Decisión del Parlamento Europeo, de 17 de abril de 2013, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Europea de Control de la Pesca para el ejercicio 2011.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2013-82456
Número oficial:
DOUE-L-2013-82456
Publicación:
16/11/2013
Departamento:
Unión Europea

EL PARLAMENTO EUROPEO,

— Vistas las cuentas anuales definitivas de la Agencia Europea de Control de la Pesca relativas al ejercicio

2011,

— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales definitivas de la Agencia Europea de

Control de la Pesca relativas al ejercicio 2011, acompañado de las respuestas de la Agencia ( 1 ),

— Vista la Recomendación del Consejo de 12 de febrero de 2013 (05753/2013 – C7-0041/2013),

— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se

aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y,

en particular, su artículo 185,

— Visto el Reglamento (UE, Euratom) n o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de

octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que

se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo ( 3 ), y, en particular, su artículo 208,

— Visto el Reglamento (CE) n o 768/2005 del Consejo, de 26 de abril de 2005, por el que se crea la

Agencia Comunitaria de Control de la Pesca y se modifica el Reglamento (CEE) n o 2847/93 por el que

se establece un régimen de control aplicable a la política pesquera común ( 4 ), y, en particular, su

artículo 36,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el

que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del

Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero

aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 5 ), y, en particular, su artículo 94,

— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,

— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Pesca (A7-

0109/2013),

1. Aprueba la gestión del director ejecutivo de la Agencia Europea de Control de la Pesca en la ejecución del

presupuesto de la Agencia para el ejercicio 2011;

2. Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;

3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de

la misma al director ejecutivo de la Agencia Europea de Control de la Pesca (denominada anteriormente

Agencia Comunitaria de Control de la Pesca), al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que

disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

El Presidente

Martin SCHULZ

El Secretario General

Klaus WELLE

___________

( 1 ) DO C 388 de 15.12.2012, p. 86.

( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

( 3 ) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.

( 4 ) DO L 128 de 21.5.2005, p. 1.

( 5 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.

RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

de 17 de abril de 2013

que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la

gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Europea de Control de la Pesca para el

ejercicio 2011

EL PARLAMENTO EUROPEO,

— Vistas las cuentas anuales definitivas de la Agencia Europea de Control de la Pesca relativas al ejercicio

2011,

— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales definitivas de la Agencia Europea de

Control de la Pesca relativas al ejercicio 2011, acompañado de las respuestas de la Agencia ( 1 ),

— Vista la Recomendación del Consejo de 12 de febrero de 2013 (05753/2013 – C7-0041/2013),

— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se

aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y,

en particular, su artículo 185,

— Visto el Reglamento (UE, Euratom) n o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de

octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que

se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo ( 3 ), y, en particular, su artículo 208,

— Visto el Reglamento (CE) n o 768/2005 del Consejo, de 26 de abril de 2005, por el que se crea la

Agencia Comunitaria de Control de la Pesca y se modifica el Reglamento (CEE) n o 2847/93 por el que

se establece un régimen de control aplicable a la política pesquera común ( 4 ), y, en particular, su

artículo 36,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el

que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del

Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero

aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 5 ), y, en particular, su artículo 94,

— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,

— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Pesca

(A7-0109/2013),

A. Considerando que el Tribunal de Cuentas ha declarado haber obtenido garantías suficientes de que las

cuentas anuales de la Agencia Europea de Control de la Pesca (en lo sucesivo, «la Agencia») correspondientes

al ejercicio 2011 son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares;

B. Considerando que, el 10 de mayo de 2012, el Parlamento aprobó la gestión del director ejecutivo de la

Agencia por lo que se refiere a la ejecución de su presupuesto para el ejercicio 2010 ( 6 ), y que, en su

Resolución aneja a la Decisión de aprobación de la gestión, el Parlamento, en particular:

_________

( 1 ) DO C 388 de 15.12.2012, p. 86.

( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

( 3 ) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.

( 4 ) DO L 128 de 21.5.2005, p. 1.

( 5 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.

( 6 ) DO L 286 de 17.10.2012, p. 169.

