EL PARLAMENTO EUROPEO,
— Vistas las cuentas anuales definitivas de la Agencia Ferroviaria Europea relativas al ejercicio 2011,
— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales definitivas de la Agencia Ferroviaria
Europea relativas al ejercicio 2011, acompañado de las respuestas de la Agencia ( 1 ),
— Vista la Recomendación del Consejo de 12 de febrero de 2013 (05753/2013 – C7-0041/2013),
— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se
aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y,
en particular, su artículo 185,
— Visto el Reglamento (UE, Euratom) n o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de
octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que
se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo ( 3 ), y, en particular, su artículo 208,
— Visto el Reglamento (CE) n o 881/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004,
por el que se crea la Agencia Ferroviaria Europea (Reglamento de la Agencia) ( 4 ), y, en particular, su
artículo 39,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el
que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del
Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero
aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 5 ), y, en particular, su artículo 94,
— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,
— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Transportes
y Turismo (A7-0103/2013),
1. Aprueba la gestión del Director Ejecutivo de la Agencia Ferroviaria Europea en la ejecución del presupuesto
de la Agencia para el ejercicio 2011;
2. Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;
3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de
la misma al Director Ejecutivo de la Agencia Ferroviaria Europea, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal
de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).
El Presidente
Martin SCHULZ
El Secretario General
Klaus WELLE
_________
( 1 ) DO C 388 de 15.12.2012, p. 145.
( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
( 3 ) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.
( 4 ) DO L 164 de 30.4.2004, p. 1.
( 5 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.
RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO
de 17 de abril de 2013
que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la
gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Ferroviaria Europea para el ejercicio 2011
EL PARLAMENTO EUROPEO,
— Vistas las cuentas anuales definitivas de la Agencia Ferroviaria Europea relativas al ejercicio 2011,
— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales definitivas de la Agencia Ferroviaria
Europea relativas al ejercicio 2011, acompañado de las respuestas de la Agencia ( 1 ),
— Vista la Recomendación del Consejo de 12 de febrero de 2013 (05753/2013 – C7- 0041/2013),
— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se
aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y,
en particular, su artículo 185,
— Visto el Reglamento (UE, Euratom) n o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de
octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que
se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo ( 3 ), y, en particular, su artículo 208,
— Visto el Reglamento (CE) n o 881/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004,
por el que se crea la Agencia Ferroviaria Europea (Reglamento de la Agencia) ( 4 ), y, en particular, su
artículo 39,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el
que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del
Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero
aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 5 ), y, en particular, su artículo 94,
— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,
— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Transportes
y Turismo (A7-0103/2013),
A. Considerando que el Tribunal de Cuentas ha declarado haber obtenido garantías suficientes de que las
cuentas anuales de la Agencia Ferroviaria Europea («la Agencia») correspondientes al ejercicio 2011 son
fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares;
B. Considerando que, el 10 de mayo de 2012, el Parlamento aprobó la gestión del Director Ejecutivo de la
Agencia por lo que se refiere a la ejecución del presupuesto de la Agencia para el ejercicio 2010 ( 6 ), y
que, en su Resolución aneja a la Decisión de aprobación de la gestión, el Parlamento, en particular:
— lamenta el hecho de que los errores en las previsiones presupuestarias hayan provocado la anulación
o el retraso de algunas inversiones; insta a la Agencia a que informe con carácter inmediato a la
autoridad responsable de la aprobación de la gestión de las medidas adoptadas para mejorar las
previsiones de gastos,
___________
( 1 ) DO C 388 de 15.12.2012, p. 145.
( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
( 3 ) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.
( 4 ) DO L 164 de 30.4.2004, p. 1.
( 5 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.
( 6 ) DO L 286 de 17.10.2012, p. 229.
