EL PARLAMENTO EUROPEO.
-Vistos los balances financieros y las cuentas de gestión de los 6°, 7° Y 8° Fondos Europeos de Desarrollo para el ejercicio 2001 [COM(2002) 211 -C5-0190/2002],
-Vistos el Informe anual del Tribunal de Cuentas sobre las actividades de los 6°, 7° Y 8° Fondos Europeos de Desarrollo correspondiente al ejercicio 2001, y las respuestas de las instituciones (C5-0539/2002) (1),
-Vista la declaración de fiabilidad del Tribunal de Cuentas sobre los Fondos Europeos de Desarrollo (C5-0539/2002)
-Vistas las Recomendaciones del Consejo de 7 de marzo de 2003 relativas a la aprobación de la gestión financiera de la Comisión en lo referente a la ejecución de las operaciones de los Fondos Europeos de Desarrollo en el ejercicio 2001 (C5-0091/2003, C5-0092/2003, C5-0093/2003),
-Visto el artículo 33 del Acuerdo interno de 20 de diciembre de 1995 entre los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, relativo a la financiación y a la gestión de las ayudas de la Comunidad en el marco del segundo Protocolo financiero del Cuarto Convenio ACP-CE (2),
-Visto el artículo 74 del Reglamento financiero de 16 de junio de 1998 aplicable a la cooperación para la financiación del desarrollo con arreglo al IV Convenio ACP-CE (3).
-Vistos el artículo 93, el tercer guión del artículo 93 bis y el anexo V de su Reglamento,
-Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Desarrollo y Cooperación (A5-0072/2003),
1.- Toma nota de que la situación financiera de los 6°, 7° Y 8° Fondos Europeos de Desarrollo a 31 de diciembre de 2001 era la siguiente:
Cuadro 2
Utilización acumulada de recursos del FEO a 31 de diciembre de 2001
TABLA OMITIDA EN PÁGINA 14
(l) Dotación inicial de los 6°, 7° Y 8° FED (de la que 60 millones de euros proceden de la contribución especial del BEI), intereses, recursos diversos y transferencias de FED precedentes. (l) En porcentaje de recursos.
Fuente: DO C 295 de 28.11.2002, p. 296.
Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión, así como la Resolución que contiene sus observaciones. a la Comisión. al Consejo. al Tribunal de Cuentas y al Banco Europeo de Inversiones. y que disponga su publicación en el Diario OfICial de la Unión Europea (serie L).
El Secretario General
Julian PRIESTLEY
El Presidente
Pat COK
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(1) DO C 295 de 28.11.2002, p. 289.
(2) DO L 156 de 29.5.1998, p. 108.
(3) DO L 191 de 7.7.1998, p. 53.