— insta a la Agencia a que mejore su programa de trabajo anual mediante la inclusión de objetivos

específicos y mensurables en relación con los ámbitos políticos y las actividades operativas, y

mediante la instauración de indicadores SMART,

— insta al director ejecutivo de la Agencia a que cumpla plenamente sus obligaciones de incluir en su

informe a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria que resume el informe del

servicio de auditoría interno (SAI) todas las recomendaciones recibidas y todas las acciones adoptadas

a raíz de tales recomendaciones,

— pide a la Agencia que revise su sistema de control interno para apoyar la declaración anual de

garantía de su director ejecutivo y que reexamine todos sus procedimientos, tanto administrativos

como operativos, con la consiguiente documentación del flujo de trabajo y de los controles clave;

C. Considerando que el presupuesto general de la Agencia para el ejercicio 2011 ascendió a

12 850 000 EUR, frente a 11 013 000 EUR en 2010, lo que supone un incremento del 16,7 %;

D. Considerando que la contribución inicial de la Unión al presupuesto de la Agencia para el ejercicio

2011 ascendió a 11 850 000 EUR ( 1 ), lo que representa un incremento del 40,90 % con respecto a su

contribución inicial en 2010 (8 410 000 EUR);

Gestión presupuestaria y financiera

1. Reitera que la contribución total de la Unión al presupuesto de la Agencia para 2011 ascendió a

12 850 000 EUR;

2. Constata, a la vista de las cuentas anuales de la Agencia para el ejercicio 2011, que la Agencia

comprometió el 99 % de las contribuciones concedidas y pagó el 89 % de los créditos de pago

disponibles (excluyendo los gastos financiados por otras fuentes de ingresos); se congratula de que la

Agencia haya proporcionado en su informe anual de 2011 ( 2 ) a la autoridad responsable de aprobar la

gestión presupuestaria datos que muestren el índice de ejecución global de su presupuesto en términos

de compromisos y pagos; recuerda que, en 2010, la Agencia comprometió el 98,3 % de la subvención

concedida y pagó el 85,6 % de los créditos de pago disponibles;

Prórroga de créditos

3. Deduce de las cuentas anuales que se prorrogaron a 2012 1 160 170 EUR en créditos comprometidos a

finales de 2011 pero aún no pagados; observa, asimismo, que la cancelación de créditos de pago

prorrogados ( 3 ) del ejercicio anterior no utilizados se eleva a 151 710 EUR;

4. Constata, a la vista del informe anual para el ejercicio 2011, que las prórrogas automáticas de la

Agencia a 2012 ascendieron a 2 161 172 EUR; constata, además, que en términos de proporción de

pagos ajustados a los plazos previstos en el Reglamento Financiero, el 87 % del conjunto de los pagos

se efectuó dentro de los objetivos legales; en cuanto a las facturas comerciales, el 79 % se pagó dentro

del plazo de 30 días hábiles y alrededor del 91 % de las declaraciones de gastos (reembolso al personal

y a expertos) se abonó dentro del plazo de 45 días hábiles; anima al Tribunal de Cuentas a mencionar

esta información relativa a las prórrogas en el Informe sobre las cuentas anuales de la Agencia para el

ejercicio 2012;

Sistema contable

5. Observa, a la vista de las cuentas anuales ( 4 ) para el ejercicio 2011, que las cuentas presupuestarias de la

Agencia son gestionadas por el sistema de contabilidad de ejercicio (ABAC) y que las cuentas generales

son mantenidas por el sistema SAP, que tiene una interfaz directa con el sistema de contabilidad general

de la Comisión;

___________

( 1 ) Cuentas anuales definitivas-Ejercicio 2011, junio de 2012, p. 26.

( 2 ) Informe anual de actividades de 2011, p. 125.

( 3 ) Cuentas anuales definitivas-Ejercicio 2011, junio de 2012, p. 27.

( 4 ) Cuentas anuales definitivas-Ejercicio 2011, junio de 2012, p. 18.

