EL PARLAMENTO EUROPEO,
— Vistas las cuentas anuales definitivas del Instituto Europeo de la Igualdad de Género relativas al ejercicio
2011,
— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales definitivas del Instituto Europeo de la
Igualdad de Género relativas al ejercicio 2011, acompañado de las respuestas del Instituto ( 1 ),
— Vista la Recomendación del Consejo de 12 de febrero de 2013 (05753/2013 – C7-0041/2013),
— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se
aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y,
en particular, su artículo 185,
— Visto el Reglamento (UE, Euratom) n o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de
octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que
se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo ( 3 ), y, en particular, su artículo 208,
— Visto el Reglamento (CE) n o 1922/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de
2006, por el que se crea un Instituto Europeo de la Igualdad de Género ( 4 ), y, en particular, su
artículo 14,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el
que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del
Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero
aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 5 ), y, en particular, su artículo 94,
— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,
— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Derechos de
la Mujer e Igualdad de Género (A7-0081/2013),
1. Aprueba la gestión de la directora del Instituto Europeo de la Igualdad de Género en la ejecución del
presupuesto del Instituto para el ejercicio 2011;
2. Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;
3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de
la misma a la directora del Instituto Europeo de la Igualdad de Género, al Consejo, a la Comisión y al
Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).
El Presidente
Martin SCHULZ
El Secretario General
Klaus WELLE
_________
( 1 ) DO C 388 de 15.12.2012, p. 98.
( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
( 3 ) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.
( 4 ) DO L 403 de 30.12.2006, p. 9.
( 5 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.
RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO
de 17 de abril de 2013
que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la
gestión en la ejecución del presupuesto del Instituto Europeo de la Igualdad de Género para el
ejercicio 2011
EL PARLAMENTO EUROPEO,
— Vistas las cuentas anuales definitivas del Instituto Europeo de la Igualdad de Género relativas al ejercicio
2011,
— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales definitivas del Instituto Europeo de la
Igualdad de Género relativas al ejercicio 2011, acompañado de las respuestas del Instituto ( 1 ),
— Vista la Recomendación del Consejo de 12 de febrero de 2013 (05753/2013 – C7-0041/2013),
— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se
aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y,
en particular, su artículo 185,
— Visto el Reglamento (UE, Euratom) n o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de
octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que
se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo ( 3 ), y, en particular, su artículo 208,
— Visto el Reglamento (CE) n o 1922/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de
2006, por el que se crea un Instituto Europeo de la Igualdad de Género ( 4 ), y, en particular, su
artículo 14,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el
que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del
Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero
aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 5 ), y, en particular, su artículo 94,
— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,
— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Derechos de
la Mujer e Igualdad de Género (A7-0081/2013),
A. Considerando que el Instituto Europeo de la Igualdad de Género («el Instituto») se creó en virtud del
Reglamento (CE) n o 1922/2006 y obtuvo su independencia el 15 de junio de 2010,
B. Considerando que el Tribunal de Cuentas ha declarado haber obtenido garantías suficientes de que las
cuentas anuales del Instituto correspondientes al ejercicio 2011 son fiables y de que las operaciones
subyacentes son legales y regulares,
C. Considerando que 2011 fue el primer año plenamente operativo para el Instituto desde que obtuvo su
independencia financiera y administrativa en junio de 2010;
________
( 1 ) DO C 388 de 15.12.2012, p. 98.
( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
( 3 ) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.
( 4 ) DO L 403 de 30.12.2006, p. 9.
( 5 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.
