EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Acuerdo interinstitucional de 17 de mayo de 2006 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera ( 1 ), y, en particular, su apartado 26,
Visto el Reglamento (CE) n o 2012/2002 del Consejo, de 11 de noviembre de 2002, por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea ( 2 ),
Vista la propuesta de la Comisión,
Considerando lo siguiente:
(1) La Unión Europea creó un Fondo de Solidaridad de la Unión Europea («el Fondo») para mostrar su solidaridad con la población de las regiones afectadas por catástrofes.
(2) El Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 permite la movilización del Fondo dentro de un límite máximo anual de 1 000 millones EUR.
(3) El Reglamento (CE) n o 2012/2002 contiene las disposiciones que rigen la movilización del Fondo.
(4) Italia ha presentado una solicitud de movilización del Fondo en relación con una catástrofe causada por un terremoto.
DECIDEN:
Artículo 1
En el marco del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio presupuestario 2009, se movilizará una suma de 493 771 159 EUR en créditos de compromiso y de pago con cargo al Fondo de Solidaridad.
Artículo 2
La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Estrasburgo, el 21 de octubre de 2009.
Por el Parlamento Europeo
El Presidente
J. BUZEK
Por el Consejo
La Presidenta
C. MALMSTRÖM
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( 1 ) DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.
( 2 ) DO L 311 de 14.11.2002, p. 3.