Procedimientos de contratación pública

6. Pide a la Agencia que mejore los procedimientos de contratación pública; observa que el Tribunal de

Cuentas señaló carencias a este respecto (a saber, que la Agencia no documentó apropiadamente la

estimación de los importes contractuales en los expedientes de licitación);

7. Constata, a la vista de lo expresado por el Tribunal de Cuentas, que la Agencia debe aumentar la

transparencia de los procedimientos, mediante la aplicación de criterios de selección de licitadores más

específicos;

8. Observa con preocupación que, según el Tribunal de Cuentas, la Agencia todavía no ha puesto en

marcha procedimientos adecuados para registrar y contabilizar los costes generados por los activos

inmateriales internos;

Procedimientos de contratación

9. Observa que, según el Tribunal de Cuentas, la Agencia debe seguir mejorando los procedimientos de

selección de personal (en el sentido de que los anuncios de vacantes no informaban de los procedimientos

de recurso; las reuniones del comité de selección no estaban suficientemente documentadas y,

en un proceso de selección, la autoridad facultada para proceder a los nombramientos no secundó la

propuesta de lista del comité sin alegar razón alguna); considera que algunas de las disposiciones del

Estatuto de los funcionarios pueden suponer considerables cargas administrativas; anima a la Comisión,

por consiguiente, a que permita un cierto grado de simplificación del artículo 110 del Estatuto de los

funcionarios con respecto a las Agencias;

10. Observa, a la vista del informe anual ( 1 ), que se ha contratado a cuatro agentes temporales y un agente

contractual y que cuatro agentes temporales y un agente contractual abandonaron la Agencia, lo que da

un 97 % de ocupación de los puestos previstos en el organigrama de 2011;

11. Expresa su satisfacción por el hecho de que el Tribunal de Cuentas haya declarado legales y regulares,

en todos los aspectos importantes, las operaciones subyacentes a las cuentas anuales de la Agencia para

el ejercicio 2011;

12. Observa, a la vista del informe de seguimiento de la Agencia, que la documentación relativa a los

procedimientos de contratación se ha revisado en 2012, a fin de tener en cuenta las observaciones del

Tribunal de Cuentas;

Gobernanza

13. Observa que, según el Tribunal de Cuentas, en el proceso de designación del director ejecutivo, un

miembro del Consejo de Administración infringió las reglas de nombramiento de puestos clave al

revelar la identidad del candidato por el que iba a votar la Comisión; reconoce que la actuación de

los miembros del Consejo de Administración no está sometida al control de la Agencia, por lo que el

director ejecutivo no es responsable del procedimiento;

Rendimiento

14. Celebra la iniciativa de la Agencia de proseguir la preparación de sus programas de trabajo plurianual y

anual; destaca la importancia de dicho documento para permitir a la Agencia organizar eficazmente la

aplicación de su estrategia y la consecución de sus objetivos; observa que la Agencia sigue una perspectiva

plurianual para su programa de trabajo y su planificación de recursos, a través de la elaboración

de un programa de trabajo plurianual, su plan plurianual de política de personal y un plan estratégico

plurianual en materia de TI; observa además que la Agencia dispone de un plan estratégico en materia

de TI en vigor desde 2010, que se revisa y actualiza anualmente;

15. Subraya la importancia de las funciones de la Agencia, y se felicita de su rendimiento eficaz y eficiente,

que la Comisión de Pesca pudo comprobar durante su visita a la Agencia en junio de 2010 y su visita

_________

( 1 ) Informe anual de actividades de 2011, p. 122.

de los días 29 y 30 de octubre de 2012; toma nota de que, durante su visita de los días 29 y 30 de

octubre de 2012, se debatió sobre cuestiones importantes tales como la creación de «zonas de control

regional», a fin de generar valor añadido europeo;

Auditoría interna

16. Aplaude la iniciativa de la Agencia de haber establecido una función de auditoría interna dedicada a

prestar apoyo y asesoramiento al director ejecutivo y a los responsables de control interno, evaluación

de riesgos y auditoría interna en 2008; toma nota de que la Agencia no tiene una estructura de

auditoría interna (EAI) a su entera disposición, sino que comparte este servicio con la Agencia Europea

de Seguridad Marítima (EMSA) de Lisboa; reconoce, en este sentido, que el 17 de junio de 2008 se

concluyó un acuerdo de nivel de servicio entre la Agencia y la EMSA;

17. Observa que, según el SAI de la Agencia, esta revisó la aplicación de las normas de auditoría interna

(2008) y el primer seguimiento realizado al respecto (2009); reconoce que la Agencia considera que los

resultados se han aplicado de forma adecuada y efectiva;

18. Observa que en 2011 la EAI realizó, a petición especial del director ejecutivo, una auditoría limitada

sobre la liquidación de la remuneración, a fin de evaluar los controles internos del ciclo de liquidación

de la remuneración, con especial hincapié en la documentación de los expedientes de pago; observa

que, según el SAI ( 1 ), la EAI también realizó una auditoría centrada en la gestión del inventario en la

Agencia, a fin de proporcionar al director ejecutivo una garantía independiente sobre la adecuación y

aplicación efectiva del sistema de control interno relativo al registro de activos;

19. Observa, a la vista del informe anual de la Agencia, que el SAI, de conformidad con el Plan estratégico

2010-2012, ha realizado una auditoría del proceso de ejecución del presupuesto de la Agencia, así

como una evaluación de los riesgos de las tecnologías de la información, en 2010;

20. Observa que, en 2011, el SAI realizó una auditoría sobre «Capacitación-formación y desarrollo», a fin de

hacer una evaluación y proporcionar al director ejecutivo y al Consejo de Administración una garantía

independiente sobre la adecuación y aplicación efectiva del sistema de control interno en materia de

«Capacitación-formación y desarrollo»;

21. Observa que, según el SAI, la EAI realizó en 2011 una revisión completa de la aplicación de las normas

de auditoría interna de la Agencia;

22. Observa que se solicitó al SAI que presentara al Consejo de Administración de la Agencia, en octubre

de 2011, la situación actual y el plan estratégico del SAI para el período 2013-2015;

23. Observa que, según el SAI, la Agencia nombró al coordinador de control interno en 2011 y estableció

directrices internas para la gestión de los riesgos, incluido el procedimiento para la revisión regular del

sistema de control interno y la actualización regular del registro de riesgos de la Agencia; pide a la

Agencia, no obstante, que informe a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria sobre

las medidas adicionales adoptadas y los resultados obtenidos;

24. Reconoce que la Agencia ha adoptado las medidas necesarias sobre las cuestiones siguientes:

— los derechos de acceso ABAC para los ordenadores delegados,

— los retrasos en los pagos,

— la política para el tratamiento de las excepciones y la creación de un registro central de excepciones;

Observa que el SAI considera actualmente cumplidas sus dos recomendaciones muy importantes, a

saber, la adaptación de los derechos de acceso ABAC para los ordenadores delegados y el establecimiento

y la aplicación de una política para el tratamiento de las excepciones y de un registro central de

excepciones, que actualmente están siendo sometidas a revisión por el SAI;

_____________

( 1 ) Informe anual de actividades internas de 2011, p. 4.

25. Observa que, según el informe de seguimiento de la Agencia ( 1 ), en lo que a la notificación de

excepciones se refiere, todos los flujos de trabajo se han documentado y ya hay listas de control

disponibles para la mayoría de los procesos y el papel y las funciones de cada agente implicado en

una operación están claramente definidos, y esto, junto con la oportuna notificación de excepciones,

garantizará el seguimiento adecuado de las posibles irregularidades;

26. Remite, en relación con las demás observaciones de carácter horizontal que acompañan a la Decisión de

aprobación de la gestión, a su Resolución de 17 de abril de 2013 ( 2 ) sobre el rendimiento, la gestión

financiera y el control de las Agencias.

_________

( 1 ) Informe sobre las medidas adoptadas a raíz de las recomendaciones formuladas por el Parlamento Europeo en su

Decisión de 10 de mayo de 2012, p. 5.

( 2 ) Textos Aprobados, P7_TA(2013)0134 (véase la página 374 del presente Diario Oficial).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida