EL PARLAMENTO EUROPEO,
— Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2011 ( 1 ),
— Vistas las cuentas anuales consolidadas de la Unión Europea relativas al ejercicio 2011 [COM(2012) 436
— C7-0230/2012] ( 2 ),
— Visto el Informe Anual del Tribunal de Cuentas sobre la ejecución del presupuesto para el ejercicio
2011, acompañado de las respuestas de las instituciones controladas ( 3 ),
— Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones
correspondientes presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2011, de conformidad con el
artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea ( 4 ),
— Vistos el artículo 314, apartado 10, y los artículos 317, 318 y 319, del Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se
aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 5 ), y,
en particular, sus artículos 50, 86, 145, 146 y 147,
— Visto el Reglamento (UE, Euratom) n o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de
octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que
se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo ( 6 ), y, en particular, sus artículos 164,
165 y 166,
— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,
— Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A7-0093/2013),
1. Concede al secretario general del Comité de las Regiones la aprobación de la gestión en la ejecución del
presupuesto del Comité de las Regiones para el ejercicio 2011;
2. Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;
3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de
la misma al Consejo, a la Comisión, al Tribunal de Justicia, al Tribunal de Cuentas, al Defensor del Pueblo
Europeo y al Supervisor Europeo de Protección de Datos, y que disponga su publicación en el Diario
Oficial de la Unión Europea (serie L).
El Presidente
Martin SCHULZ
El Secretario General
Klaus WELLE
________
( 1 ) DO L 68 de 15.3.2011.
( 2 ) DO C 348 de 14.11.2012, p. 1.
( 3 ) DO C 344 de 12.11.2012, p. 1.
( 4 ) DO C 348 de 14.11.2012, p. 130.
( 5 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
( 6 ) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.
RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO
de 17 de abril de 2013
que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la
gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2011, sección
VII — Comité de las Regiones
EL PARLAMENTO EUROPEO,
— Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2011 ( 1 ),
— Vistas las cuentas anuales consolidadas de la Unión Europea relativas al ejercicio 2011 [COM(2012) 436
— C7-0230/2012] ( 2 ),
— Visto el Informe Anual del Tribunal de Cuentas sobre la ejecución del presupuesto para el ejercicio
2011, acompañado de las respuestas de las instituciones controladas ( 3 ),
— Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones
correspondientes presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2011, de conformidad con el
artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea ( 4 ),
— Vistos el artículo 314, apartado 10, y los artículos 317, 318 y 319, del Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se
aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 5 ), y,
en particular, sus artículos 50, 86, 145, 146 y 147,
— Visto el Reglamento (UE, Euratom) n o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de
octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que
se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo ( 6 ), y, en particular, sus artículos 164,
165 y 166,
— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,
— Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A7-0093/2013),
1. Constata con satisfacción que el Tribunal de Cuentas observa en su Informe Anual relativo al ejercicio
2011 que no se han detectado insuficiencias significativas respecto de las cuestiones examinadas
relativas a los recursos humanos y la contratación pública del Comité de las Regiones (en adelante,
«el Comité»);
2. Se congratula de que, basándose en su trabajo de auditoría, el Tribunal de Cuentas haya llegado a la
conclusión de que los pagos del ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2011 correspondientes a los
gastos administrativos y otros gastos de las instituciones y órganos están, en su conjunto, exentos de
errores significativos;
3. Observa que, en 2011, el Comité dispuso de un presupuesto aprobado de 84 100 000 EUR,
82 000 000 EUR de los cuales (90 800 000 EUR en 2010) en créditos de compromiso, con un índice
de utilización del 97,5 %, inferior al 99,4 % de 2010; subraya que el presupuesto del Comité es
puramente administrativo y destina el 72 % del gasto al personal vinculado a la institución y el
28 % a inmuebles, mobiliario, equipos y diversos gastos de funcionamiento;
4. Expresa su consternación por la caída del índice de utilización presupuestaria; pide la adopción de
medidas para mejorar tal índice y la supervisión de los cambios efectuados;
_________
( 1 ) DO L 68 de 15.3.2011.
