Decisión del Parlamento Europeo, de 23 de abril de 2009, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea para el ejercicio 2007.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2009-81727
Número oficial:
DOUE-L-2009-81727
Publicación:
26/09/2009
Departamento:
Unión Europea

EL PARLAMENTO EUROPEO,

- Vistas las cuentas anuales definitivas del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea relativas al ejercicio 2007 [1],

- Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea correspondientes al ejercicio 2007, acompañado de las respuestas del Centro [2],

- Vista la Recomendación del Consejo de 10 de febrero de 2009 (5588/2009 – C6-0060/2009),

- Visto el Tratado CE y, en particular, su artículo 276,

- Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas [3], y, en particular, su artículo 185,

- Visto el Reglamento (CE) no 2965/94 del Consejo, de 28 de noviembre de 1994, por el que se crea un Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea [4], y, en particular, su artículo 14,

- Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 [5], y, en particular, su artículo 94,

- Vistos el artículo 71 y el anexo V de su Reglamento,

- Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A6-0178/2009),

1. Aprueba la gestión del Director del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea en la ejecución del presupuesto del Centro para el ejercicio 2007;

2. Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;

3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de la misma al Director del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

El Presidente

Hans-Gert Pöttering

El Secretario General

Klaus Welle

_________________________

[1] DO C 278 de 31.10.2008, p. 42.

[2] DO C 311 de 5.12.2008, p. 116.

[3] DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

[4] DO L 314 de 7.12.1994, p. 1.

[5] DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.

Resolución del Parlamento Europeo

de 23 de abril de 2009

que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la gestión en la ejecución del presupuesto de la Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea para el ejercicio 2007

EL PARLAMENTO EUROPEO,

- Vistas las cuentas anuales definitivas del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea relativas al ejercicio 2007 [1],

- Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea correspondientes al ejercicio 2007, acompañado de las respuestas del Centro [2],

- Vista la Recomendación del Consejo de 10 de febrero de 2009 (5588/2009 – C6-0060/2009),

- Visto el Tratado CE y, en particular, su artículo 276,

- Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas [3], y, en particular, su artículo 185,

- Visto el Reglamento (CE) no 2965/94 del Consejo, de 28 de noviembre de 1994, por el que se crea un Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea [4], y, en particular, su artículo 14,

- Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 [5], y, en particular, su artículo 94,

- Vistos el artículo 71 y el anexo V de su Reglamento,

- Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A6-0178/2009),

A. Considerando que el Tribunal de Cuentas (TCE) ha declarado haber obtenido garantías suficientes de que las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2007 son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares;

B. Considerando que, el 22 de abril de 2008, el Parlamento aprobó la gestión del Director del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea por lo que se refiere a la ejecución del presupuesto del Centro para el ejercicio 2006 [6], y que, en su Resolución aneja a la decisión de aprobación de la gestión, el Parlamento, en particular,

- tomó nota de la observación formulada por el TCE en su informe de 2006 de que el superávit presupuestario acumulado para 2006 se elevó a 16,9 millones EUR, y de que el Centro tenía previsto rembolsar 9,3 millones EUR a sus clientes en 2007; aprobó la observación del TCE de que esta acumulación de superávit indica que el método de cálculo del precio de las traducciones no tiene la suficiente precisión,

- expresó la esperanza de que se encontrara pronto una solución para la cuestión del pago de las contribuciones al fondo de pensiones para el personal por el empleador,

1. Toma nota de la observación del TCE en el sentido de que su informe de auditoría de los procedimientos de adjudicación de contratos reveló que la evaluación de los criterios de adjudicación no estaba debidamente documentada y que faltaba un análisis de los costes y beneficios de las distintas alternativas presentadas para justificar las decisiones definitivas;

2. Toma nota de que el TCE consideró que en uno de cada seis procedimientos de contratación de personal sometidos a auditoría no estaba garantizada la transparencia del procedimiento, ya que se detectaron anomalías en la documentación de uno de cada seis procedimientos de contratación examinados;

3. Toma nota de la disposición del Centro a ocuparse del seguimiento de los problemas detectados por el TCE en relación con los procedimientos de adjudicación de contratos y de contratación de personal;

4. Espera que el Centro exponga en su informe de actividad 2008 las acciones específicas de seguimiento adoptadas y los resultados conseguidos;

Seguimiento de anteriores ejercicios de aprobación de la gestión

5. Toma nota de que en 2007 el Centro reembolsó a sus clientes un total de 9300000 EUR procedentes de resultados prorrogados a partir de ejercicios anteriores;

6. No puede aceptar que, a pesar de que este asunto haya sido puesto de relieve durante muchos años en las resoluciones de aprobación de la gestión, no se haya encontrado todavía una solución para el conflicto entre el Centro y la Comisión sobre el porcentaje correspondiente al empleador en las contribuciones al fondo de pensiones para el personal;

7. Señala que el Centro estableció una reserva para cubrir la eventualidad de este pago y que para 2007 la reserva se elevó a 2228928 EUR;

8. Insiste en la necesidad de que la Comisión y el Centro se esfuercen en resolver rápidamente su desacuerdo sobre las contribuciones al régimen de pensiones del personal; pide al Centro que informe a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria acerca del resultado de las negociaciones;

9. Remite, en relación con otras observaciones de carácter horizontal que acompañan a la decisión de aprobación de la gestión, a su Resolución de 23 de abril de 2009 sobre la gestión y el control financieros de las agencias de la UE [7].

_____________________________

[1] DO C 278 de 31.10.2008, p. 42.

[2] DO C 311 de 5.12.2008, p. 116.

[3] DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

[4] DO L 314 de 7.12.1994, p. 1.

[5] DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.

[6] DO L 88 de 31.3.2009, p. 118.

[7] Véase la página 206 del presente Diario oficial.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

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