Decisión del Parlamento Europeo, de 10 de mayo de 2012, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Oficina Europea de Policía para el ejercicio 2010.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2012-81933
Número oficial:
DOUE-L-2012-81933
Publicación:
17/10/2012
Departamento:
Unión Europea

EL PARLAMENTO EUROPEO,

— Vistas las cuentas anuales definitivas de la Oficina Europea de Policía relativas al ejercicio 2010,

— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de la Oficina Europea de Policía

correspondientes al ejercicio 2010, acompañado de las respuestas de la Oficina ( 1 ),

— Vista la Recomendación del Consejo de 21 de febrero de 2012 (06083/2012 – C7–0051/2012),

— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se

aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y,

en particular, su artículo 185,

— Vista la Decisión 2009/371/JAI del Consejo, de 6 de abril de 2009, por la que se crea la Oficina Europea

de Policía (Europol) ( 3 ), y, en particular, su artículo 43,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el

que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del

Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero

aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 4 ), y, en particular, su artículo 94,

— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,

— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Libertades

Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A7-0111/2012),

1. Aprueba la gestión del Director de la Oficina Europea de Policía en la ejecución del presupuesto de la

Oficina para el ejercicio 2010;

2. Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;

3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de

la misma al director de la Oficina Europea de Policía, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas,

y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

El Presidente

Martin SCHULZ

El Secretario General

Klaus WELLE

_______________

( 1 ) DO C 366 de 15.12.2011, p. 179.

( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

( 3 ) DO L 121 de 15.5.2009, p. 37.

( 4 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.

RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

de 10 de mayo de 2012

que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la

gestión en la ejecución del presupuesto de la Oficina Europea de Policía para el ejercicio 2010

EL PARLAMENTO EUROPEO,

— Vistas las cuentas anuales definitivas de la Oficina Europea de Policía relativas al ejercicio 2010,

— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de la Oficina Europea de Policía

correspondientes al ejercicio 2010, acompañado de las respuestas de la Oficina ( 1 ),

— Vista la Recomendación del Consejo de 21 de febrero de 2012 (06083/2012 – C7-0051/2012),

— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se

aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y,

en particular, su artículo 185,

— Vista la Decisión 2009/371/JAI del Consejo, de 6 de abril de 2009, por la que se crea la Oficina Europea

de Policía (Europol) ( 3 ), y, en particular, su artículo 43,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el

que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del

Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero

aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 4 ), y, en particular, su artículo 94,

— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,

— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Libertades

Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A7-0111/2012),

A. Considerando que el Tribunal de Cuentas ha declarado haber obtenido garantías suficientes de que las

cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2010 son fiables y de que las operaciones subyacentes son

legales y regulares,

B. Considerando que el presupuesto total de la Agencia para el ejercicio 2010 ascendió a 9 280 000 EUR,

y que la contribución de la Unión al presupuesto de la Oficina para 2010 fue de 79 724 150 EUR ( 5 ),

Gestión presupuestaria y financiera

1. Lamenta el elevado nivel de créditos prorrogados, acompañado de un bajo nivel de gastos devengados;

toma nota de la respuesta de la Oficina, según la cual, un importe considerable de la prórroga se debió

al traslado de la Oficina a su nueva sede; celebra las medidas suplementarias adoptadas por la Oficina y

el compromiso de controlar la ejecución del presupuesto sobre una base mensual en 2012, prestando

especial atención a las prórrogas.

_________________

( 1 ) DO C 366 de 15.12.2011, p. 179.

( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

( 3 ) DO L 121 de 15.5.2009, p. 37.

( 4 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.

( 5 ) DO L 64 de 12.3.2010, p. 1046.

2. Constata que según el Informe de Actividad anual el presupuesto inicial de la Oficina para 2010 era de

80 100 000 EUR; toma nota de que el presupuesto se modificó en casi 127 000 000 EUR con créditos

prorrogados de 2009 a 2010 que se integraron en el presupuesto de 2010, subvenciones de la

Comisión y algunos ingresos adicionales; toma nota de las observaciones de la Oficina según las cuales

el presupuesto inicial se modificó para facilitar su transición a la hora de convertirse en una agencia;

3. Constata en el Informe de Actividad anual que los porcentajes totales de ejecución de la Oficina al

término de 2010 eran de un 98,3 % en el caso de los compromisos y de un 73,6 % en el caso de los

pagos;

4. Celebra que, a raíz de la solicitud por parte de la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria,

las cuentas definitivas para el ejercicio 2010 se pusieran a disposición del público en la

página internet de la Oficina el 17 de febrero de 2012; subraya, no obstante, que las cuentas definitivas

para el ejercicio 2010 deberían haberse puesto a disposición del público inmediatamente después de su

adopción el 13 de septiembre de 2011; pide, por consiguiente, a la Oficina que así lo haga en el futuro,

con el fin de fomentar la transparencia;

Créditos prorrogados

5. Pide a la Oficina que tome inmediatamente medidas para reducir el elevado número de prórrogas; toma

nota, de hecho, de que el Tribunal de Cuentas constata la existencia de prórrogas por valor de

