Decisión del Parlamento Europeo, de 17 de abril de 2013, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Fundación Europea de Formación para el ejercicio 2011.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2013-82478
Número oficial:
DOUE-L-2013-82478
Publicación:
16/11/2013
Departamento:
Unión Europea

EL PARLAMENTO EUROPEO,

— Vistas las cuentas anuales definitivas de la Fundación Europea de Formación relativas al ejercicio 2011,

— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de la Fundación Europea de

Formación correspondientes al ejercicio 2011, acompañado de las respuestas de la Fundación ( 1 ),

— Vista la Recomendación del Consejo de 12 de febrero de 2013 (05753/2013 — C7-0041/2013),

— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se

aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y,

en particular, su artículo 185,

— Visto el Reglamento (UE, Euratom) n o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de

octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que

se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo ( 3 ), y, en particular, su artículo 208,

— Visto el Reglamento (CE) n o 1339/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de

2008, por el que se crea una Fundación Europea de Formación ( 4 ), y, en particular, su artículo 17,

— Vistos el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el

que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del

Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero

aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 5 ), y, en particular, su artículo 94,

— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,

— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Empleo y

Asuntos Sociales (A7-0080/2013),

1. Aprueba la gestión del director de la Fundación Europea de Formación en la ejecución del presupuesto de

la Fundación para el ejercicio 2011;

2. Presenta sus observaciones en la Resolución que acompaña a la presente Decisión;

3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de

la misma al director de la Fundación Europea de Formación, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de

Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

El Presidente

Martin SCHULZ

El Secretario General

Klaus WELLE

___________

( 1 ) DO C 388 de 15.12.2012, p. 165.

( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

( 3 ) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.

( 4 ) DO L 354 de 31.12.2008, p. 82.

( 5 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.

RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

de 17 de abril de 2013

que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la

gestión en la ejecución del presupuesto de la Fundación Europea de Formación para el ejercicio

2011

EL PARLAMENTO EUROPEO,

— Vistas las cuentas anuales definitivas de la Fundación Europea de Formación relativas al ejercicio 2011,

— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de la Fundación Europea de

Formación correspondientes al ejercicio 2011, acompañado de las respuestas de la Fundación ( 1 ),

— Vista la Recomendación del Consejo de 12 de febrero de 2013 (05753/2013 — C7-0041/2013),

— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se

aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y,

en particular, su artículo 185,

— Visto el Reglamento (UE, Euratom) n o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de

octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que

se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo ( 3 ), y, en particular, su artículo 208,

— Visto el Reglamento (CE) n o 1339/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de

2008, por el que se crea una Fundación Europea de Formación ( 4 ), y, en particular, su artículo 17,

— Vistos el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el

que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del

Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero

aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 5 ), y, en particular, su artículo 94,

— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,

— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Empleo y

Asuntos Sociales (A7-0080/2013),

A. Considerando que la Fundación Europea de Formación (en lo sucesivo denominada «la Fundación»), con

sede en Turín, se creó en virtud del Reglamento (CEE) n o 1360/90 del Consejo ( 6 );

B. Considerando que el Tribunal de Cuentas ha declarado haber obtenido garantías suficientes de que las

cuentas anuales de la Fundación correspondientes al ejercicio 2011 son fiables y de que las operaciones

subyacentes son legales y regulares;

C. Considerando que, el 10 de mayo de 2012, el Parlamento aprobó la gestión del director de la

Fundación por lo que se refiere a la ejecución del presupuesto de la Fundación para el ejercicio 2010 ( 7 ),

y que, en su Resolución aneja a la Decisión de aprobación de la gestión, el Parlamento, en particular:

— pide a la Fundación y a la Comisión que informen a la autoridad responsable de aprobar la gestión

presupuestaria de la contribución real otorgada a la Fundación para el ejercicio 2010,

— insta a la Fundación a centrarse en la información rentable que sea pertinente para el consejo de

dirección de la Fundación y las partes interesadas clave y les permita comprobar el rendimiento de

la Fundación,

___________

( 1 ) DO C 388 de 15.12.2012, p. 165.

( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

( 3 ) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.

( 4 ) DO L 354 de 31.12.2008, p. 82.

( 5 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.

( 6 ) DO L 131 de 23.5.1990, p. 1.

( 7 ) DO L 286 de 17.10.2012, p. 238.

