EL PARLAMENTO EUROPEO,
— Vistas las cuentas anuales definitivas del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea relativas al ejercicio 2009,
— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea correspondientes al ejercicio 2009, acompañado de las respuestas del Centro ( 1 ),
— Vista la Recomendación del Consejo de 15 de febrero de 2011 (05892/2011 – C7-0052/2011),
— Vistos el artículo 276 del Tratado CE y el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y, en particular, su artículo 185,
— Visto el Reglamento (CE) n o 2965/94 del Consejo, de 28 de noviembre de 1994, por el que se crea un Centro de traducción de los órganos de la Unión Europea ( 3 ), y, en particular, su artículo 14,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 4 ), y, en particular, su artículo 94,
— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,
— Visto el Informe de la Comisión de Control Presupuestario (A7-0119/2011),
1. Aprueba la gestión del Director del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea en la ejecución del presupuesto del Centro para el ejercicio 2009;
2. Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;
3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de la misma al Director del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).
El Presidente
Jerzy BUZEK
El Secretario General
Klaus WELLE
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( 1 ) DO C 338 de 14.12.2010, p. 119.
( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
( 3 ) DO L 314 de 7.12.1994, p. 1.
( 4 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.
RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO
de 10 de mayo de 2011
que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la gestión en la ejecución del presupuesto del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea para el ejercicio 2009
EL PARLAMENTO EUROPEO,
— Vistas las cuentas anuales definitivas del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea relativas al ejercicio 2009,
— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea correspondientes al ejercicio 2009, acompañado de las respuestas del Centro ( 1 ),
— Vista la Recomendación del Consejo de 15 de febrero de 2011 (05892/2011 – C7-0052/2011), — Vistos el artículo 276 del Tratado CE y el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y, en particular, su artículo 185,
— Visto el Reglamento (CE) n o 2965/94 del Consejo, de 28 de noviembre de 1994, por el que se crea un Centro de traducción de los órganos de la Unión Europea ( 3 ), y, en particular, su artículo 14,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 4 ), y, en particular, su artículo 94,
— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,
— Visto el Informe de la Comisión de Control Presupuestario (A7-0119/2011),
A. Considerando que el Tribunal de Cuentas ha declarado haber obtenido garantías suficientes de que las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2009 son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares;
B. Considerando que el 5 de mayo de 2010 el Parlamento aprobó la gestión del Director del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea por lo que se refiere a la ejecución del presupuesto del Centro para el ejercicio 2008 ( 5 ), y que, en su Resolución aneja a la Decisión de aprobación de la gestión, el Parlamento, en particular:
— tomaba nota de la observación formulada por el Tribunal de Cuentas en su Informe de 2006 de que el superávit presupuestario acumulado para 2006 se elevó a 16 900 000 EUR, y de que el Centro tenía previsto reembolsar 9 300 000 EUR a sus clientes en 2007, así como de que dicho superávit ascendía a 26 700 000 EUR en 2008; aprobaba la observación del Tribunal de Cuentas de que esta acumulación de superávit indica que el método utilizado por el Centro para calcular el precio de las traducciones carece de suficiente precisión,
— pedía que la Comisión y el Centro se esforzaran en resolver rápidamente su desacuerdo sobre las contribuciones al régimen de pensiones del personal;
C. Considerando que el presupuesto del Centro para 2009 ascendió a 62 630 000 EUR, lo que significa un aumento del 4,48 % respecto al ejercicio 2008,
_________________________
( 1 ) DO C 338 de 14.12.2010, p. 119.
( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
( 3 ) DO L 314 de 7.12.1994, p. 1.
( 4 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.
( 5 ) DO L 252 de 25.9.2010, p. 119.