22 600 000 EUR, lo que representa un 25 % del presupuesto 2010; observa, asimismo, con decepción

que el porcentaje de prórrogas fue del 49 % en el título II (Gastos administrativos) y del 59 % en el

título III (Gastos de operaciones);

6. Observa que el desglose de la prórroga (22 600 000 EUR) es el siguiente:

— 11 300 000 EUR para los gastos relacionados con la nueva sede de Europol,

— 1 800 000 EUR en relación con el capítulo 26 (artículo 58, apartado 4, de la Decisión del Consejo

por la que se crea Europol, relativo al marco jurídico previo de Europol),

— 9 500 000 EUR para otros gastos;

7. Considera que el elevado nivel de los créditos prorrogados, junto con el bajo nivel de gastos devengados

(2 900 000 EUR), es excesivo y contrario al principio presupuestario de anualidad;

8. Observa, no obstante, que el considerable importe de la prórroga se debió a la circunstancia excepcional

que supuso el traslado de la Oficina a su nueva sede en 2011, debido al retraso en la entrega del

edificio en 2010;

Recursos humanos

9. Observa en el Informe de Actividad anual de la Oficina que el porcentaje de puestos vacantes al final

del ejercicio era del 4,5 % en lugar del 2,5 % estimado;

10. Pide a la Oficina que adopte las normas de aplicación del Estatuto de los funcionarios (y los instrumentos

internos relacionados) y que prepare un marco de aprendizaje y desarrollo;

Rendimiento

11. Se felicita de que el programa de trabajo anual de la Oficina se adapte a su Estrategia 2010-2014 y

contenga los indicadores de resultados clave, los riesgos críticos y los recursos asignados a cada objetivo

anual;

12. Pide, no obstante, a la Oficina que incluya en su programa de trabajo anual una visión de conjunto de

las actividades previstas en materia de contratación pública que sirva como «decisión de financiación»,

necesaria con arreglo a las normas de desarrollo del Reglamento financiero marco;

13. Pide asimismo a la Oficina que precise su declaración organizativa de misión en forma de descripciones

concisas de las funciones y los objetivos para los departamentos y las unidades;

14. Observa en el Informe de Actividad anual de la Oficina que la plataforma de información SIENA 2.0

que conecta a las autoridades policiales se lanzó con éxito el 22 de octubre de 2010 y que, a finales de

2010, 21 Estados miembros estaban conectados a SIENA y 8 oficinas nacionales de recuperación de

activos estaban vinculadas a dicha plataforma;

15. Observa, además, en el Informe de Actividad anual de la Oficina que, a 31 de diciembre de 2010, sobre

la base de la evaluación del programa de trabajo anual, se habían realizado progresos muy importantes

en 14 (82 %) de los objetivos del programa de trabajo anual e importantes progresos en los tres

objetivos restantes (18 %);

16. Observa además que el consejo de administración aprobó en 2010 la Estrategia 2010-2014 y el Plan de

aplicación de la Estrategia de la Oficina;

17. Recomienda que, en aras de la transparencia, la Oficina facilite una lista de los miembros de su consejo

de administración que debe incluir su nombre, la declaración de intereses y el currículum vítae

indicando su experiencia profesional y su formación; toma nota con satisfacción de que la Oficina

ha publicado en su página internet sus actividades de contratación y la lista de contratistas relativas a

2010;

Auditoría interna

18. Reconoce que el Servicio de Auditoría Interna (SAI) realizó una auditoría sobre la aplicación de las

normas de control interno con el fin de evaluar el estado en que se encontraba su aplicación, en

particular en los siguientes ámbitos: misión y valores, recursos humanos, procedimientos de planificación

y gestión del riesgo, actividades de operaciones y controles, informes generales y financieros y

evaluación y auditoría;

19. Observa que el SAI emitió cinco recomendaciones «muy importantes» relacionadas con:

— la separación de funciones,

— los controles ex post,

— las excepciones a los procesos,

— los planes de continuidad de las actividades,

— la continuidad de las operaciones;

Pide a la Oficina que aplique todas las recomendaciones del SAI y que informe a la autoridad

responsable de la aprobación de la gestión de las acciones llevadas a cabo;

20. Pide a la Comisión, teniendo en cuenta las complementariedades que existen entre el Escuela Europea

de Policía y la Oficina Europea de Policía, así como las sinergias potenciales, que elabore una evaluación

exhaustiva de impacto, como más tarde en marzo de 2013, con vistas a una posible fusión de estas dos

agencias, estableciendo los costes y los beneficios;

21. Remite, en relación con otras observaciones de carácter horizontal que acompañan a la decisión de

aprobación de la gestión, a su Resolución, de 10 de mayo de 2012, sobre el rendimiento, la gestión

financiera y el control de las agencias ( 1 ).

____________________

( 1 ) Textos aprobados, P7_TA(2012)0164 (véase la página 388 del presente Diario Oficial).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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