D. Considerando que la estructura del Instituto se basa en el mandato y los cometidos definidos en el
Reglamento básico por el que se crea el Instituto y en los objetivos aprobados por su Consejo de
Administración en el programa de trabajo a medio plazo 2010-2012 y el programa de trabajo anual,
E. Considerando que el presupuesto total del Instituto para el ejercicio 2011 ascendía a 7 530 000 EUR,
frente a un presupuesto total de 5 678 123,09 EUR para el ejercicio 2010, lo que supone un incremento
del 32,6 %; considerando que el presupuesto del Instituto se nutre exclusivamente de una
contribución de la Unión;
F. Considerando que, a finales de 2011, el Instituto registró un saldo presupuestario positivo de
1 156 400,29 EUR ( 1 ), tras la deducción de las diferencias en el tipo de cambio por valor de
2 650,64 EUR, que se contabilizó como pasivo frente a la Comisión,
Gestión presupuestaria y financiera
1. Recuerda que se concedió autonomía administrativa y financiera al Instituto el 15 de junio de 2010;
observa que, a resultas de esto, todos los procedimientos de contratación pública se iniciaron en el
último trimestre de 2010;
2. Observa que la ejecución del presupuesto se prepara sobre la base de una contabilidad de caja modificada,
lo que significa que los créditos de pago prorrogados se registran junto con los pagos efectuados
y los ingresos recibidos;
3. Observa en las cuentas anuales que la ejecución de los pagos durante 2011 fue más efectiva que en
2010, lo que supone una mejora considerable en todos los títulos; constata en las cuentas anuales que,
a finales de 2011, el Instituto registró un porcentaje de ejecución presupuestaria del 44,19 % en el caso
de los pagos, y del 88,54 % en el de los compromisos;
4. Deduce de las cuentas anuales ( 2 ) que el porcentaje de ejecución del título I (Gastos de personal),
aumentó hasta el 88,49 % en 2011, en comparación con el 49,19 % de 2010; pide al Instituto que
informe a la autoridad de aprobación de la gestión presupuestaria acerca de las medidas adoptadas para
mejorar este porcentaje;
5. Observa en las cuentas anuales que la ejecución de los pagos correspondientes al título II (Gastos de
funcionamiento), aumentó hasta el 34,71 % en 2011, en comparación con el 28,99 % de 2010; pide al
Instituto que informe a la autoridad de aprobación de la gestión presupuestaria acerca de las medidas
adoptadas para mejorar estos porcentajes, ya que los bajos porcentajes de ejecución revelan dificultades
en relación con la planificación y la ejecución del presupuesto;
6. Observa en las cuentas anuales un porcentaje de ejecución muy bajo, del 18,36 %, de los pagos
correspondientes al título III (Gastos operativos); observa que ello se debe al número significativo de
procedimientos de contratación que se iniciaron en la última parte de 2010, después de que el Instituto
se hiciera administrativamente autónomo en junio de dicho año; pide al Instituto que informe a la
autoridad de aprobación de la gestión presupuestaria acerca de las medidas adoptadas desde entonces
para mejorar este porcentaje, ya que los bajos porcentajes de ejecución revelan dificultades en relación
con la planificación y la ejecución del presupuesto;
7. Deduce de las cuentas anuales que se prorrogaron a 2012 3 339 551,93 EUR en créditos comprometidos
a finales de 2011 pero aún no pagados, lo que representa el 50 % de los compromisos totales;
observa, además, que el importe total de créditos prorrogados y anulados (es decir, prorrogados de
2010 a 2011 y no pagados en 2011) asciende a 295 741,61 EUR, lo que se debe a que se trata del
primer año completo de funcionamiento en que el personal inició diferentes tipos de procedimientos de
contratación por primera vez, lanzó varias medidas, entre ellas una solicitud tardía de un acto presidencial,
y otras acciones, en la segunda parte del año; pide al Instituto que informe a la autoridad de
aprobación de la gestión presupuestaria acerca de las medidas adoptadas para garantizar un porcentaje
satisfactorio de ejecución del presupuesto en el futuro;
_________
( 1 ) Cuentas anuales relativas al ejercicio 2011, p. 22.
( 2 ) Cuentas anuales relativas al ejercicio 2011, p. 34.
8. Constata en las cuentas anuales que, a finales de 2010, el Instituto no procedió al necesario ejercicio de
liberación de créditos y que se efectuaron todas las prórrogas automáticas;
Contabilidad
9. Observa que en 2010 el Instituto definió las responsabilidades de los agentes financieros y desarrolló
circuitos financieros para los compromisos; toma nota asimismo de que el Instituto designó a todos sus
agentes financieros, definiendo sus cometidos y responsabilidades, antes de finales de 2010;
10. Constata que el Instituto recibió tres transferencias financieras de la Comisión por un valor total de
7 530 000 EUR (3 390 000 EUR en la primera transferencia, 2 070 000 EUR en la segunda y
2 070 000 en la tercera);
Contratación pública
11. Observa en el Informe Anual que, en 2011, el Instituto registró seis excepciones para las transacciones
financieras, que fueron examinadas junto con la dirección, los jefes de equipo y el personal pertinente
