Decisión del Parlamento Europeo, de 10 de mayo de 2012, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional para el ejercicio 2010.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2012-81901
Número oficial:
DOUE-L-2012-81901
Publicación:
17/10/2012
Departamento:
Unión Europea

EL PARLAMENTO EUROPEO,

— Vistas las cuentas anuales definitivas del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional

relativas al ejercicio 2010,

— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales definitivas del Centro Europeo para el

Desarrollo de la Formación Profesional correspondientes al ejercicio 2010, acompañado de las respuestas

del Centro ( 1 ),

— Vista la Recomendación del Consejo de 21 de febrero de 2012 (06083/2012 — C7-0051/2012),

— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se

aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y,

en particular, su artículo 185,

— Visto el Reglamento (CEE) n o 337/75 del Consejo, de 10 de febrero de 1975, por el que se crea un

Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional ( 3 ), y, en particular, su artículo 12 bis,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el

que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del

Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 ( 4 ), y, en particular, su artículo 94,

— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,

— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Empleo y

Asuntos Sociales (A7-0129/2012),

1. Aprueba la gestión del Director del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional en la

ejecución del presupuesto del Centro para el ejercicio 2010;

2. Presenta sus observaciones en la Resolución que acompaña a la presente Decisión;

3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de

la misma al Director del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional, al Consejo, a la

Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea

(serie L).

El Presidente

Martin SCHULZ

El Secretario General

Klaus WELLE

_________________

( 1 ) DO C 366 de 15.12.2011, p. 127.

( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

( 3 ) DO L 39 de 13.2.1975, p. 1.

( 4 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.

RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

de 10 de mayo de 2012

que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la

gestión en la ejecución del presupuesto del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación

Profesional para el ejercicio 2010

EL PARLAMENTO EUROPEO,

— Vistas las cuentas anuales definitivas del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional

relativas al ejercicio 2010,

— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales definitivas del Centro Europeo para el

Desarrollo de la Formación Profesional correspondientes al ejercicio 2010, acompañado de las respuestas

del Centro ( 1 ),

— Vista la Recomendación del Consejo de 21 de febrero de 2012 (06083/2012 — C7-0051/2012),

— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se

aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y,

en particular, su artículo 185,

— Visto el Reglamento (CEE) n o 337/75 del Consejo, de 10 de febrero de 1975, por el que se crea un

Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional ( 3 ), y, en particular, su artículo 12 bis,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el

que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del

Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 ( 4 ), y, en particular, su artículo 94,

— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,

— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Empleo y

Asuntos Sociales (A7-0129/2012),

A. Considerando que el Tribunal de Cuentas ha declarado haber obtenido garantías suficientes de que las

cuentas anuales del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional (en adelante, «el

Centro») correspondientes al ejercicio 2010 son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales

y regulares;

B. Considerando que el 10 de mayo de 2011, el Parlamento aprobó la gestión del Director del Centro en

lo que se refiere a la ejecución de su presupuesto para el ejercicio 2009 ( 5 ), y que, en su Resolución

aneja a la decisión de aprobación de la gestión, el Parlamento, en particular:

— pidió al Centro que aplicara los principios presupuestarios de especificación y transparencia con

mayor rigor,

___________________

( 1 ) DO C 366 de 15.12.2011, p. 127.

( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

( 3 ) DO L 39 de 13.2.1975, p. 1.

( 4 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.

( 5 ) DO L 250 de 27.9.2011, p. 130.

— tomó nota de que el Centro había prorrogado créditos (un 31 % del gasto administrativo-título II) y

anulado créditos de pago (un 24 % del total de créditos para actividades operativas),

— pidió al Director del Centro que facilitara información más específica sobre el contenido de las 15

recomendaciones abiertas desde el 31 de diciembre de 2008 y de las 14 nuevas recomendaciones

abiertas desde el 31 de diciembre de 2009, formuladas en ambos casos por el Servicio de Auditoría

Interna (SAI),

— pidió al Centro que informara a la autoridad encargada de la aprobación de la gestión de las

medidas adoptadas respecto del procedimiento de liberación de créditos para mejorar la transparencia

del inventario de activos;

C. Considerando que el presupuesto total del Centro para el ejercicio 2010 ascendía a 18 300 000 EUR, lo

que supone un incremento del 1,6 % con respecto al ejercicio 2009;

D. Considerando que la contribución de la Unión al presupuesto del Centro para el ejercicio 2010 fue de

16 920 000 EUR, lo que representa un incremento del 2 % en comparación con 2009;

