Decisión del Consejo Ejecutivo por la que se establecen normas internas relativas a la comunicación de información a los interesados y a la limitación de algunos de sus derechos de protección de datos por parte de la FRA en el contexto de las investigaciones administrativas y los procedimientos predisciplinarios, disciplinarios y de suspensión.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-Z-2019-70013
Número oficial:
DOUE-Z-2019-70013
Publicación:
22/03/2019
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA,

VISTOS:

El Reglamento (CE) n.o 168/2007 del Consejo, de 15 de febrero de 2007, por el que se crea una Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA) (1), y en particular su artículo 13,

El Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 45/2001 y la Decisión n.o 1247/2002/CE (2),

Considerando lo siguiente:

(1) La Agencia de Derechos Fundamentales de la Unión Europea lleva a cabo investigaciones administrativas, procedimientos predisciplinarios, disciplinarios y de suspensión, sobre la base del artículo 86 del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea y de conformidad con su anexo IX, así como de la Decisión 2013/01 del Consejo Ejecutivo, los procedimientos disciplinarios pueden incluir investigaciones efectuadas por el Consejo Disciplinario de la FRA de conformidad con el artículo 17 del anexo IX del Estatuto de los funcionarios.

(2) De conformidad con el artículo 25, apartado 8, del Reglamento (UE) 2018/1725, deben adoptarse sin más demora normas internas relativas a la comunicación de información a los interesados y a la limitación de algunos de sus derechos en materia de protección de datos por parte de la FRA en el contexto de las investigaciones administrativas y los procedimientos predisciplinarios, disciplinarios y de suspensión.

(3) La Comisión Europea adoptó la Decisión (UE) 2019/165 (3).

(4) La FRA debe cumplir la legislación aplicable en materia de protección de datos.

(5) El Supervisor Europeo de Protección de Datos emitió su dictamen el 28 de febrero de 2019.

HA DECIDIDO LO SIGUIENTE:

Artículo 1

La Decisión (UE) 2019/165 de la Comisión será aplicable por analogía a la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

Artículo 2

La Decisión (UE) 2019/165 será aplicable mutatis mutandis a la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea con las siguientes modificaciones:

1) «Comisión» y «Comisión Europea» se sustituirán por «Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA)».

2) En el considerando 1, «Esas tareas […] (“IDOC”)» no será aplicable.

3) La Decisión C(2004) 1588 de la Comisión por la que se establecen disposiciones generales de aplicación relativas a la realización de investigaciones administrativas y la aplicación de procedimientos disciplinarios se sustituirá por la «Decisión 2013/01 del Consejo Ejecutivo relativa a la realización de investigaciones administrativas y la aplicación de procedimientos disciplinarios».

Artículo 3

Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Viena, el 19 de marzo de 2019.

Por la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea

Sirpa RAUTIO

Presidenta del Consejo Ejecutivo

(1)  DO L 53 de 22.2.2007, p. 1.

(2)  DO L 295 de 21.11.2018, p. 39.

(3)  Decisión (UE) 2019/165 de la Comisión, de 1 de febrero de 2019, por la que se establecen normas internas relativas a la comunicación de información a los interesados y a la limitación de algunos de sus derechos de protección de datos por parte de la Comisión en el contexto de las investigaciones administrativas y los procedimientos predisciplinarios, disciplinarios y de suspensión (DO L 32 de 4.2.2019, p. 9).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

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