— pide a la Fundación que aplique las restantes recomendaciones que el Servicio de auditoría interna

formuló en anteriores auditorías,

— pide a la Fundación que informe a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria de

la revisión de su presupuesto original para 2010;

D. Considerando que en el presupuesto de 2011 los créditos de compromiso ( 1 ) ascendían a

20 350 000 EUR y los créditos de pago a 19 850 000 EUR;

E. Considerando que la aportación total de la Unión al presupuesto de la Fundación para 2011 fue de

19 850 000 EUR, frente a 19 297 822 EUR en 2010, lo que supone un incremento del 2,86 %;

F. Considerando que, a finales de 2011, la Fundación registró un resultado presupuestario positivo de

117 686,58 EUR;

Gestión presupuestaria y financiera

1. Recuerda que la contribución total de la Unión a la Fundación en 2011 ascendió a 19 850 000 EUR;

2. Pide a la Fundación y a la Comisión que informen a la autoridad responsable de aprobar la gestión

presupuestaria de la contribución real otorgada a la Fundación para el ejercicio 2011, habida cuenta de

que no se infiere claramente de las cuentas anuales de la Fundación;

3. Recuerda que la Fundación ha de devolver a la Comisión un importe total de 117 686,58 EUR, lo que

equivale al saldo presupuestario correspondiente a 2011;

4. Observa, basándose en el informe anual sobre las actividades de la Fundación, que esta ha alcanzado un

porcentaje de compromisos del 99,69 %, similar al porcentaje de ejecución de 2010 pero más elevado

en términos nominales;

5. Constata, según el informe anual sobre las actividades, que en 2011 la Fundación modificó su presupuesto

una vez a fin de integrar los ingresos afectados (286 284,28 EUR disponibles de los ejercicios

anteriores y 4 522,81 EUR en intereses acumulados), que, por regla general, están por definir cuando se

adopta el presupuesto (noviembre de 2010 para el presupuesto de 2011);

6. Toma nota de que, según la Fundación, la gestión de tesorería está regulada por un Memorándum de

entendimiento con la Dirección General de Educación y Cultura a la que está vinculada, en el que se

definen unos criterios claros para el desembolso de las subvenciones sobre la base de requisitos estrictos

en materia de tesorería; toma nota además de que, a raíz de la visita que el Tribunal de Cuentas realizó

en noviembre de 2012, la Fundación ha previsto elaborar y adoptar una política formal de tesorería en

2013; pide a la Fundación que informe a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria

de las acciones emprendidas para adoptar una política formal de tesorería para reducir al mínimo y

repartir el riesgo financiero, intentando al mismo tiempo obtener una rentabilidad apropiada;

Transferencias y prórrogas

7. Observa, sobre la base del informe anual sobre las actividades, que, incluyendo los pagos por compromisos

operativos prorrogados de 2010, la Fundación alcanzó un porcentaje de ejecución de pagos

del 99,8 % del importe de 19 850 000 EUR en créditos de pago disponibles en 2011, en comparación

con el 96,5 % en 2010 y el 90 % en 2009;

8. Reconoce, basándose en el informe anual sobre las actividades, que la Fundación redujo a doce el

número de transferencias presupuestarias en 2011, en comparación con las quince realizadas en 2010 y

las treinta y tres en 2009; reconoce asimismo que la Fundación prorrogó el 13,1 % del importe

comprometido en 2011, en comparación con el 12,8 % en 2010 y el 17 % en 2009;

9. Toma nota de que el porcentaje de prórroga de las actividades operativas—créditos diferenciados

(compromisos pendientes de liquidación) es del 33 %, mientras que el porcentaje de prórroga administrativa

para los créditos no diferenciados es del 3,9 %;

10. Observa que, a raíz de la revisión de la asignación de actividades y presupuesto, la Fundación propuso

una reasignación presupuestaria para reforzar las actividades operativas, lo que desembocó en una

transferencia de créditos de compromiso y pago del título I a los títulos II y III por un importe de

147 340 EUR;

Contratación pública

11. Toma nota de que, a 31 de diciembre de 2011, en el ámbito de la contratación se cancelaron nueve

procedimientos de licitación, se firmaron 38 contratos y estaban activos 104 contratos;

_________

( 1 ) Cuentas anuales de 2011, p. 13.

