Decisión del Consejo, de 26 de abril de 2010, por la que se adaptan las indemnizaciones previstas en las Decisiones 2003/479/CE y 2007/829/CE, relativas al régimen aplicable a los expertos y militares nacionales destinados en comisión de servicio en la Secretaría General del Consejo.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2010-80803
Número oficial:
DOUE-L-2010-80803
Publicación:
01/05/2010
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 41, apartado 1,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 240, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) El artículo 15, apartado 7, de la Decisión 2003/479/CE del Consejo ( 1 ) y el artículo 15, apartado 6, de la Decisión 2007/829/CE del Consejo ( 2 ) disponen que las indemnizaciones diarias y mensuales se revisarán cada año, sin efectos retroactivos, a la luz de la adaptación de los sueldos base de los funcionarios de la Unión Europea destinados en Bruselas y Luxemburgo.

(2) El 23 de diciembre de 2009, el Consejo adoptó el Reglamento (UE, Euratom) n o 1296/2009, por el que se adaptan, a partir del 1 de julio de 2009, las retribuciones y pensiones de los funcionarios y otros agentes de la Unión Europea así como los coeficientes correctores que afectan a dichas retribuciones y pensiones ( 3 ), que aplica una adaptación del 1,85 %.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

1. En el artículo 15, apartado 1, de la Decisión 2003/479/CE, y en el artículo 15, apartado 1, de la Decisión 2007/829/CE, los importes de 30,75 EUR y de 122,97 EUR se sustituyen por los de 31,32 EUR y de 125,25 EUR, respectivamente.

2. El cuadro que figura en el artículo 15, apartado 2, de la Decisión 2003/479/CE y en el artículo 15, apartado 2, de la Decisión 2007/829/CE, se sustituyen por el cuadro siguiente:

«Distancia entre el lugar de origen y el lugar de destino (km)

Importe en EUR

0-150

0,00

> 150

80,50

> 300

143,12

> 500

232,59

> 800

375,71

> 1 300

590,40

> 2 000

706,72»

3. En el artículo 15, apartado 4, de la Decisión 2003/479/CE, el importe de 30,75 EUR se sustituye por el de 31,32 EUR.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el primer día del mes siguiente al de su adopción.

Hecho en Luxemburgo, el 26 de abril de 2010.

Por el Consejo

El Presidente

M. Á. MORATINOS

___________________

( 1 ) DO L 160 de 28.6.2003, p. 72.

( 2 ) DO L 327 de 13.12.2007, p. 10.

( 3 ) DO L 348 de 29.12.2009, p. 10.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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