EL PARLAMENTO EUROPEO,
— Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2006 (1),
— Vistas las cuentas anuales definitivas de las Comunidades Europeas relativas al ejercicio 2006 — Volumen I (C6-0366/2007) (2),
— Visto el Informe anual del Tribunal de Cuentas a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria sobre las auditorías internas efectuadas en 2006,
— Visto el Informe Anual del Tribunal de Cuentas sobre la ejecución presupuestaria relativo al ejercicio 2006 y los informes especiales del Tribunal de Cuentas, acompañados de las respuestas de las instituciones controladas (3),
— Visto el Informe del revisor independiente sobre las cuentas del Tribunal de Cuentas relativas al ejercicio 2006 (4),
— Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes presentada por el Tribunal de Cuentas, de conformidad con el artículo 248 del Tratado CE (5),
— Vistos el artículo 272, apartado 10, y los artículos 274, 275 y 276 del Tratado CE,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (6), y, en particular, sus artículos 50, 86, 145, 146 y 147,
— Vistos el artículo 71 y el anexo V de su Reglamento,
— Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A6-0093/2008),
1. Concede al Secretario General del Tribunal de Cuentas la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto del Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2006;
2. Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;
3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de la misma al Consejo, a la Comisión, al Tribunal de Justicia, al Tribunal de Cuentas, al Defensor del Pueblo Europeo y al Supervisor Europeo de Protección de Datos, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).
El Presidente
Hans-Gert PÖTTERING
El Secretario General
Harald RØMER
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(1) DO L 78 de 15.3.2006.
(2) DO C 274 de 15.11.2007, p. 1.
(3) DO C 273 de 15.11.2007, p. 1.
(4) DO C 292 de 5.12.2007, p. 1.
(5) DO C 274 de 15.11.2007, p. 130.
(6) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
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RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO
de 22 de abril de 2008
que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2006, sección V — Tribunal de Cuentas
EL PARLAMENTO EUROPEO,
— Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2006 (1),
— Vistas las cuentas anuales definitivas de las Comunidades Europeas relativas al ejercicio 2006 — Volumen I (C6-0366/2007) (2),
— Visto el Informe anual del Tribunal de Cuentas a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria sobre las auditorías internas efectuadas en 2006,
— Visto el Informe Anual del Tribunal de Cuentas sobre la ejecución presupuestaria relativo al ejercicio 2006 y los informes especiales del Tribunal de Cuentas, acompañados de las respuestas de las instituciones controladas (3),
— Visto el Informe del revisor independiente sobre las cuentas del Tribunal de Cuentas relativas al ejercicio 2006 (4),
— Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes presentada por el Tribunal de Cuentas, de conformidad con el artículo 248 del Tratado CE (5),
— Vistos el artículo 272, apartado 10, y los artículos 274, 275 y 276 del Tratado CE,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (6), y, en particular, sus artículos 50, 86, 145, 146 y 147,
— Vistos el artículo 71 y el anexo V de su Reglamento,
— Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A6-0093/2008),
1. Constata que, en 2006, el Tribunal de Cuentas Europeo administró un presupuesto de 113 596 668,31 EUR (2005: 107 548 618,24 EUR), con un porcentaje de utilización del 89 %, inferior a la media de las otras instituciones;
2. Constata que, a raíz de la introducción de la contabilidad por el principio de devengo con efectos a partir del 1 de enero de 2005, los estados financieros del Tribunal revelan un resultado económico negativo para el ejercicio 2006 (32 000 EUR) y un excedente del pasivo respecto del activo de 11 418 000 EUR;
3. Recuerda que, en lo que concierne al ejercicio 2006 (al igual que al ejercicio 2005), las cuentas del Tribunal fueron revisadas por una empresa externa, KPMG, que llegó a las siguientes conclusiones: «[…] los estados financieros reflejan una imagen fiel de la situación financiera del Tribunal de Cuentas Europeo a 31 de diciembre de 2006 y de sus resultados operativos para el ejercicio cerrado a esta fecha, de conformidad con el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, sus normas de desarrollo, los principios contables aplicables y las normas internas del Tribunal de Cuentas Europeo»;
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(1) DO L 78 de 15.3.2006.
(2) DO C 274 de 15.11.2007, p. 1.
(3) DO C 273 de 15.11.2007, p. 1.
(4) DO C 292 de 5.12.2007, p. 1.
