Decisión Delegada (UE) 2025/934 de la Comisión, de 5 de marzo de 2025, por la que se modifica la Decisión 2000/532/CE en lo referente a la actualización de la lista de residuos en relación con los residuos de pilas y batería.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2025-80716
Número oficial:
DOUE-L-2025-80716
Publicación:
20/05/2025
Departamento:
Unión Europea

 

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas (1), y en particular su artículo 7, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1)

Mediante la Decisión 94/3/CE de la Comisión (2) se estableció una lista de residuos, seguida de una lista de residuos peligrosos establecida por la Decisión 94/904/CE del Consejo. Dichas Decisiones quedaron derogadas por la Decisión 2000/532/CE de la Comisión (3).

(2)

En los últimos años han surgido nuevos procesos químicos de pilas y baterías, en particular en lo que respecta a las pilas y baterías de litio, de sodio y de níquel, y los procesos de fabricación y reciclado de pilas y baterías han evolucionado. Esta evolución se ha tenido en cuenta en el contexto del Reglamento (UE) 2023/1542 del Parlamento Europeo y del Consejo (4) y debe reflejarse en la lista de residuos.

(3)

Además, el Reglamento (UE) 2023/1542 introduce una terminología nueva y modificada, aplicable a los residuos de pilas y baterías (es decir, a los residuos de la fabricación de pilas o baterías, a los residuos de pilas o baterías y a sus fracciones), que, por consiguiente, también debe reflejarse en la lista de residuos.

(4)

Por consiguiente, es necesario actualizar la lista de residuos establecida en la Decisión 2000/532/CE para tener en cuenta las nuevas sustancias químicas de las pilas y baterías, la gestión de los residuos de pilas y baterías y la evolución del mercado de las pilas y baterías, y mejorar la identificación y clasificación de los flujos de residuos pertinentes, así como apoyar la mejora de la selección, el reciclado y la notificación de los residuos de pilas y baterías.

(5)

La clasificación de flujos de residuos específicos como residuos peligrosos, sustentada en información actualizada sobre la base de datos contrastados relativos a la composición y la clasificación de los peligros de las sustancias constitutivas, es esencial para garantizar que la gestión de los residuos se lleve a cabo sin poner en peligro la salud humana y sin perjudicar al medio ambiente. Las entradas de residuos peligrosos incluidas en la lista de residuos deben clasificarse teniendo en cuenta el origen y la composición de los residuos, así como los valores límite de concentración aplicables a las sustancias peligrosas, tal como se definen legalmente en el anexo III de la Directiva 2008/98/CE, para las sustancias clasificadas como peligrosas, con arreglo a los criterios definidos en el Reglamento (CE) n.o 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo (5).

(6)

La clasificación de las pilas y baterías alcalinas debe adaptarse al progreso técnico y científico teniendo en cuenta la concentración de las sustancias pertinentes en las pilas y baterías y su clasificación peligrosa de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 1272/2008.

(7)

 

(8)

Con el fin de contribuir a la gestión segura y eficaz de los residuos de pilas y baterías de litio de origen urbano, debe introducirse un nuevo código de residuos peligrosos para las pilas y baterías de litio que cubra las fracciones de residuos municipales recogidas por separado.

 

Procede, por tanto, modificar la Decisión 2000/532/CE en consecuencia.

 

(9)

Para que los operadores y las autoridades puedan aplicar adecuadamente los códigos de residuos nuevos y modificados, en particular para los residuos clasificados o reclasificados como peligrosos, y realizar los cambios estructurales y operativos necesarios en las instalaciones que gestionan residuos de pilas y baterías, así como para permitir la adaptación, presentación y tratamiento de los permisos de residuos, debe aplazarse la aplicación de la presente Decisión.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo de la Decisión 2000/532/CE se modifica con arreglo a lo dispuesto en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Será aplicable a partir del 9 de noviembre de 2026.

Hecho en Bruselas, el 5 de marzo de 2025.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

(1)   DO L 312 de 22.11.2008, p. 3, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2008/98/oj.

(2)  Decisión 94/3/CEde la Comisión, de 20 de diciembre de 1993, por la que se establece una lista de residuos de conformidad con la letra a) del artículo 1 de la Directiva 75/442/CEE del Consejo relativa a los residuos (DO L 5 de 7.1.1994, p. 15, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/1994/3(1)/oj).

