiente:

(1)

De acuerdo con el artículo 10, apartado 3, de la Decisión 2012/389/PESC, el Consejo autorizó al Comité Político y de Seguridad a adoptar las decisiones oportunas sobre la aceptación de las contribuciones propuestas por terceros.

(2)

Siguiendo la recomendación del Comandante de la operación civil sobre una contribución de Australia, se ha aceptado la contribución propuesta por Australia.

(3)

De conformidad con el artículo 5 del Protocolo no 22 sobre la posición de Dinamarca, anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Dinamarca no participa en la elaboración y aplicación de decisiones y acciones de la Unión con implicaciones en el ámbito de la defensa.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

1. Se acepta y considera significativa la contribución de Australia a la Misión de la Unión Europea de desarrollo de las capacidades marítimas regionales en el Cuerno de África (EUCAP NESTOR).

2. Australia queda exenta de contribución financiera al presupuesto de la EUCAP NESTOR.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 24 de julio de 2014.

Por el Comité Político y de Seguridad

El Presidente W. STEVENS

____________________________________

(1) DO L 187 de 17.7.2012, p. 40.

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