EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 207, apartado 4, párrafo primero, en relación con su artículo 218, apartado 9,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
(1) El Acuerdo por el que se establece una asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por un lado, y Centroamérica, por otro (1) (en lo sucesivo, «el Acuerdo») fue rubricado el 22 de marzo de 2011 y firmado el 29 de junio de 2012.
(2) De conformidad con su artículo 353, apartado 4, el Acuerdo se aplica de forma provisional desde el 1 de agosto de 2013 con Nicaragua, Honduras y Panamá, desde el 1 de octubre de 2013 con El Salvador y Costa Rica y desde el 1 de diciembre de 2013 con Guatemala.
(3) De conformidad con el artículo 353, apartado 5, del Acuerdo, cada Parte ha cumplido los requisitos establecidos en el artículo 244 y en el artículo 245, apartado 1, letras a) y b), que se refieren a la aplicación de la legislación en materia de indicaciones geográficas y al registro y protección de las correspondientes indicaciones geográficas que figuran en el anexo XVII del Acuerdo.
(4) El artículo 4 del Acuerdo establece un Consejo de Asociación que, entre otras cosas, debe supervisar el cumplimiento de los objetivos del Acuerdo y su aplicación.
(5) Según el artículo 245, apartado 2, del Acuerdo, el Consejo de Asociación ha de adoptar en su primera reunión una decisión para incluir en el anexo XVIII («Indicaciones geográficas protegidas») todos los nombres del anexo XVII («Lista de nombres para los que se solicita protección como indicaciones geográficas en el territorio de las Partes») protegidos como indicaciones geográficas después de su examen satisfactorio por las autoridades nacionales o regionales competentes de las Partes (en lo sucesivo, «la decisión del Consejo de Asociación»).
(6) La decisión del Consejo de Asociación también afecta a las indicaciones geográficas adicionales de Centroamérica, enumeradas en la declaración conjunta adjunta al Acuerdo, sobre los «Nombres cuyo registro ha sido solicitado como indicaciones geográficas en una República de la Parte Centroamericana», siempre que hayan sido registradas satisfactoriamente como indicaciones geográficas en la Parte de origen y, posteriormente, hayan sido examinadas satisfactoriamente por la autoridad competente de la Unión.
(7) Las objeciones planteadas contra el registro de «Banano de Costa Rica» en la Unión han sido rechazadas bien porque no se ajustaban a los criterios especificados en la consulta pública o bien porque, aun admitidas, no estaban motivadas. En la presente consulta pública no se planteó ninguna otra objeción.
(8) Procede establecer la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en el seno del Consejo de Asociación en lo que atañe a las indicaciones geográficas que deben incluirse en el anexo XVIII del Acuerdo.
(9) La posición de la Unión debe basarse en el proyecto de decisión del Consejo de Asociación adjunto.
(1) DO L 346 de 15.12.2012, p. 3.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La posición que se ha de adoptar en nombre de la Unión en el seno del Consejo de Asociación creado en virtud del artículo 4 del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por un lado, y Centroamérica, por otro, en lo que atañe a las indicaciones geográficas que deben incluirse en el anexo XVIII, parte A y parte B, del Acuerdo, se basará en el proyecto de decisión del Consejo de Asociación adjunto a la presente Decisión.
Los representantes de la Unión en el Consejo de Asociación podrán acordar correcciones técnicas de poca importancia en el proyecto de decisión del Consejo de Asociación sin una decisión ulterior del Consejo.
Artículo 2
Una vez adoptada, la Decisión del Consejo de Asociación se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Luxemburgo, el 24 de junio de 2014.
Por el Consejo
El Presidente
E. VENIZELOS
PROYECTO
DECISIÓN Nº …/2014 DEL CONSEJO DE ASOCIACIÓN UE-CENTROAMÉRICA
de […]
sobre las indicaciones geográficas que deben incluirse en el anexo XVIII del Acuerdo
EL CONSEJO DE ASOCIACIÓN UE-CENTROAMÉRICA,
Visto el Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por un lado, y Centroamérica, por otro (en lo sucesivo, «el Acuerdo»), y en particular su artículo 245, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1) De conformidad con el artículo 353, apartado 4, la parte IV del Acuerdo, este se aplica provisionalmente desde el 1 de agosto de 2013 con Nicaragua, Honduras y Panamá, desde el 1 de octubre de 2013 con El Salvador y Costa Rica y desde el 1 de diciembre de 2013 con Guatemala.