— recuerda que, en los ejercicios 2008 y 2009, la Agencia ya había prorrogado un elevado número de
créditos al ejercicio 2010; considera que, en el futuro, no se podrá tolerar este tipo de graves
vulneraciones del principio presupuestario de anualidad y que, en caso de que se produzca una
nueva vulneración de dicho principio, en la próxima ocasión habría que denegar la aprobación de la
gestión; insta a la Agencia a que adopte sin demora las medidas necesarias para corregir esta
situación,
— considera que la Agencia no ha abordado adecuadamente el problema de los créditos prorrogados
de un ejercicio a otro; recuerda la importancia del principio presupuestario de anualidad; insta a la
Agencia a que informe a la autoridad responsable de la aprobación de la gestión sobre las medidas
adoptadas para mejorar la ejecución presupuestaria anual y reducir las prórrogas de créditos presupuestarios,
— exhorta a la Agencia a que elabore un plan plurianual que traduzca los objetivos a largo plazo en
labores plurianuales e indicadores clave de resultados relacionados; pone de relieve que así se podría
informar más adecuadamente a las partes interesadas sobre los objetivos y las actividades de la
Agencia, sus prioridades estratégicas y la asignación de sus recursos,
— insta a la Agencia a que aplique las recomendaciones del Servicio de Auditoría Interna (SAI)
relativas a la auditoría sobre gestión de recursos humanos realizada por el SAI en 2009;
C. Considerando que, según el Informe sobre las cuentas anuales 2011 de la Agencia ( 1 ), el presupuesto de
la Agencia para el ejercicio 2011 fue de 25 988 665 EUR, frente a 24 147 240 EUR en 2010, lo que
supone un incremento del 7,62 % con respecto al ejercicio anterior;
Gestión presupuestaria y financiera
1. Observa que, según el Informe anual de actividades de la Agencia, el 95 % de los créditos eran créditos
de compromiso y que el 81 % se destinó a pagos; señala, en particular que:
— en el marco del título I, «Gastos de personal», el total de créditos comprometidos ascendió a
15 930 664 EUR (100 %), de los que el 99 % se ha utilizado para la ejecución de pagos
(15 710 948 EUR), en tanto que el 1 % de los créditos se prorrogó a 2012 (219 716 EUR),
— en el marco del título II, «Gastos administrativos», el total de créditos comprometidos ascendió a
2 212 548 EUR (casi el 100 %), de los que el 75 % se ha utilizado para la ejecución de pagos
(1 649 635 EUR), en tanto que el 25 % de los créditos se prorrogó a 2012 (562 913 EUR),
— en el marco del título III, «Gastos de operaciones», el total de créditos comprometidos ascendió a
6 495 020 EUR (83 %), de los que el 47 % se ha utilizado para la ejecución de pagos
(3 659 761 EUR), en tanto que el 36 % de los créditos se prorrogó a 2012 (2 835 259 EUR);
2. Reconoce que ha mejorado el nivel de pagos con cargo a créditos presupuestarios de todos los títulos,
aunque siguieron siendo bajos los del título III, con un 47 % (39 % en 2010); pide a la Agencia que
adopte más medidas para subsanar esta deficiencia, dado que la situación contraviene al principio
presupuestario de anualidad, y que informe sin demora a la Autoridad Presupuestaria;
Efectivos
3. Observa, a tenor del informe del Tribunal de Cuentas, que la Agencia deberá sustituir a la mitad de su
personal operativo en el período 2013-2015; insta a la Agencia a que informe a la autoridad responsable
de la aprobación de la gestión sobre las medidas adoptadas para hacer frente a esta difícil
situación, que podría perturbar seriamente sus actividades operativas;
Dos lugares de trabajo
4. Toma nota de que la Agencia reconoce que la utilización de dos lugares de trabajo diferentes da lugar a
ineficiencias y costes adicionales; toma nota, además, de que la Agencia ha realizado todos los esfuerzos
posibles para minimizar el impacto negativo de la decisión relativa a su sede;
___________
( 1 ) Informe sobre las cuentas anuales de 2011, p. 6.
