Decisión del Parlamento Europeo, de 12 de abril de 2005, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2003, sección III - Comisión.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2005-81361
Número oficial:
DOUE-L-2005-81361
Publicación:
27/07/2005
Departamento:
Unión Europea

EL PARLAMENTO EUROPEO,

— Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2003 (1),

— Vistas las cuentas anuales definitivas de las Comunidades Europeas relativas a las operaciones presupuestarias del ejercicio 2003 — Volumen I — Estados consolidados relativos a la gestión financiera y estados financieros consolidados [SEC (2004) 1181 — C6-0012/2005, SEC (2004) 1182 — C6-0013/2005] (2),

— Visto el informe de la Comisión sobre el seguimiento de la aprobación de la gestión 2002 [COM (2004) 0648 — C6-0126/2004],

— Visto el Informe Anual presentado a la Autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria sobre las auditorías internas llevadas a cabo en 2003 [COM (2004) 0740],

— Vistos el Informe Anual del Tribunal de Cuentas relativo al ejercicio 2003 (3) y sus informes especiales acompañados de las respuestas respectivas de las instituciones auditadas,

— Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las transacciones correspondientes presentada por el Tribunal de Cuentas, de conformidad con el artículo 248 del Tratado CE (4),

— Vista la Recomendación del Consejo de 8 de marzo de 2005 (C6-0077/2005), — Vistos los artículos 274, 275 y 276 del Tratado CE y los artículos 179 bis y 180 ter del Tratado Euratom,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (5) y, en particular, sus artículos 145, 146 y 147,

______________________

(1) DO L 54 de 28.2.2003, p. 1.

(2) DO C 294 de 30.11.2004, p. 1.

(3) DO C 293 de 30.11.2004, p. 1.

(4) DO C 294 de 30.11.2004, p. 99.

(5) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

— Visto el Reglamento financiero, de 21 de diciembre de 1977, aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (1),

— Vistos el artículo 70 y el anexo V de su Reglamento,

— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y las opiniones de las comisiones interesadas (A6-0070/2005),

A. Considerando que, de conformidad con el artículo 274 del Tratado CE, la Comisión ejecuta el presupuesto bajo su propia responsabilidad y con arreglo al principio de buena gestión financiera, 1. Aprueba la gestión de la Comisión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2003;

2. Presenta sus observaciones en la Resolución adjunta;

3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de la misma al Consejo, a la Comisión, al Tribunal de Justicia, al Tribunal de Cuentas y al Banco Europeo de Inversiones, y que disponga su publicación en el Diario Oficial (serie L).

El Presidente

Josep BORRELL FONTELLES

El Secretario General

Julian PRIESTLEY

____________________________

(1) DO L 356 de 31.12.1977, p. 1.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

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