Decisión del Parlamento Europeo, de 10 de mayo de 2011, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos para el ejercicio 2009.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2011-81827
Número oficial:
DOUE-L-2011-81827
Publicación:
27/09/2011
Departamento:
Unión Europea

EL PARLAMENTO EUROPEO,

— Vistas las cuentas anuales definitivas de la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos relativas al ejercicio 2009,

— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos correspondientes al ejercicio 2009, acompañado de las respuestas de la Agencia ( 1 ),

— Vista la Recomendación del Consejo de 15 de febrero de 2011 (05892/2011 – C7-0052/2011),

— Vistos el artículo 276 del Tratado CE y el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y, en particular, su artículo 185,

— Visto el Reglamento (CE) n o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, por el que se crea una Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos ( 3 ), y, en particular, su artículo 97,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 4 ), y, en particular, su artículo 94,

— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,

— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A7-0127/2011),

1. Aprueba la gestión del Director Ejecutivo de la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos en la ejecución del presupuesto de la Agencia para el ejercicio 2009;

2. Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;

3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de la misma al Director Ejecutivo de la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

El Presidente

Jerzy BUZEK

El Secretario General

Klaus WELLE

_____________________

( 1 ) DO C 338 de 14.12.2010, p. 34.

( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

( 3 ) DO L 396 de 30.12.2006, p. 1.

( 4 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.

RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

de 10 de mayo de 2011

que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos para el ejercicio 2009

EL PARLAMENTO EUROPEO,

— Vistas las cuentas anuales definitivas de la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos relativas al ejercicio 2009,

— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos correspondientes al ejercicio 2009, acompañado de las respuestas de la Agencia ( 1 ),

— Vista la Recomendación del Consejo de 15 de febrero de 2011 (05892/2011 – C7-0052/2011),

— Vistos el artículo 276 del Tratado CE y el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y, en particular, su artículo 185,

— Visto el Reglamento (CE) n o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, por el que se crea una Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos ( 3 ), y, en particular, su artículo 97,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 4 ), y, en particular, su artículo 94,

— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,

— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A7-0127/2011),

A. Considerando que el Tribunal de Cuentas ha declarado haber obtenido garantías suficientes de que las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2009 son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares;

B. Considerando que 2009 fue el segundo año de funcionamiento de la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos,

__________________________

( 1 ) DO C 338 de 14.12.2010, p. 34.

( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

( 3 ) DO L 396 de 30.12.2006, p. 1.

( 4 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.

( 5 ) DO L 252 de 25.9.2010, p. 146.

C. Considerando que el 5 de mayo de 2010 el Parlamento aprobó la gestión del Director Ejecutivo de la Agencia por lo que se refiere a la ejecución del presupuesto de la Agencia para el ejercicio 2008 ( 5 ), y que, en su Resolución aneja a la Decisión de aprobación de la gestión, el Parlamento, en particular:

— señala que el Tribunal de Cuentas constata retrasos en las actividades operativas debido a las dificultades que han surgido en la puesta en funcionamiento del sistema informático y a causa de la falta de personal cualificado,

— se manifiesta complacido por el satisfactorio primer año de funcionamiento de la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECHA), teniendo presente que la Comisión (DG Empresa e Industria) fue responsable de la gestión presupuestaria de la Agencia en 2007; D. Considerando que el presupuesto de la Agencia para 2009 ascendió a 70 400 000 EUR, importe inferior en un 6 % a su presupuesto para 2008,

1. Señala que la Agencia se financió en 2008 a través de una subvención comunitaria de 62 200 000 EUR, de conformidad con el artículo 185 del Reglamento financiero y, en menor grado, mediante las tasas pagadas por las industrias por el registro de sustancias químicas de conformidad con el Reglamento REACH [Reglamento (CE) n o 1907/2006].

2. Subraya el hecho de que los ingresos de la Agencia en 2009 procedieron fundamentalmente de la subvención anual del presupuesto de la Unión Europea, que registró un aumento de 4 000 000 EUR en comparación con 2008 (62 600 000 EUR), y de los ingresos procedentes del cobro de honorarios, que ascendieron a 2 200 000 EUR; señala que los ingresos procedentes del cobro de honorarios relativos al sistema informático REACH proceden de empresas sometidas a inscripción y notificación con arreglo al Reglamento REACH;

3. Señala que el aumento de los gastos operativos correspondientes al título 3 se deriva principalmente del aumento de los costes de desarrollo de los programas informáticos, ya que se necesitaron importantes inversiones para perfeccionar la arquitectura del sistema informático REACH y para el posterior desarrollo de una herramienta global de evaluación de la seguridad de las sustancias químicas y de información sobre la misma;

4. Toma nota, en este contexto, de que la Agencia prorrogó el 29 % de los créditos totales (20 000 000 EUR) debido a que algunos contratos de importantes proyectos relacionados con la preparación para el primer plazo de inscripción no se habían celebrado a finales de 2009; recomienda que la proporción de prórrogas se reduzca para respetar el principio de anualidad;

