EL PARLAMENTO EUROPEO,
— Vistas las cuentas anuales definitivas de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria relativas al ejercicio 2009,
— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales definitivas de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria relativas al ejercicio 2009, acompañado de las respuestas de la Autoridad ( 1 ),
— Vista la Recomendación del Consejo de 15 de febrero de 2011 (058942/2011 – C7-0052/2011),
— Vistos el artículo 276 del Tratado CE y el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y, en particular, su artículo 185,
— Visto el Reglamento (CE) n o 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria ( 3 ), y, en particular, su artículo 44,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 4 ), y, en particular, su artículo 94,
— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,
— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A7-0146/2011),
1. Aprueba la gestión del Director Ejecutivo de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria en la ejecución del presupuesto de la Autoridad para el ejercicio 2009;
2. Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;
3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de la misma al Director Ejecutivo de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).
El Presidente
Jerzy BUZEK
El Secretario General
Klaus WELLE
_________________
( 1 ) DO C 338 de 14.12.2010, p. 108.
( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
( 3 ) DO L 31 de 1.2.2002, p. 1.
( 4 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.
RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO
de 10 de mayo de 2011
que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria para el ejercicio 2009
EL PARLAMENTO EUROPEO,
— Vistas las cuentas anuales definitivas de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria relativas al ejercicio 2009,
— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales definitivas de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria relativas al ejercicio 2009, acompañado de las respuestas de la Autoridad ( 1 ),
— Vista la Recomendación del Consejo de 15 de febrero de 2011 (058942/2011 – C7-0052/2011),
— Vistos el artículo 276 del Tratado CE y el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y, en particular, su artículo 185,
— Visto el Reglamento (CE) n o 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria ( 3 ), y, en particular, su artículo 44,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 4 ), y, en particular, su artículo 94,
— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,
— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A7-0146/2011), A. Considerando que el Tribunal de Cuentas ha declarado haber obtenido garantías suficientes de que las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2009 son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares;
B. Considerando que, el 5 de mayo de 2010, el Parlamento aprobó la gestión del Director Ejecutivo de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria en la ejecución del presupuesto de la Autoridad para el ejercicio 2008 ( 5 ), y que, en su Resolución aneja a la decisión de aprobación de la gestión, el Parlamento, en particular:
— observó que por tercer año consecutivo el Tribunal de Cuentas ha puesto de relieve las prórrogas de créditos al ejercicio siguiente (el 23 % de los créditos del presupuesto de 2008 se prorrogó a 2009, el 16 % de los créditos presupuestarios de 2007 se prorrogó a 2008 y el 20 % de los créditos presupuestarios de 2006 se prorrogó a 2007),
— observó que se han aplicado 20 de las 25 recomendaciones (el 80 %) formuladas por el Servicio de Auditoría Interna (SAI) y la estructura de auditoría interna (EAI),
— observó que en octubre de 2008 se inició la segunda encuesta entre el personal para evaluar el entorno de trabajo de la Autoridad;
_________________
( 1 ) DO C 338 de 14.12.2010, p. 108.
( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
( 3 ) DO L 31 de 1.2.2002, p. 1.
( 4 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.
( 5 ) DO L 252 de 25.9.2010, p. 155.
C. Considerando que el presupuesto de la Autoridad para el ejercicio 2009 ascendió a 71 400 000 EUR, lo que supone un incremento del 7,5 % con respecto al ejercicio 2008,
Prestaciones
1. Toma nota de que el presupuesto de la Autoridad para el ejercicio 2009 ascendió a 71 400 000 EUR, frente a los 66 400 000 EUR del ejercicio anterior;
2. Subraya que durante el ejercicio presupuestario 2009 la Autoridad Presupuestaria introdujo una reserva general de 4 546 000 EUR en el presupuesto de la Autoridad; celebra que en noviembre de 2009 se liberaran 2 000 000 EUR de la reserva para realizar los proyectos de infraestructura y desarrollo informático de la Autoridad, una vez que esta hubo cumplido la condición para esa liberación, que era la presentación al comité competente de los resultados de la encuesta de opinión del personal;
3. Toma nota asimismo de que la otra parte de la reserva se asignó al mismo ámbito político para contribuir a la adopción de medidas eficaces en respuesta a la pandemia del virus H1N1; es consciente de que la Autoridad no solicitó estos fondos para el desarrollo de procedimientos de contratación, puesto que estos se aplazaron a 2010;
4. Se congratula de la iniciativa de la Autoridad, que ha presentado en un cuadro anexo al informe del Tribunal de Cuentas correspondiente a 2009 una comparación de las actividades llevadas a cabo en 2008 y 2009 para que la autoridad encargada de la aprobación de la gestión presupuestaria pueda evaluar más eficazmente la evolución de su rendimiento de un año a otro; celebra que la Autoridad haya aumentado el número de documentos temáticos e informativos;
5. Observa que la Autoridad introdujo créditos disociados para subvenciones científicas y para proyectos de cooperación científica en 2009, lo que tuvo como consecuencia la anulación de 6 000 000 EUR en créditos de pago; aconseja a la Autoridad que consolide la planificación y la supervisión de los procesos presupuestarios relacionados con los créditos disociados;
6. Destaca la necesidad de que la Autoridad vele por que el asesoramiento que presta sea independiente y de alta calidad, con el fin de garantizar que se cumplen las normas de seguridad de la Unión y se ofrece independencia y excelencia científica en todas las cuestiones que tienen un impacto directo o indirecto en la seguridad alimentaria humana y animal y en la protección de las plantas; recomienda, particularmente en aras de la transparencia, que se adopten medidas para fomentar y controlar las normas internas sobre la declaración de intereses del personal de la Autoridad y de los expertos que trabajan para la Autoridad;
7. Pide al Tribunal de Cuentas que efectúe auditorías de resultados de la Autoridad;
Gestión presupuestaria y financiera
8. Pide a la Autoridad que mejore los procesos presupuestarios relacionados con sus créditos disociados y la planificación y el seguimiento de la ejecución plurianual de los mismos; toma nota de que el Tribunal de Cuentas indicó que 6 000 000 EUR (el 75 %) de los créditos disociados para subvenciones científicas y para proyectos de cooperación científica tuvieron que ser anulados, de los que 3 100 000 EUR eran fondos asignados más allá de las necesidades definidas por la Autoridad; acoge con satisfacción, no obstante, la intención de la Autoridad de adoptar medidas basadas en su experiencia del ejercicio 2009, el primer año en el que se introdujo el concepto de créditos disociados para proyectos de cooperación científica;
9. Insta además a la Autoridad a que mejore su gestión presupuestaria con el fin de reducir sus altos importes de prórrogas; subraya que por cuarto año consecutivo el Tribunal de Cuentas ha puesto de relieve las prórrogas de créditos al ejercicio siguiente (el 13 % de los créditos del presupuesto de 2009 se prorrogó a 2010, el 23 % de los créditos del presupuesto de 2008 se prorrogó a 2009, el 16 % de los créditos presupuestarios de 2007 se prorrogó a 2008 y el 20 % de los créditos presupuestarios de 2006 se prorrogó a 2007); toma nota de que esta situación muestra puntos débiles en la gestión de los contratos por parte de la Autoridad y el seguimiento de la transmisión de los informes y declaraciones de costes;
10. Lamenta que, por tercer año consecutivo, el Tribunal de Cuentas señale que hubo que cancelar compromisos para actividades operativas prorrogados del ejercicio anterior (el 19 % de los compromisos para actividades operativas prorrogados de 2008, el 37 % de los compromisos para actividades operativas prorrogados de 2007 y el 26 % de los compromisos para actividades operativas prorrogados de 2006); insta a la Autoridad a que cambie esta situación y notifique al Tribunal de Cuentas las medidas adoptadas;
11. Toma nota asimismo de que el Tribunal de Cuentas señaló la existencia de dificultades en la aplicación del programa de trabajo para 2009; pide, por consiguiente, a la Autoridad, que adopte las medidas necesarias para solucionar estas deficiencias;
Auditoría interna
12. Reconoce que la Autoridad ha enviado a la autoridad encargada de la aprobación de la gestión presupuestaria un informe elaborado por su Director Ejecutivo en el que se resume el contenido de la recomendación del Servicio de Auditoría Interna, tal como establece el artículo 72, apartado 5, del Reglamento financiero marco; expresa su preocupación, no obstante, por el hecho de que de las 48 recomendaciones una sea considerada «crítica» (sobre la gestión de subvenciones), 27 sean consideradas «muy importantes» y 20 «importantes», pero no se haya facilitado información a la autoridad encargada de la aprobación de la gestión sobre el contenido de estas recomendaciones; insta, por consiguiente, al Director Ejecutivo de la Autoridad a que proporcione esta información;
13. Reconoce que la Autoridad ha declarado que el SAI llevó a cabo una auditoría en profundidad de evaluación de riesgos en el último trimestre de 2009, con objeto de determinar las prioridades de auditoría y el plan de auditoría del SAI para los tres años siguientes, una auditoría sobre declaraciones de interés y una auditoría sobre la contratación en 2009;
14. Considera que el comité de auditoria, creado por la Autoridad en 2006, desempeña un papel importante en la asistencia a la Junta Directiva, al garantizar que las tareas del SAI y de la EAI se ejecuten adecuadamente y sean tenidas en cuenta por la Junta Directiva y por el Director Ejecutivo; considera, por tanto, que este comité de auditoría creado en el seno de la Autoridad podría servir de ejemplo para otras agencias;
15. Pide de nuevo a la Autoridad que adopte medidas adecuadas en caso de conflictos de intereses; insta a la Autoridad a que inicie una investigación sobre posibles conflictos de intereses de sus principales científicos y de los miembros de la Junta Directiva y de grupos de trabajo, para que puedan detectarse y corregirse a tiempo posibles omisiones en las declaraciones de intereses;
16. Remite, en relación con las demás observaciones de carácter horizontal que acompañan a la decisión de aprobación de la gestión, a su Resolución de 10 de mayo de 2011 ( 1 ) sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las Agencias.
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( 1 ) Textos aprobados, P7_TA (2011)0163 (véase la página 269 del presente Diario Oficial).