Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2003, sobre la movilización de créditos del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea con arreglo al punto 3 del Acuerdo interinstitucional de 7 de noviembre de 2002 alcanzado por el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre la financiación del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea, que complementa el Acuerdo interinstitucional de 6 de mayo de 1999 sobre disciplina presupuestaria y mejora del procedimiento presupuestario (daños causados por el petrolero Prestige, terremoto registrado en Molise y Apulia y erupción del volcán Etna).

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2003-81819
Número oficial:
DOUE-L-2003-81819
Publicación:
08/11/2003
Departamento:
Unión Europea

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Acuerdo interinstitucional de 7 de noviembre de 2002 alcanzado por el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre la financiación del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea, que complementa el Acuerdo interinstitucional de 6 de mayo de 1999 sobre disciplina presupuestaria y mejora del procedimiento presupuestario (1), y, en particular, su punto 3,

Visto el Reglamento (CE) n° 2012/2002 del Consejo, de 11 de noviembre de 2002, por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (2),

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando lo siguiente:

(1) La Unión Europea ha creado un Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (el "Fondo") para mostrar su solidaridad con la población de las regiones afectadas por catástrofes.

(2) El Acuerdo interinstitucional de 7 de noviembre de 2002 permite la movilización del Fondo hasta un límite anual de 1000 millones de euros.

(3) El Reglamento (CE) n° 2012/2002 contiene disposiciones en virtud de las cuales puede movilizarse el Fondo.

(4) Los daños causados por el petrolero Prestige, el terremoto registrado en Molise y Apulia y la erupción del volcán Etna reúnen los requisitos exigibles para poder movilizar créditos del Fondo.

HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Con cargo al ejercicio presupuestario 2003 del presupuesto general de la Unión Europea se movilizará la suma de 56250000 euros en créditos de compromiso del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea.

Artículo 2

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 9 de octubre de 2003.

Por el Parlamento Europeo

El Presidente

P. Cox

Por el Consejo

El Presidente

F. Frattini

___________

(1) DO C 283 de 20.11.2002, p. 1.

(2) DO L 311 de 14.11.2002, p. 3.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €