EL TRIBUNAL GENERAL,
Visto el artículo 41, apartado 2, del Reglamento de Procedimiento,
ADOPTA LA SIGUIENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Para el año judicial que comienza el 1 de septiembre de 2022, las fechas de las vacaciones judiciales mencionadas en el artículo 41, apartados 2 y 6, del Reglamento de Procedimiento serán las siguientes:
— | Navidad de 2022: del lunes 19 de diciembre de 2022 al domingo 8 de enero de 2023 inclusive. |
— | Semana Santa de 2023: del lunes 3 de abril de 2023 al domingo 16 de abril de 2023 inclusive. |
— | Verano de 2023: del domingo 16 de julio de 2023 al jueves 31 de agosto de 2023 inclusive. |
Artículo 2
La presente decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Luxemburgo, a 8 de marzo de 2022.
El Secretario
E. COULON
El Presidente
M. VAN DER WOUDE