Gestión presupuestaria y financiera

1. Observa, de acuerdo con las cuentas anuales del Centro para el ejercicio 2010 que, a mediados de

diciembre de ese mismo año, este recibió un presupuesto suplementario y rectificativo por valor de

810 000 EUR para financiar estudios solicitados por la DG de Empleo en el marco de la previsión de

futuras necesidades en materia de cualificaciones;

2. Toma nota de la declaración del consejo de administración recogida en su dictamen sobre las cuentas

anuales definitivas del Centro correspondientes al ejercicio 2010, en virtud de la cual el presupuesto de

2010 financiado gracias a la contribución de la Unión se ejecutó en un 99 %;

3. Constata asimismo que, según las cuentas anuales del Centro, los gastos de representación y de reunión

aumentaron respectivamente en un 233 % y un 37 % en comparación con los de 2009; acusa recibo de

la justificación de este aumento de los gastos mediante carta de 23 de febrero de 2012; toma nota, en

particular, de que el aumento en los gastos de representación se debió, en particular, a la organización

de una recepción con motivo de la marcha del antiguo Director; pide al Centro que limite los gastos de

presentación y los relacionados con las reuniones a las necesidades reales;

4. Observa que el Centro recibe contribuciones anuales de dos Estados no pertenecientes a la Unión

Europea, que se benefician del trabajo del Centro; constata que la contribución de Noruega e Islandia al

presupuesto del Centro para el ejercicio 2010 ascendió a 421 308 EUR; recuerda que esos fondos se

gestionan como ingresos afectados, lo que exige que se comprometan para proyectos específicos; toma

nota de que, en 2010, el Centro no cumplió el objetivo de utilización de dichos fondos; hace hincapié

en que, en el ejercicio 2009, el Tribunal de Cuentas ya hizo una observación sobre el empleo deficiente

de estos fondos por parte del Centro; acusa recibo de la explicación de esta situación mediante carta de

23 de febrero de 2012; se felicita, en este sentido, de que en 2011 se alcanzara el objetivo y se

ejecutara el 100 % del presupuesto previsto; toma nota de la declaración del Centro según la cual el

objetivo previsto para 2010 no se alcanzó como consecuencia del aplazamiento de las obras de

reparación en los edificios del Centro; toma asimismo nota del compromiso del Centro de agotar en

2012 las contribuciones de Noruega e Islandia correspondientes a ejercicios anteriores; pide al Centro

que mantenga a la autoridad responsable de la aprobación de la gestión informada sobre el uso de estas

contribuciones;

Créditos prorrogados

5. Toma nota de que, según las cuentas anuales del Centro, este prorrogó de 2010 a 2011 créditos del

título 1 (Personal) al título 2 (Gastos administrativos) por un importe de 794 700 EUR; reitera que las

prórrogas automáticas de créditos solo se refieren a gastos relacionados con los títulos 1 y 2;

6. Constata, asimismo que, según las cuentas anuales del Centro, se realizó una prórroga automática por

valor de 55 910 EUR en relación con el gasto del título 2;

7. Constata que se han realizado algunos progresos, ya que los créditos de pago anulados disminuyeron,

pasando de un 24 % en 2009 a un 14 % en 2010; acoge con satisfacción, además, el compromiso del

Centro de seguir reduciendo las prórrogas, controlando para ello a través de modelos normalizados la

ejecución del presupuesto (compromisos, pagos) y los procedimientos de contratación pública;

8. Pide no obstante al Centro que se esfuerce aún más por reducir las prórrogas de créditos a fin de

respetar plenamente el principio de anualidad; recuerda al Centro que esto puede conseguirse mediante

una mejora de su programación y sistema de control, así como llevando a cabo las contrataciones en

fechas más tempranas del año natural;

Transferencias

9. Se congratula de que el Centro pudiera garantizar a la autoridad responsable de la aprobación de la

gestión que había aplicado efectivamente el principio de transparencia, informando regularmente al

consejo de administración de todas las transferencias realizadas entre líneas presupuestarias a lo largo

del año; constata, en particular, que, desde el 20 de septiembre de 2011, el Centro ha realizado cinco

transferencias de créditos de compromiso (de un importe máximo de 35 000 EUR) entre líneas presupuestarias

y que el consejo de administración ha sido regularmente informado de las mismas; pide,

no obstante, al Centro que reduzca todo lo posible dichas transferencias para aplicar también el

principio de especialidad;

Recursos humanos

10. Toma nota de que el Director del Centro dejó este el 15 de octubre de 2010, coincidiendo con el final

de su mandato, para ocupar otro cargo en la agencia italiana para la enseñanza y la formación

profesional, el empleo y la política social;

11. Observa que, según el informe anual del Centro, el 31 de diciembre de 2010, el Centro tenía en

plantilla a 96 trabajadores, es decir, cinco puestos menos que los previstos en el organigrama; constata

que, a ese total de efectivos, venían a sumarse 24 agentes contractuales y cinco expertos nacionales en

comisión de servicios, y que la relación entre el personal operativo y el administrativo era de 90 a 35;

12. Toma nota de la declaración del consejo de administración en su dictamen sobre las cuentas anuales

definitivas del Centro relativas al ejercicio 2010 de que los procedimientos de contratación para los

cinco puestos abiertos estaban en curso o habían concluido con éxito antes del 31 de diciembre de

2010;

13. Acoge con satisfacción que el Centro acabara de poner a punto en 2010 una herramienta en línea para

la contratación de personal, llamada RECON (Recruitment Online), gracias a la cual el Centro podrá

contratar con mayor celeridad y eficacia;

Rendimiento

14. Observa con satisfacción que, tal y como solicitó la autoridad responsable de la aprobación de la

gestión, el Centro haya facilitado diagramas de Gantt para todas las actividades operativas clave de

2011; recuerda al Centro que esos diagramas indican de forma concisa el tiempo dedicado por cada

miembro del personal a un proyecto y favorecen un enfoque orientado a la obtención de resultados;

15. Constata que, según el informe anual de actividad del Centro, el sistema de evaluación de resultados se

ha aplicado íntegramente, y alienta al Centro a seguir desarrollando evaluaciones cualitativas para

complementar los indicadores de dicho sistema que tienen un carácter más cuantitativo;

Auditoría interna

16. Constata, según el Centro, que este tiene todavía que aplicar algunas de las recomendaciones realizadas

por el SAI en el marco de las auditorías de 2008 y 2009 acerca, respectivamente, de la gestión de los

recursos humanos y de la deontología; acusa recibo de una nota explicativa mediante carta de 23 de

febrero de 2012; se felicita de que, en el caso de la auditoría sobre la gestión de los recursos humanos,

se hayan aplicado 13 de las 14 recomendaciones; se congratula, asimismo, de que, en el caso de la

auditoría sobre deontología de 2009, se hayan aplicado 16 de las 17 recomendaciones; pide al Centro

que informe a la autoridad responsable de la aprobación de la gestión sobre los progresos realizados en

la aplicación de las recomendaciones restantes;

17. Constata, según el informe anual del Centro, que el SAI llevó a cabo en 2010 una evaluación del riesgo

de las TIC; se felicita de la aplicación, a 31 de diciembre de 2011, de todas las acciones previstas por

parte del Centro, a raíz de las conclusiones de esta evaluación del riesgo de las TI;

18. Toma nota asimismo de que en abril de 2010 el SAI llevó a cabo otra auditoría sobre el informe anual

de actividad del Centro y sobre el establecimiento de un bloque de fiabilidad dentro del mismo; tiene en

cuenta que, según el Centro, el informe final del SAI se facilitó a aquel el 5 de julio de 2010, y que

dicho informe ofrecía garantías razonables respecto de la elaboración del informe anual, incluida la

declaración de fiabilidad del Director; se felicita de la información facilitada por el Centro mediante

carta de 23 de febrero de 2012, según la cual, a finales de diciembre de 2011, se habían aplicado las

siete recomendaciones del SAI;

19. Constata que, según el informe anual de actividad del Centro, este empezó a aplicar sus nuevas normas

de control interno en 2009 y que los requisitos básicos se cumplieron íntegramente a finales de 2010,

con excepción de las normas de control interno 8 y 10; se felicita de la información recibida mediante

carta de 23 de febrero de 2012, según la cual a finales de 2011 se habían cumplido íntegramente los

requisitos básicos para la norma de control interno 8; toma nota del compromiso del Centro de

cumplir los requisitos básicos para la norma de control interno 10 durante el primer semestre de 2012;

Estructura de auditoría interna (EAI)

20. Constata que, según el informe anual de actividad del Centro, el plan de auditoría de la EAI para 2010

preveía varias auditorías ex post y en los procedimientos de contratación pública, en particular para

examinar los contratos y los procedimientos de concesión de subvenciones; toma nota, asimismo, de

que, a resultas de una auditoría de la EIA sobre los procedimientos de concesión de subvenciones, el

Centro recuperó importes abonados a beneficiarios de subvenciones a nivel nacional por un total de