5. Reconoce, a tenor del Informe anual de actividades, que ha concluido la fase preparatoria del proyecto
destinada a incrementar la capacidad de la sede de Valenciennes; observa, además, que la mejora de los
locales de Lille se pospuso debido a la falta de recursos;
Sistema contable
6. Observa, a tenor del Informe anual de actividades, que la Agencia actualizó su manual de procedimientos
financieros con arreglo al uso de los módulos del sistema de contabilidad de ejercicio ABAC
workflow y ABAC assets; observa, además, que el módulo ABAC assets se implantó en 2011;
7. Se congratula de que, desde el 1 de septiembre de 2010, la Agencia aplique un sistema centralizado de
registro de las facturas recibidas; hace hincapié en que esta medida es necesaria para garantizar el
registro puntual de todas las facturas y contribuye a evitar demoras en la tramitación de los pagos;
Prórrogas
8. Señala que, según el informe del Tribunal de Cuentas, los créditos prorrogados a 2012 ascienden a
3 617 887 EUR; insta a la Agencia a que adopte más medidas para subsanar esta deficiencia, dado que
la situación contraviene al principio presupuestario de anualidad;
Procedimientos de contratación
9. Concluye, a tenor del informe del Tribunal de Cuentas, que la Agencia podría mejorar sus procedimientos
de contratación para garantizar la plena transparencia e igualdad de trato de los candidatos;
insta a la Agencia a que informe a la autoridad responsable de la aprobación de la gestión de las
medidas adoptadas para mejorar los procedimientos de contratación; considera que algunas de las
disposiciones del Estatuto de los funcionarios pueden suponer una carga administrativa considerable;
anima, por lo tanto, a la Comisión a que permita un cierto grado de simplificación respecto a las
agencias con arreglo al artículo 110 del Estatuto;
10. Toma nota de que, según el Informe anual de actividades, se ha contratado el personal previsto,
ascendiendo el porcentaje de puestos vacantes al 2,78 % al final del ejercicio; toma nota, además, de
que, a finales de 2011, el total de efectivos ascendía a 140 agentes temporales y otros 14 miembros del
personal (agentes contractuales y expertos nacionales);
Conflictos de intereses
11. Pide a la Agencia que controle y evite todo posible conflicto de intereses cuando contrate a expertos y
personal procedente del sector bajo su control;
Auditoría interna
12. Reconoce, a tenor de la información facilitada por la Agencia, que el SAI realizó en 2011 una auditoría
sobre «Gestión de expertos en materia de interoperabilidad» con objeto de ofrecer garantías razonables
sobre la adecuación y eficacia del sistema de control interno por lo que respecta a la gestión de los
expertos en materia de interoperabilidad en la Agencia; observa que, sobre la base de los resultados, el
SAI formuló seis recomendaciones, dos de ellas «muy importantes», tres «importantes» y una «deseable»;
pide a la Agencia que aplique todas las recomendaciones del SAI e informe a la autoridad responsable
de la aprobación de la gestión de las acciones llevadas a cabo;
13. Acoge con satisfacción la iniciativa de la Agencia de crear, a finales de 2007, una estructura de auditoría
interna dedicada a ofrecer asistencia y asesoramiento en materia de control interno, evaluación de
riesgos y auditoría interna a su Director Ejecutivo y al personal de su administración; observa, además,
que, durante 2011, la actividad de la estructura de auditoría interna tuvo por objeto prestar apoyo en
materia de gestión por lo que respecta a la evaluación anual de las dieciséis normas de control interno,
la revisión del marco de gestión de riesgos, la coordinación del ejercicio de evaluación de los riesgos
2011 y la elaboración de una política específica sobre la gestión de los conflictos de interés en el seno
de la Agencia;
14. Remite, en relación con otras observaciones de carácter horizontal que acompañan a la Decisión de
aprobación de la gestión, a su Resolución de 17 de abril de 2013 ( 1 ) sobre el rendimiento, la gestión
financiera y el control de las Agencias.
___________
( 1 ) Textos aprobados, P7_TA(2013)0134 (véase la página 374 del presente Diario Oficial).