Decisión del Consejo y la Comisión, de 25 de febrero de 2008, relativa a la celebración, en nombre de la Comunidad Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, del Acuerdo de cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y la Confederación Suiza, por otra.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2008-80550
Número oficial:
DOUE-L-2008-80550
Publicación:
28/03/2008
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA Y LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 170, leído en relación con su artículo 300, apartado 2, párrafo primero, primera frase, y con su artículo 300, apartado 3,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, en particular, su artículo 101, párrafo segundo,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (1),

Considerando lo siguiente:

(1) La Comisión, en nombre de las Comunidades, ha negociado con la Confederación Suiza un acuerdo de cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y la Confederación Suiza, por otra («el Acuerdo»), que también prevé su aplicación provisional.

(2) El Acuerdo fue firmado por los representantes de las Partes el 25 de junio de 2007 en Luxemburgo, a reserva de su celebración en fecha posterior.

(3) Procede aprobar el Acuerdo.

DECIDEN:

Artículo 1

Queda aprobado, en nombre de la Comunidad Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, el Acuerdo de cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y la Confederación Suiza, por otra (2).

Artículo 2

El Presidente del Consejo, en nombre de la Comunidad Europea, y el Presidente de la Comisión, en nombre de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, procederán a la notificación prevista en el artículo 14 del Acuerdo.

____________

(1) Dictamen de 23 de octubre de 2007 (no publicado aún en el Diario Oficial).

(2) DO L 189 de 20.7.2007, p. 26.

Artículo 3

1. El Acuerdo está relacionado con los siete acuerdos firmados con Suiza el 21 de junio de 1999 y celebrados mediante la Decisión 2002/309/CE, Euratom del Consejo y de la Comisión respecto al Acuerdo de cooperación científica y tecnológica de 4 de abril de 2002 sobre la celebración de siete Acuerdos con la Confederación Suiza (1).

2. El Acuerdo no se renovará en caso de resolución de los acuerdos mencionados en el apartado 1.

Hecho en Bruselas, el 25 de febrero de 2008.

Por el Consejo

El Presidente

A. VIZJAK

Por la Comisión

El Presidente

José Manuel BARROSO

_________

(1) DO L 114 de 30.4.2002, p. 1.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

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