23 647,67 EUR;

21. Expresa su inquietud por el hecho de que la EAI dejara el Centro el 31 de agosto de 2010; opina que

los informes de la EAI podrían suponer una mejora continua de las medidas de control interno respecto

de los procedimientos de contratación pública y de concesión de subvenciones;

22. Toma nota, no obstante, de las observaciones realizadas por el Centro acerca de que las funciones de la

EAI están ahora cubiertas bien por contratistas externos, como en el caso de la auditoría de los

programas informáticos para funciones financieras (FIBUS) del Centro, que se contrató y concluyó

en 2011, bien por grupos de proyectos internos;

23. Llama la atención sobre las recomendaciones realizadas en anteriores informes de aprobación de la

gestión y que se recogen en el anexo de la presente Resolución;

24. Remite, en relación con otras observaciones de carácter horizontal que acompañan a la Decisión de

aprobación de la gestión, a su Resolución de 10 de mayo de 2012 (*) sobre el rendimiento, la gestión

financiera y el control de las Agencias.

_____________________

(*) Textos aprobados, P7_TA(2012)0164 (Véase la página 388 del presente Diario Oficial).

ANEXO

RECOMENDACIONES REALIZADAS POR EL PARLAMENTO EUROPEO EN EJERCICIOS ANTERIORES

Centro Europeo para el

Desarrollo de la Formación

Profesional

2006 2007 2008 2009

Rendimiento s.o. Los indicadores de objetivos y de rendimiento

no suelen ser mensurables → el

Centro debería mejorar su programación.

Debería establecer vínculos claros y coherentes

entre los objetivos fijados y los recursos

presupuestarios necesarios para alcanzarlos.

— Pide a la Agencia que fije objetivos

SMART e indicadores RACER, así

como que elabore un diagrama de

Gantt → promover un enfoque orientado

a los resultados

— Pide a la Agencia que establezca un

análisis diacrónico de las actividades

realizadas en este ejercicio y en ejercicios

anteriores

— Pide al Centro y a la Fundación Europea

de Formación que incluyan en el

informe de actividad sobre 2009 un

informe detallado de seguimiento sobre

el acuerdo de cooperación

Pide al Centro que presente una comparación

clara entre las actividades realizadas durante

el ejercicio examinado y las realizadas

durante el ejercicio precedente

Gestión presupuestaria

y financiera

— No se observó escrupulosamente el

principio de especialidad, transfiriéndose

al siguiente ejercicio el 43 % de

los compromisos. Para las actividades

operativas se anularon más del 20 %

de los créditos de pago. El número

de transferencias presupuestarias fue

muy elevado

— Cuestiones relacionadas con la transparencia

en los procedimientos de contratación

pública

s.o. Deficiencias en la programación y el seguimiento

de los créditos disociados relacionados

con los gastos operativos: se prorrogó

el 25 % de los créditos de pago

Pide al Centro que aplique más rigurosamente

los principios presupuestarios de especificación

y transparencia

Recursos humanos Cuestiones relacionadas con la transparencia:

en dos ocasiones, el Centro no verificó

correctamente la experiencia profesional

necesaria para el puesto vacante en la fase

de preselección

s.o. s.o. Observa que, a raíz de las observaciones del

Tribunal de Cuentas en su informe de 2009

sobre el Centro, este último ha introducido

cambios en su procedimiento de contratación

con el fin de mejorar la transparencia;

celebra la iniciativa, que aplica el Centro

desde junio de 2010, de introducir preguntas

en las pruebas escritas y entrevistas antes

de la preselección

Centro Europeo para el

Desarrollo de la Formación

Profesional

2006 2007 2008 2009

Auditoría interna Los procedimientos de control interno no

se llevaron a término

s.o. Pide a la Agencia que aplique 15 de las 30

recomendaciones hechas por el SAI, a saber,

la gestión de los recursos humanos

(competencia del personal, fijación de objetivos

personales y fijación de las funciones

y responsabilidades del Comité de Personal).

— Pide al Director del Centro que facilite

información específica sobre el contenido

de las 15 recomendaciones abiertas

el 31 de diciembre de 2008 y de las 14

nuevas recomendaciones abiertas el

31 de diciembre de 2009, formuladas

en ambos casos por el SAI

— Pide al Centro que informe a la autoridad

encargada de la aprobación de la

gestión de las medidas adoptadas respecto

del procedimiento de liberación

de créditos para mejorar la transparencia

del inventario de activos. Además, el

Centro comenzó a documentar los principales

procesos de control

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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