Rendimiento

5. Se congratula de la iniciativa de la Agencia, que ha presentado en un cuadro anejo al informe del Tribunal de Cuentas correspondiente a 2009 una comparación de las actividades llevadas a cabo en 2008 y 2009 para que la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria pueda evaluar más efectivamente la evolución de su rendimiento de un año a otro; constata que la Agencia ha aumentado el número de expedientes cuyo registro se ha completado (500 en 2009 y 70 en 2008), y el número de investigaciones (1 000 en 2009 y 250 en 2008); constata, además, un aumento tanto en el número de controles de conformidad realizados (14 en 2009 y 1 en 2008), así como en el número de propuestas para la lista armonizada de clasificaciones y etiquetados (30 en 2009 y 14 en 2008);

6. Se manifiesta complacido por el satisfactorio segundo año de funcionamiento de la Agencia, teniendo presente que la Comisión (DG Empresa e Industria) fue responsable de la gestión presupuestaria de la Agencia en 2007; destaca, en particular, que la Agencia se ha creado sin problemas y con bastante rapidez, sobre todo gracias al eficaz apoyo que ha recibido de la dirección general de que depende, al intercambio de experiencias con otras agencias similares y al importante apoyo que le ha prestado el país anfitrión;

7. Celebra las iniciativas de la Agencia destinadas a centrar más su atención en los clientes y en los procedimientos de recogida de información; felicita, en particular, a la Agencia por haber realizado una encuesta entre partes interesadas en 2009 y por haber aumentado las actividades de asistencia a las industrias (como un servicio telefónico de asesoría a los solicitantes principales, talleres, reuniones en red, consultas públicas, etc.);

8. Pide al Tribunal de Cuentas que efectúe auditorías de los resultados de la Agencia;

Créditos prorrogados

9. Pide a la Agencia que siga mejorando la planificación y el control de sus actividades de contratación y su ejecución presupuestaria con vistas a reducir el porcentaje de créditos prorrogados; señala, en particular, que el Tribunal de Cuentas ha constatado una prórroga de 20 millones de euros (el 29 % de los créditos) al ejercicio 2010, y que aproximadamente el 88 % de ese importe corresponde a actividades aún no realizadas (o, en algunos casos, a bienes aún no recibidos) al final del ejercicio; señala, además, que se anuló el 5 % de los créditos (3 000 000 EUR);

10. Acoge favorablemente, no obstante, el compromiso de la Agencia de reducir por debajo del 20 % la prórroga de créditos para 2010, y de limitar los créditos anulados a un nivel considerablemente inferior al de 2008; pide, en consecuencia, a la Agencia que informe a la autoridad encargada de la aprobación de la gestión presupuestaria de los avances realizados a este respecto;

Recursos humanos

11. Toma nota de que el número total de puestos en la plantilla de personal aumentó en un 47 % en relación con 2008; celebra que al final del ejercicio la Agencia haya alcanzado un 90 % de la ejecución de la plantilla de personal; recuerda, no obstante, que es importante que la Agencia siga controlando la ejecución de su presupuesto y de su plantilla; Auditoría interna

12. Felicita a la Agencia por haber puesto en marcha la Estructura de auditoría interna (EAI), dedicada a la realización de auditorías internas y a asesorar al Director Ejecutivo de la Agencia sobre los sistemas de gestión y control del riesgo, emitiendo dictámenes y recomendaciones independientes;

13. Constata que el Servicio de Auditoría Interna (SAI) presentó su plan estratégico final de auditoría 2010-2012 el 1 de diciembre de 2009 (tres años de forma continua, con actualizaciones anuales); pide, en consecuencia, al Director Ejecutivo de la Agencia que informe a la autoridad encargada de la aprobación de la gestión presupuestaria acerca del contenido de dicho plan de auditoría;

14. Pide a la Agencia que informe a la autoridad encargada de la aprobación de la gestión presupuestaria sobre las medidas que ha tomado para mejorar su sistema de control, reforzando sus circuitos financieros, flujos de trabajo, auditorías, planes de acción y evaluaciones de riesgo;

15. Alienta a la Agencia a que vele por que, efectivamente:

— existan todos los elementos necesarios para la adopción de las decisiones financieras (por ejemplo, formatos normalizados para su programa de trabajo y las decisiones financieras),

— se defina y transmita adecuadamente la información necesaria a cada nivel en el seno de la organización,

— el programa refleje todos los recursos presupuestarios de que se dispone,

— se concluya y actualice la documentación de los procedimientos financieros y listas de control;

16. Remite, en relación con las demás observaciones de carácter horizontal que acompañan a la decisión de aprobación de la gestión, a su Resolución de 10 de mayo de 2011 ( 1 ) sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las Agencias.

____________________

( 1 ) Textos aprobados, P7_TA (2011)0163 (véase la página 269 del presente Diario Oficial).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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