Decisión del Consejo, de 30 de marzo de 2009, relativa a la renovación y la modificación del Acuerdo sobre cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y el Gobierno de los Estados Unidos de América.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2009-80604
Número oficial:
DOUE-L-2009-80604
Publicación:
02/04/2009
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 170, párrafo segundo, leído en relación con su artículo 300, apartado 2, párrafo primero, primera frase, y apartado 3, párrafo segundo,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo ( 1 ),

Considerando lo siguiente:

(1) Mediante su Decisión 98/591/CE ( 2 ), el Consejo aprobó la celebración del Acuerdo sobre cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y el Gobierno de los Estados Unidos de América (en adelante, «el Acuerdo»), que entró en vigor el 14 de octubre de 1998.

(2) El artículo 12, letra b), del Acuerdo establece, concretamente, la posibilidad de ser renovado, con las eventuales modificaciones, por períodos adicionales de cinco años, mediante acuerdo mutuo y por escrito entre las Partes.

(3) Mediante su Decisión 2004/756/CE ( 3 ), el Consejo renovó el Acuerdo por un período adicional de cinco años, con efectos desde el 14 de octubre de 2003.

(4) Los Estados Unidos de América comunicaron a la Comisión que eran favorables a la renovación del Acuerdo por otro período de cinco años. Por tanto, una renovación rápida redundaría en beneficio de ambas Partes.

(5) El contenido concreto del Acuerdo renovado será el mismo que el del Acuerdo que expiró el 13 de octubre de 2008, a excepción de una modificación de naturaleza técnica dirigida principalmente a añadir la investigación sobre la seguridad y el espacio a la lista de sectores de las actividades de cooperación, a fin de adaptarla al ámbito de aplicación del séptimo programa marco comunitario de investigación.

(6) Conviene aprobar la renovación del Acuerdo en nombre de la Comunidad,

DECIDE:

Artículo 1

Queda aprobada, en nombre de la Comunidad, la renovación, por un período adicional de cinco años, del Acuerdo sobre cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y el Gobierno de los Estados Unidos de América (en adelante, «el Acuerdo»), modificado según el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

De conformidad con el artículo 12 del Acuerdo, el Presidente del Consejo notificará, en nombre de la Comunidad, al Gobierno de los Estados Unidos de América que se han completado los procedimientos internos necesarios para la entrada en vigor del Acuerdo (*).

Artículo 3

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 30 de marzo de 2009.

Por el Consejo

El Presidente

P. BENDL

___________________________

( 1 ) Dictamen de 5 de febrero de 2009 (no publicado aún en el Diario Oficial).

( 2 ) DO L 284 de 22.10.1998, p. 35.

( 3 ) DO L 335 de 11.11.2004, p. 5.

(*) La Secretaría General del Consejo se encargará de publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea la fecha de entrada en vigor del Acuerdo.

ANEXO

Texto modificado del artículo 4 del Acuerdo sobre cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y el Gobierno de los Estados Unidos de América

«Artículo 4

Ámbitos de la cooperación

a) Los sectores en que podrán darse actividades de cooperación podrán incluir los ámbitos siguientes:

— medio ambiente (incluida la investigación sobre el clima),

— biomedicina y salud (incluida la investigación sobre el SIDA, enfermedades infecciosas y el abuso de drogas),

— agricultura,

— ciencia de la pesca,

— investigación sobre ingeniería,

— energía no nuclear,

— recursos naturales,

— ciencias materiales (incluida la nanotecnología) y metrología,

— tecnologías de la información y la comunicación,

— telemática,

— biotecnología,

— ciencias y tecnología marinas,

— investigación en ciencias sociales,

— transporte,

— investigación en el ámbito de la seguridad,

— investigación en el ámbito del espacio,

— política científica y tecnológica, gestión, formación y movilidad de científicos.

b) Las Partes podrán modificar esta lista por recomendación del Grupo Consultivo Conjunto mencionado en el artículo 6, de conformidad con los procedimientos en vigor para cada Parte.

c) Las Partes podrán llevar a cabo conjuntamente actividades de cooperación con terceros.».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida