EL PARLAMENTO EUROPEO,
- Vistas las cuentas anuales definitivas de la Agencia Europea de Reconstrucción relativas al ejercicio 2007 [1],
- Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Reconstrucción correspondientes al ejercicio 2007, acompañado de las respuestas de la Agencia [2],
- Vista la Recomendación del Consejo de 10 de febrero de 2009 (5588/2009 – C6-0060/2009),
- Visto el Tratado CE y, en particular, su artículo 276,
- Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas [3], y, en particular, su artículo 185,
- Visto el Reglamento (CE) no 2667/2000 del Consejo, de 5 de diciembre de 2000, relativo a la Agencia Europea de Reconstrucción [4], y, en particular, su artículo 8,
- Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 [5], y, en particular, su artículo 94,
- Vistos el artículo 71 y el anexo V de su Reglamento,
- Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A6-0169/2009),
1. Toma nota de que las cuentas anuales definitivas de la Agencia Europea de Reconstrucción son las que se adjuntan como anexo del Informe del Tribunal de Cuentas;
2. Aprueba el cierre de las cuentas de la Agencia Europea de Reconstrucción para el ejercicio 2007;
3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión al Director de la Agencia Europea de Reconstrucción, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).
El Presidente
Hans-Gert Pöttering
El Secretario General
Klaus Welle
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[1] DO C 278 de 31.10.2008, p. 13.
[2] DO C 311 de 5.12.2008, p. 42.
[3] DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
[4] DO L 306 de 7.12.2000, p. 7.
[5] DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.