( 2 ) DO C 348 de 14.11.2012, p. 1.
( 3 ) DO C 344 de 12.11.2012, p. 1.
( 4 ) DO C 348 de 14.11.2012, p. 130.
( 5 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
( 6 ) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.
5. Reconoce que el nuevo papel del Comité, tal y como se recoge en el Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea, requiere ajustes organizativos, pero considera que tales adaptaciones podrían haberse
previsto en los compromisos del presupuesto del Comité para 2011;
6. Acoge con satisfacción los proyectos sobre la organización interna del Comité, que fijan los objetivos
de cooperación entre servicios y desarrollo de sinergias en actividades comunes y acciones conjuntas;
pide que se le tenga al corriente de los proyectos y se le informe con mayor precisión sobre las
consecuencias presupuestarias de las medidas adoptadas;
7. Felicita tanto al Comité como al Comité Económico y Social Europeo (CESE) por la obtención de la
certificación EMAS e ISO-14001; lamenta, no obstante, que no se facilitara información sobre la energía
procedente de fuentes renovables, como se solicitó en la Resolución de aprobación de la gestión del
ejercicio precedente del Parlamento Europeo; atrae la atención sobre la obligación de publicar datos
sobre la cuota de energías renovables e información sobre el impacto ambiental;
8. Observa con satisfacción que las recomendaciones y los requerimientos formulados por la Comisión de
Control Presupuestario del Parlamento Europeo son registrados por el servicio de presupuesto del
Comité en una base de datos central y que se supervisan con regularidad los avances en su aplicación;
9. Solicita al Comité que siga supervisando la estructura del personal, a fin de garantizar que la organización
de los puestos sea totalmente eficaz y contribuya a un mejor gasto del presupuesto asignado;
10. Celebra la introducción progresiva de las videoconferencias; expresa su deseo de ser informado con
regularidad sobre su eficacia y los ahorros así generados, incluidos los ahorros en los gastos de viaje;
11. Observa las recomendaciones formuladas y los objetivos fijados por el servicio de auditoría interna del
Comité; considera, no obstante, que la ejecución debe mejorarse y racionalizarse;
12. Acoge con satisfacción los logros en el ámbito de la traducción tras el acuerdo de cooperación
renovado entre el Comité y el CESE; observa, no obstante, que la elevada demanda de traducción en
períodos de gran actividad condujo a un aumento de los recursos de externalización; pide al Comité
que fije un mejor calendario para las solicitudes de traducción;
13. Invita al Comité a incluir el nivel de no utilización de los servicios de interpretación solicitados a lo
largo de ese año en el próximo informe anual de actividades;
14. Apoya las conclusiones de la evaluación intermedia del acuerdo de cooperación administrativa entre el
Comité y el CESE; comparte la opinión de que se necesitan ciertas mejoras para racionalizar los recursos
humanos en los Servicios Conjuntos y en el ámbito de la traducción;
15. Pide información detallada sobre los objetivos de cooperación administrativa, el grado de consecución
de tales objetivos y su impacto en términos de ahorro;
16. Felicita al Comité por la constante calidad del informe anual de actividad y por facilitar un exhaustivo
informe anual de impacto, que es una herramienta importante para la evaluación de su labor; observa
con satisfacción que en el informe anual de actividad se facilitó un cuadro exhaustivo del conjunto de
recursos humanos a disposición del Comité; solicita al Comité que incluya en el cuadro el desglose de la
participación en la formación profesional;
17. Reitera su posición de que, en aras de la transparencia, las declaraciones de intereses financieros de los
miembros de todas las instituciones y las actualizaciones de los mismos deben estar accesibles en
internet; acoge con satisfacción la decisión adoptada en 2011 por la Mesa del Comité de poner a
disposición en internet las declaraciones de intereses financieros de los miembros y espera que estén
disponibles lo antes posible.