para evitar errores en el futuro; pide al Instituto que informe a la autoridad de aprobación de la gestión
presupuestaria acerca de las medidas adoptadas con respecto a esta anomalía;
12. Observa que en 2011, se finalizaron 123 procedimientos de contratación en los ámbitos de operaciones
y funcionamiento, y que la contratación general representó aproximadamente un 50 % del presupuesto
total del Instituto; observa asimismo que las actividades de adjudicación de contratos de 2011 se
han llevado a cabo en consonancia con el programa de trabajo para 2011;
Recursos humanos
13. Observa en las cuentas anuales que, en 2011, el Instituto concluyó la contratación de tres agentes
temporales y tres agentes contractuales (mientras que en 2010, el Instituto contrató a 23 agentes
temporales) y alcanzó un índice de ocupación de su plantilla del 94 %, en comparación con el 92,3 %
de 2010; celebra la mejora del índice de ocupación de la plantilla de personal del Instituto, que
contribuirá a su eficaz funcionamiento;
14. Constata que, según el SAI, una serie de políticas, estrategias, procedimientos y directrices respaldan la
aplicación de lo dispuesto en el Estatuto del Personal del Instituto; observa que algunos puntos están
todavía en fase de desarrollo y deben completarse en una fase posterior, en particular la adopción de las
herramientas informáticas para la gestión del personal (en concreto, para tareas como la preparación de
descripciones de puestos de trabajo, el establecimiento de objetivos personales y la formalización de
planes de formación individuales); pide al Instituto que informe a la autoridad de aprobación de la
gestión presupuestaria acerca de las medidas adoptadas para abordar los asuntos señalados;
Rendimiento
15. Celebra el segundo informe de evaluación ex ante del Instituto de 8 de septiembre de 2011, centrado en
los objetivos y las operaciones específicas del Instituto y encaminado a facilitar orientaciones al personal
directivo del Instituto para el cumplimiento de sus objetivos y actividades; señala que, en un momento
de crisis económica y de austeridad como el actual, es de vital importancia que el Instituto ofrezca la
mejor relación calidad-precio sin comprometer el desempeño satisfactorio de sus importantes competencias;
16. Aplaude la creación por parte del Instituto del Centro de Recursos y Documentación, como una fuente
europea única de conocimientos institucionales y metodológicos sobre la igualdad de género;
17. Destaca que los objetivos y las funciones del Instituto exigen que se mantenga una entidad específica
aparte para este ámbito dentro del marco institucional;
Sede
18. Toma nota de que en el Informe Anual del Instituto se indica que el 1 de marzo de 2010 el personal
del Instituto se trasladó de sus dependencias temporales en Bruselas a su sede permanente en Vilna
(Lituania);
19. Constata en el Informe Anual que el Gobierno de la República de Lituania garantizó el pago del alquiler
de la oficina del Instituto por un período de dos años hasta el 15 de diciembre de 2011;
20. Acoge con satisfacción la iniciativa única, en coordinación con las demás representaciones de las
instituciones de la Unión en Vilna (la Representación de la Comisión y la Oficina de Información
del Parlamento Europeo), para encontrar y seleccionar locales comunes; observa que la «Casa de la UE»,
de reciente creación, resultaba necesaria y permitirá generar sinergias, aumentar la visibilidad de la
Unión y ahorrar y compartir gastos;
Auditoría interna
21. Acoge con satisfacción las primeras actividades de auditoría efectuadas en el Instituto en 2011 por el
Servicio de Auditoría Interna (SAI); observa en el informe del SAI ( 1 ) que no queda pendiente ninguna
recomendación «crítica» ni «muy importante» derivada de sus informes de 31 de diciembre de 2011;
22. Observa que el SAI llevó a cabo una revisión no exhaustiva de la aplicación de las normas de control
interno del Instituto en diciembre de 2011; observa que este aceptó las recomendaciones para finalizar
el procedimiento de aplicación de las normas de control interno y que la dirección adoptó un plan de
acción que debía ejecutarse en 2012; pide al Instituto que informe a la autoridad de aprobación de la
gestión presupuestaria acerca de las medidas adoptadas con respecto a estas recomendaciones;
23. Observa que el análisis de riesgos del SAI identificó ciertos procesos ( 2 ) que no pudieron considerarse
dentro del plan de auditoría del SAI, ya que los controles fueron calificados como ausentes o insuficientes;
24. Toma nota del comentario del Tribunal de Cuentas según el cual el Instituto necesita mejorar la
documentación del inventario físico en cuanto al activo inmovilizado y a la estimación de los cargos
acumulados;
25. Remite, en relación con las demás observaciones de carácter horizontal que acompañan a la Decisión de
aprobación de la gestión, a su Resolución, de 17 de abril de 2013 ( 3 ) sobre el rendimiento, la gestión
financiera y el control de las agencias.
________
( 1 ) Informe anual de auditoría interna para el ejercicio 2011, p. 6.
( 2 ) Informe anual de auditoría interna para el ejercicio 2011, p. 4.
( 3 ) Textos Aprobados, P7_TA(2013)0134 (véase la página 374 del presente Diario Oficial).