EL COMITÉ POLÍTICO Y DE SEGURIDAD,
Vista la Decisión ERYM/2/2003 del Comité Político y de Seguridad, de 10 de marzo de 2003, sobre la aceptación de contribuciones de los terceros Estados a la operación militar de la Unión Europea en la ex República Yugoslava de Macedonia,
Considerando lo siguiente:
(1) Mediante carta de 11 de marzo de 2003, el Representante Militar de Hungría ante el Comité Militar de la OTAN y ante la UEO ofreció una contribución a la Operación Militar de la UE en la ex República Yugoslava de Macedonia.
(2) El 11 de marzo de 2003, el Comité Político y de Seguridad, por recomendación del Comandante de la Operación UE y del Comité Militar de la UE, decidió aceptar la contribución
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El artículo 1 de la Decisión ERYM/2/2003 del Comité Político y de Seguridad se sustituye por el siguiente:
"Artículo 1
Contribuciones de terceros Estados
Tras las Conferencias de Generación y Dotación de Fuerzas, se aceptan las contribuciones de los siguientes terceros Estados para la operación de la UE en la ex República Yugoslava de Macedonia:
Bulgaria
Canadá
Eslovaquia
Eslovenia
Estonia
Hungría
Islandia
Letonia
Lituania
Noruega
Polonia
República Checa
Rumania
Turquía.".
Artículo 2
Entrada en vigor
La presente Decisión entrará en vigor el día de su firma.
Hecho en Bruselas, el 11 de marzo de 2003.
Por el Comité Político y de Seguridad
El Presidente
T. Paraskevopoulos