(3)  Decisión 2000/532/CE de la Comisión, de 3 de mayo de 2000, que sustituye a la Decisión 94/3/CE, por la que se establece una lista de residuos de conformidad con la letra a) del artículo 1 de la Directiva 75/442/CEE del Consejo relativa a los residuos y a la Decisión 94/904/CE del Consejo, por la que se establece una lista de residuos peligrosos en virtud del apartado 4 del artículo 1 de la Directiva 91/689/CEE del Consejo relativa a los residuos peligrosos (DO L 226 de 6.9.2000, p. 3, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2000/532/oj).

(4)  Reglamento (UE) 2023/1542 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2023, relativo a las pilas y baterías y sus residuos y por el que se modifican la Directiva 2008/98/CE y el Reglamento (UE) 2019/1020 y se deroga la Directiva 2006/66/CE (DO L 191 de 28.7.2023, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2023/1542/oj).

(5)  Reglamento (CE) n.o 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, y por el que se modifican y derogan las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE y se modifica el Reglamento (CE) n.o 1907/2006 (DO L 353 de 31.12.2008, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2008/1272/oj).

ANEXO

El anexo de la Decisión 2000/532/CE se modifica como sigue:

1)

La entrada 09 01 11* se sustituye por el texto siguiente:

«09 01 11*

Cámaras de un solo uso con pilas o acumuladores incluidos en los códigos 16 06 01 a 16 06 04, 16 06 07 a 16 06 11 o 16 06 14».

2)

Después de la entrada 10 08 20 se insertan las entradas siguientes:

«10 08 21*

escorias de reciclado de residuos de pilas y baterías de litio que contienen sustancias peligrosas

10 08 22

escorias de reciclado de residuos de pilas y baterías de litio distintas de las especificadas en el código 10 08 21

10 08 23*

escorias de reciclado de residuos de pilas y baterías de níquel que contienen sustancias peligrosas

10 08 24

escorias de reciclado de residuos de pilas y baterías de níquel distintas de las especificadas en el código 10 08 23

10 08 25*

escorias de reciclado de residuos de otros tipos de pilas y baterías que contienen sustancias peligrosas, distintas de las especificadas en los códigos 10 04 01, 10 08 21 y 10 08 23

10 08 26

escorias de reciclado de residuos de otros tipos de pilas y baterías distintas de las especificadas en el código 10 08 25».

3)

El capítulo 16 06 se sustituye por el texto siguiente:

«16 06

Residuos de la fabricación, distribución y utilización de pilas y baterías

16 06 01*

residuos de pilas y baterías de plomo y ácido

16 06 02*

residuos de pilas y baterías de níquel-cadmio

16 06 03*

residuos de pilas y baterías que contienen mercurio

16 06 04*

residuos de pilas y baterías alcalinas (distintos de los especificados en el código 16 06 03)

16 06 06*

electrolito recogido por separado procedente de residuos de pilas o baterías

16 06 07*

residuos de baterías de litio

16 06 08*

residuos de baterías de níquel distintos de los especificados en el código 16 06 02 (por ejemplo, NiMH, Na-NiCl2)

16 06 09*

residuos de pilas y baterías de cinc, incluidas las de óxido de plata

16 06 10*

residuos de pilas o baterías de sodio que contienen sustancias peligrosas (excepto 16 06 11)

16 06 11*

residuos de pilas y baterías de sodio y azufre

16 06 12

otros residuos de pilas o baterías de sodio (excepto las de los códigos 16 06 10 y 16 06 11)

16 06 13*

residuos mezclados de pilas y baterías

16 06 14*

otros residuos de pilas y baterías que contienen sustancias peligrosas

16 06 15

residuos de pilas y baterías no especificados en otra categoría distintos de los especificados en los códigos 16 06 12 y 16 06 14

16 06 22*

residuos de fabricación de pilas y baterías de plomo y ácido que contienen sustancias peligrosas (por ejemplo, pasta de plomo)

16 06 23

residuos de fabricación de pilas baterías de plomo y ácido distintos de los especificados en el código 16 06 22

16 06 24*

residuos de fabricación de pilas o baterías de litio que contienen sustancias peligrosas (por ejemplo, cortes de cátodo, lodos de cátodo, celdas, módulos o paquetes de pilas o baterías no especificados)