Locales

12. Reconoce, de acuerdo con el Tribunal de Cuentas, que la situación en relación con los locales de la

Fundación es insatisfactoria y podría provocar la interrupción de sus actividades; pide a la Fundación

que persevere en sus esfuerzos para alcanzar una solución satisfactoria e informe a la autoridad

responsable de aprobar la gestión presupuestaria de las medidas adoptadas para subsanar esta deficiencia;

observa que la Fundación se encuentra ahora en el proceso de firma del nuevo Contrato de servicios

con la Región que, previo acuerdo con las partes, debería concluir a finales de febrero de 2013;

Recursos humanos

13. Observa en el informe anual sobre las actividades que, a finales de 2011, la Fundación tenía seis puestos

vacantes en su plantilla, frente a los cuatro puestos vacantes existentes a finales de 2010;

14. Toma nota de que los efectivos de la plantilla de la Fundación ascienden ahora a 125, habiendo

ingresado siete nuevos agentes en la Fundación y habiéndola abandonado diez en 2011;

15. Constata en el informe anual sobre las actividades que el número de puestos disponibles para la

realización del mandato de la Fundación se desglosa como sigue:

— 90 puestos temporales,

— 32 agentes contractuales y locales,

— 2 agentes locales, y

— 1 experto nacional en comisión de servicio;

Rendimiento

16. Observa en el informe anual sobre las actividades que la Fundación ha elaborado una lista revisada de

indicadores de resultados empresariales para mejorar la relevancia y mensurabilidad de sus objetivos y

proporcionar datos desglosados sobre el rendimiento de la Fundación en sus actividades principales y su

funcionamiento;

17. Toma nota además de que la Fundación ha desarrollado el proyecto «tablero» a fin de disponer de datos

clave en directo para la supervisión cotidiana de sus actividades y, en particular, para la gestión y la

información;

18. Reconoce que la Fundación ha proseguido con éxito el segundo año del Proceso de Turín, que aporta

un análisis conciso, documentado y global de la reforma de la educación y formación profesionales en

cada país, incluida la determinación de las tendencias políticas clave, los retos, las limitaciones, las

buenas prácticas y las oportunidades, consolidándose en la conferencia las conclusiones de los análisis

de 2010 y el acuerdo sobre la Declaración de Turín, así como la iniciativa Torinet sobre la creación de

capacidades en la adopción de políticas basándose en datos;

Cooperación con el Centro europeo para el desarrollo de la formación profesional (Cedefop)

19. Observa que, en noviembre de 2009, se renovó el Acuerdo de cooperación entre la Fundación y el

Cedefop para el período 2010-2013; reconoce que cada año, en el contexto del marco de cooperación,

la Fundación y el Cedefop elaboran un programa de trabajo conjunto que se adjunta a los programas de

trabajo de cada una de las agencias; celebra que la Fundación tenga la intención de dedicar más espacio,

en futuros informes anuales sobre las actividades, a informar sobre la ejecución de dicho programa de

trabajo conjunto;

20. Observa que, en 2011, la Fundación y el Cedefop sistematizaron en mayor medida su cooperación para

maximizar los beneficios para sus mandatos respectivos, lo que se plasmó en la organización de

seminarios para compartir conocimientos, colaboraciones en el ámbito del desarrollo de las cualificaciones,

la aplicación de instrumentos comunes de la Unión y la cooperación para preparar los informes

de progreso 2012 de los países candidatos a la adhesión, como parte del seguimiento del Comunicado

de Brujas sobre cooperación reforzada en educación y formación profesional;

21. Pide a la Comisión que, junto con la Fundación, el Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación

Profesional, la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo y la Agencia

Europea de Salud y Seguridad en el Trabajo, siga estudiando las sinergias que existen entre esas agencias

e informe a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria de la posibilidad de una

mayor integración de las cuatro agencias mencionadas; pide a dichas agencias y a la Comisión que

evalúen si una cooperación más estrecha podría generar economías de escala y optimizar su rendimiento;

Auditoría interna

22. Reconoce que en 2011 el Servicio de auditoría interna realizó una auditoría operativa y de conformidad

sobre la comunicación externa e interna en la Fundación; observa, en particular, que el Servicio de

auditoría interna formuló catorce recomendaciones, de las cuales ninguna se calificó de «crítica» o «muy

importante»; observa además que doce recomendaciones se calificaron de «importante» y una de

«deseable»;

23. Pide, en este contexto, a la Fundación que aplique las recomendaciones del Servicio de auditoría interna;

24. Remite, en relación con otras observaciones de carácter horizontal que acompañan a la Decisión de

aprobación de la gestión, a su Resolución de 17 de abril de 2013 ( 1 ) sobre el rendimiento, la gestión

financiera y el control de las Agencias.

_______

( 1 ) Textos aprobados, P7_TA(2013)0134 (véase la página 374 del presente Diario Oficial).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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