(5) DO C 274 de 15.11.2007, p. 130.
(6) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
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4. Toma nota de la respuesta escrita del Tribunal al cuestionario del ponente en lo referente a la contabilidad de las pensiones de los antiguos miembros del Tribunal, según la cual el Tribunal presenta en el balance el pasivo por pensiones a 31 de diciembre de 2006 y la garantía de los Estados miembros se revela en las notas de dicho balance, pero sin contabilizarse como crédito a largo plazo a los Estados miembros; observa además que en el ejercicio 2006 los pagos de pensiones del Tribunal a los miembros ascendieron a 2,3 millones EUR;
5. Reitera su opinión de que tanto el pasivo para los futuros pagos de pensiones como el crédito a largo plazo a los Estados miembros —en razón de que garantizan la financiación del sistema de pensiones— deben incluirse en el balance con el fin de ofrecer una visión precisa del pasivo existente y del coste real de las auditorías en la UE, así como para reflejar los principios de la contabilidad de devengo aplicable desde el 1 de enero de 2005;
6. Toma nota de que el informe del auditor interno del Tribunal para 2006 fue ampliamente positivo, donde se establece que la calidad de los expedientes de licitación y de los contratos fue satisfactoria, pese a que «la elección del procedimiento simplificado o de derogación podría haberse justificado mejor y la documentación relativa a la evaluación de las ofertas debería mejorarse»; acoge con satisfacción, en este contexto, que se haya atendido a todas las recomendaciones presentadas por el auditor interno (fomentar una formación adecuada sobre contratación pública y el registro de todos los contratos en una única base de datos);
7. Observa con preocupación que, según las respuestas al cuestionario del ponente, el Tribunal sigue experimentando dificultades en relación con la contratación de personal profesionalmente cualificado para varios puestos a través de los concursos organizados por la EPSO, debidas en parte al incremento del coste de la vida en Luxemburgo y el menor atractivo del salario del grado de base AD 5; no obstante, acoge con satisfacción el significativo descenso en el número de puestos vacantes de 74 en 2006 a 56 en 2007 y elogia la intención del Tribunal de seguir reduciendo el número de puestos vacantes y su proporción actual y futura en el organigrama;
8. Toma nota del ingreso en el Tribunal de cinco nuevos miembros a lo largo de 2006; reitera su esperanza de que sea posible diseñar una estructura más racional para el Tribunal antes de la próxima ampliación; pide al Tribunal que considere los modelos existentes con miras a reducir el número total de miembros; reitera su petición de que se estudien propuestas de introducción de un sistema rotatorio similar al que se aplica al Consejo de Gobierno del BCE o un sistema con un único Auditor General; pide al Tribunal que mantenga informado al Parlamento sobre el seguimiento a esta recomendación hasta el 30 de septiembre de 2008;
9. Toma nota de que el Tribunal ha aprobado un nuevo manual de control de los resultados y un plan para seguir desarrollando el control en materia de tecnología de la información y ajustar la organización de los grupos de auditoría para reflejar la repercusión de la presupuestación por actividades en las auditorías; observa asimismo que el Tribunal llevó a cabo un ejercicio de autoevaluación a lo largo de 2006, cuyo resultado es un plan de acción;
10. Observa que el plan de acción está siendo sometido a una «evaluación inter pares» por un equipo internacional; solicita que el Presidente del Tribunal facilite información actualizada sobre el desarrollo de la evaluación y la aplicación del plan de acción;
11. Constata, en relación con las declaraciones de intereses económicos de los miembros, que, en cumplimiento del código de conducta del Tribunal, sus miembros presentan una declaración de sus intereses económicos y otros activos (incluidas acciones, bonos convertibles y certificados de inversión, así como tierras y propiedades inmobiliarias, junto con las actividades profesionales de sus cónyuges) al Presidente del Tribunal, quien las custodia en condiciones de confidencialidad, y que dichas declaraciones no se publican;
12. Reitera que, como una cuestión de principios y en interés de la transparencia, debería exigirse a los miembros de todas las instituciones de la UE que presentaran una declaración de intereses económicos que fuera accesible en Internet a través de un registro público; lamenta que, en contra de su solicitud del pasado año, el Tribunal no informara al Parlamento antes del 30 de septiembre de 2007 sobre las medidas adecuadas que iba a tomar a este respecto.