16 06 25

residuos de fabricación de pilas y baterías de litio distintos de los especificados en el código 16 06 24 (por ejemplo, cortes de ánodos)

16 06 26*

residuos de fabricación de pilas y baterías de níquel que contienen sustancias peligrosas (por ejemplo, material cátodo líquido y sólido)

16 06 27

residuos de fabricación de pilas y baterías de níquel distintos de los especificados en el código 16 06 26

16 06 28*

residuos de fabricación de pilas y baterías alcalinas que contienen sustancias peligrosas

16 06 29

residuos de fabricación de pilas y baterías alcalinas distintos de los especificados en el código 16 06 28

16 06 30*

residuos de fabricación de pilas y baterías de cinc que contienen sustancias peligrosas

16 06 31

residuos de fabricación de pilas y baterías de cinc distintos de los especificados en el código 16 06 30

16 06 32*

residuos de fabricación de pilas y baterías de sodio que contienen sustancias peligrosas

16 06 33

residuos de fabricación de pilas y baterías de sodio distintos de los especificados en el código 16 06 32

16 06 34*

residuos de fabricación de pilas y baterías que contienen sustancias peligrosas distintas de las especificadas en los códigos 16 06 22, 16 06 24, 16 06 26, 16 06 28, 16 06 30 y 16 06 32

16 06 35

residuos de fabricación de pilas y baterías distintos de los especificados en los códigos 16 06 23, 16 06 25, 16 06 27, 16 06 29, 16 06 31 y 16 06 33».

4)

Se suprime la entrada 19 02 11*.

 

 

5)

Se añaden las entradas siguientes:

«19 02 12*

sales sólidas y soluciones que contengan metales pesados procedentes del reciclado de pilas y baterías

19 02 13*

Otros residuos que contienen sustancias peligrosas».

6)

Después de la entrada 19 13 08 se insertan las entradas siguientes:

«19 14

fracciones intermedias del tratamiento térmico o mecánico de los residuos de pilas y baterías y de los residuos de fabricación de pilas o baterías

19 14 01*

fracción intermedia del tratamiento térmico o mecánico de residuos de pilas y baterías de plomo y ácido y residuos de fabricación de pilas y baterías de plomo y ácido que contengan una mezcla de materiales de electrodos

19 14 02*

fracción intermedia del tratamiento térmico o mecánico de residuos de pilas y baterías de litio y residuos de fabricación de pilas y baterías de litio que contengan una mezcla de materiales de electrodos

19 14 03*

fracción intermedia del tratamiento térmico o mecánico de residuos de pilas y baterías de níquel y residuos de fabricación de pilas y baterías de níquel que contengan una mezcla de materiales de electrodos

19 14 04*

fracción intermedia del tratamiento térmico o mecánico de residuos de pilas y baterías alcalinas y residuos de fabricación de pilas y baterías alcalinas que contengan una mezcla de materiales de electrodos

19 14 05*

fracción intermedia del tratamiento térmico o mecánico de residuos de pilas y baterías de cinc y residuos de fabricación de pilas y baterías de cinc que contengan una mezcla de materiales de electrodos

19 14 06*

fracción intermedia del tratamiento térmico o mecánico de residuos de pilas y baterías de sodio y residuos de fabricación de pilas y baterías de sodio que contengan una mezcla de materiales de electrodos

19 14 07*

fracción intermedia del tratamiento térmico o mecánico de residuos de pilas y baterías y residuos de fabricación de pilas y baterías que contengan una mezcla de materiales de electrodos, no especificados en los códigos 19 14 01 a 19 14 06

19 14 08

aleaciones procedentes del reciclado de residuos de pilas y baterías (en forma masiva)».

7)

Se suprimen las entradas 20 01 33 * y 20 01 34.

8)

Después de la entrada 20 01 41 se insertan las entradas siguientes:

«20 01 42*

residuos de pilas o baterías especificados en los códigos 16 06 01 a 16 06 04, 16 06 08 a 16 06 11 o 16 06 14 y residuos mezclados de pilas o baterías que contienen dichos residuos, incluido también el código 16 06 07

20 01 43*

residuos de pilas o baterías de litio especificados en el código 16 06 07

20 01 44

residuos de pilas y baterías distintos de los especificados en los códigos 20 01 42 y 20 01 43».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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Recomendación 08/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

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