EL PARLAMENTO EUROPEO,
— Vistas las cuentas anuales definitivas de Eurojust para el ejercicio financiero 2004 (1),
— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de Eurojust correspondientes al ejercicio 2004, acompañado de las respuestas de Eurojust (2),
— Vista la Recomendación del Consejo de 14 de marzo de 2006 (5972/2006 — C6-0093/2006),
— Visto el Tratado CE y, en particular, su artículo 276, así como el Tratado UE y, en particular, su artículo 41,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (3), y, en particular, su artículo 185,
— Vista la Decisión 2002/187/JAI del Consejo, de 28 de febrero de 2002, por la que se crea Eurojust para reforzar la lucha contra las formas graves de delincuencia (4), y, en particular, su artículo 36,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (5), y, en particular, su artículo 94,
— Vistos el artículo 71 y el anexo V de su Reglamento,
— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A6-0092/2006),
1. Aprueba la gestión del Director administrativo de Eurojust en la ejecución del presupuesto de Eurojust para el ejercicio 2004;
2. Presenta sus observaciones en la Resolución que acompaña a la presente Decisión;
3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que la acompaña al Director administrativo de Eurojust, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial (serie L).
El Presidente
Josep BORRELL FONTELLES
El Secretario General
Julian PRIESTLEY
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(1) DO C 269 de 28.10.2005, p. 33.
(2) DO C 332 de 28.12.2005, p. 68.
(3) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
(4) DO L 63 de 6.3.2002, p. 1. Decisión modificada por la Decisión 2003/659/JHA (DO L 245 de 29.9.2003, p. 44).
(5) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72. Reglamento modificado por el Reglamento (CE, Euratom) no 1261/2005 (DO L 201 de 2.8.2005, p. 3).