Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, relativa a la movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea, de conformidad con el apartado 26 del Acuerdo interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2012-80006
Número oficial:
DOUE-L-2012-80006
Publicación:
07/01/2012
Departamento:
Unión Europea

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera ( 1 ), y, en particular, su apartado 26,

Visto el Reglamento (CE) n o 2012/2002 del Consejo, de 11 de noviembre de 2002, por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea ( 2 ),

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1) La Unión Europea creó un Fondo de Solidaridad («el Fondo») para mostrar su solidaridad con la población de regiones asoladas por catástrofes.

(2) El Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 permite movilizar el Fondo por una cantidad máxima anual de 1 000 millones EUR.

(3) El Reglamento (CE) n o 2012/2002 contiene disposiciones que permiten movilizar el Fondo.

(4) España presentó una solicitud de movilización del Fondo con respecto a una catástrofe ocasionada por un terremoto; e Italia presentó una solicitud de movilización del Fondo con respecto a una catástrofe ocasionada por inundaciones.

HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el marco del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2011, se movilizará una suma de 37 979 875 EUR en créditos de compromiso y de pago con cargo al Fondo de Solidaridad de la Unión Europea.

Artículo 2

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Estrasburgo, el 13 de diciembre de 2011.

Por el Parlamento Europeo El Presidente J. BUZEK

Por el Consejo El Presidente M. SZPUNAR

___________________

( 1 ) DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.

( 2 ) DO L 311 de 14.11.2002, p. 3.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

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