Resultados
1. Acoge con satisfacción la intención del Centro de proceder a una revisión intermedia de su estrategia 2008-2012; pide, no obstante, al Centro que desarrolle aún más la evaluación de sus resultados mediante una mejora de los vínculos entre sus acciones estratégicas y las acciones previstas en su Programa de trabajo y mediante la revisión de los indicadores de seguimiento de sus resultados con el fin de cumplir con los criterios SMART;
2. Observa que en 2009 el Centro aumentó sus servicios (en términos de páginas traducidas) para las instituciones de la UE en un 41 % en comparación con 2008; 3. Se congratula de la iniciativa del Centro, que ha presentado en un cuadro anejo al Informe del Tribunal de Cuentas correspondiente a 2009 una comparación de las actividades llevadas a cabo en 2008 y 2009, para que la autoridad de aprobación de la gestión presupuestaria pueda evaluar más eficazmente la evolución de su rendimiento de un año a otro;
Gestión financiera
4. Pide al Centro que aplique sistemáticamente el artículo 8, apartado 2, de su Reglamento financiero, que dispone que «los créditos de compromiso cubrirán el coste total de los compromisos jurídicos contraídos durante el ejercicio en curso»;
Superávit presupuestario contrario al Reglamento de base
5. Pide al Centro que adopte medidas más eficaces para solucionar este constante incremento de su superávit; toma nota de que, desde hace años, el Centro presenta un superávit presupuestario acumulado contrario al Reglamento (CE) n o 2965/94, superávit que en 2009 alcanzó 24 000 000 EUR, mientras que en 2008 fue de 26 700 000 EUR, en 2006, de 16 900 000 EUR, en 2005, de 10 500 000 EUR, y en 2004, de 3 500 000 EUR; toma nota de que dicho superávit tiene su origen principalmente en la imprecisión de las previsiones de solicitudes de traducción que recibe de sus clientes;
6. Acoge con satisfacción, no obstante, la iniciativa del Centro de reembolsar 11 000 000 EUR a sus clientes en 2009; destaca además que en 2007 el Centro ya había reembolsado 9 300 000 EUR a sus clientes;
Cotizaciones al régimen de pensiones de la Comisión
7. Observa que, el 12 de febrero de 2010, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea juzgó manifiestamente inadmisible el recurso de la Comisión (T-456/07) ( 1 ) que pedía al Centro que pagara una contribución que representara la parte de la financiación del régimen de pensiones de la Comunidad en relación con los ejercicios 1998 a 2005;
8. Felicita al Centro por haberse esforzado en encontrar una solución amistosa a este conflicto con la Comisión utilizando parte de su superávit presupuestario (18 300 000 EUR) para pagar la cotización al régimen de pensiones de la Comisión;
Sistema contable
9. Alienta al Centro a asegurar que existe una adecuada validación del sistema de contabilidad por parte del contable; recuerda que la falta de validación del sistema contable implica que el Centro asume la responsabilidad de su contable por lo que respecta a la declaración del informe anual de actividades del Centro;
10. Pide al Centro que informe a la autoridad de aprobación de la gestión de los pasos dados para hacer efectivamente operativo el sistema contable ABAC; recuerda al Centro que el hecho de no disponer de los recursos necesarios para mantener el SI2 puede comprometer seriamente la continuidad de las operaciones financieras hasta la entrada en funcionamiento de ABAC;
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( 1 ) Rec. 2010, p. II-183.
Recursos humanos
11. Pide al Centro que incluya información sobre funciones sensibles en las descripciones de los puestos de trabajo y que vele por que se identifiquen todos los controles establecidos para atenuar los riesgos;
12. Anima al Centro a actualizar las normas de aplicación en materia de formación y a establecer un nuevo calendario para ello; apoya al Centro en las medidas adoptadas para supervisar eficazmente la calidad de sus cursos de formación;
Auditoría interna
13. Reconoce que el Centro ha enviado a la autoridad de aprobación de la gestión presupuestaria un informe elaborado por su Director en el que se resume el contenido de la recomendación del servicio de auditoría interna (SAI), tal como establece el artículo 72, apartado 5, del Reglamento financiero marco; pide, no obstante, al Director del Centro que facilite información específica sobre el contenido de las recomendaciones formuladas por el SAI;
14. Reconoce que el SAI realizó una auditoría sobre el control y los principales componentes de la garantía de la calidad en el Centro en 2009; anima al Centro a seguir reforzando su sistema de control interno, su sistema de supervisión y su proceso de garantía de la calidad;
15. Pide al Centro que establezca por escrito procedimientos que definan con detalle los cometidos, plazos y flujos de trabajo requeridos para la creación, validación y registro de las órdenes de ingresos relativas a las traducciones entregadas a los clientes;
16. Remite, en relación con otras observaciones de carácter horizontal que acompañan a la Decisión de aprobación de la gestión, a su Resolución de 10 de mayo de 2011 ( 1 ) sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las Agencias.
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( 1 ) Textos aprobados, P7_TA (2011)0163 (véase la página 269 del presente Diario Oficial).