(2) Las indicaciones geográficas de la Unión Europea y de Centroamérica, que han sido enumeradas en el anexo XVII del Acuerdo, o en virtud de la declaración conjunta sobre «Nombres cuyo registro ha sido solicitado como indicaciones geográficas en una República de la Parte Centroamericana», y que han sido examinadas satisfactoriamente por las autoridades competentes de la otra Parte, figurarán en el anexo XVIII, de conformidad con la parte IV, título VI y título XIII, del Acuerdo.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo único
Modificación del anexo XVIII
Las indicaciones geográficas enumeradas en el anexo de la presente Decisión se incluirán en el anexo XVIII, parte A y parte B, del Acuerdo, tal como se prevé en el anexo de la presente Decisión.
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en …, el …
Por el Consejo de Asociación UE-Centroamérica,
[…]
Por Costa Rica
[…]
Por El Salvador
[…]
Por Guatemala
[…]
Por Honduras
[…]
Por Nicaragua
[…]
Por Panamá
[…]
Por la Unión Europea
ANEXO
DE LA DECISIÓN Nº … DEL CONSEJO DE ASOCIACIÓN UE-CENTROAMÉRICA
ANEXO XVIII
INDICACIONES GEOGRÁFICAS PROTEGIDAS
PARTE A
Indicaciones geográficas de la Parte UE protegidas en las Repúblicas de la Parte Centroamericana de conformidad con el título VI (Propiedad intelectual) de la parte IV del presente Acuerdo
ESTADO MIEMBRO | NOMBRE | PRODUCTO, DESCRIPCIÓN O CLASE |
ALEMANIA | Bayerisches Bier | Cervezas |
ALEMANIA | Münchener Bier | Cervezas |
ALEMANIA | Nürnberger Bratwürste/Nürnberger Rostbratwürste | Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.) |
IRLANDA | Irish Cream | Aguardientes |
IRLANDA | Irish whiskey/Uisce Beatha/Eireannach/Irish whisky | Aguardientes |
GRECIA | Ούζο (Ouzo) (1) | Aguardientes |
GRECIA | Σάμος (Samos) | Vinos |
ESPAÑA | Bierzo | Vinos |
ESPAÑA | Brandy de Jerez | Aguardientes |
ESPAÑA | Campo de Borja | Vinos |
ESPAÑA | Cariñena | Vinos |
ESPAÑA | Castilla | Vinos |
ESPAÑA | Cataluña | Vinos |
ESPAÑA | Cava | Vinos |
ESPAÑA | Empordá (Ampurdán) | Vinos |
ESPAÑA | Idiazábal | Quesos |
ESPAÑA | Jamón de Teruel | Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.) |
ESPAÑA | Jerez — Xérès — Sherry | Vinos |
ESPAÑA | Jijona | Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería |
ESPAÑA | Jumilla | Vinos |
ESPAÑA | La Mancha | Vinos |
ESPAÑA | Los Pedroches | Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.) |
ESPAÑA | Málaga | Vinos |
ESPAÑA | Manzanilla — Sanlúcar de Barrameda | Vinos |
ESPAÑA | Navarra | Vinos |
ESPAÑA | Penedès | Vinos |
ESPAÑA | Priorat | Vinos |
ESPAÑA | Queso Manchego (2) | Quesos |
ESPAÑA | Rías Baixas | Vinos |
ESPAÑA | Ribera del Duero | Vinos |
ESPAÑA | Rioja | Vinos |
ESPAÑA | Rueda | Vinos |
ESPAÑA | Somontano | Vinos |
ESPAÑA | Toro | Vinos |
ESPAÑA | Turrón de Alicante | Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería |
ESPAÑA | Utiel-Requena | Vinos |
ESPAÑA | Valdepeñas | Vinos |
ESPAÑA | Valencia | Vinos |
FRANCIA | Alsace | Vinos |
FRANCIA | Anjou | Vinos |
FRANCIA | Armagnac | Aguardientes |
FRANCIA | Beaujolais | Vinos |
FRANCIA | Bordeaux | Vinos |
FRANCIA | Bourgogne | Vinos |
FRANCIA | Brie de Meaux (3) | Quesos |
FRANCIA | Cadillac | Vinos |
FRANCIA | Calvados | Aguardientes |
FRANCIA | Camembert de Normandie (4) | Quesos |
FRANCIA | Canard à foie gras du Sud-Ouest | Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.) |
FRANCIA | Chablis | Vinos |
FRANCIA | Champagne | Vinos |
FRANCIA | Châteauneuf-du-Pape | Vinos |
FRANCIA | Cognac | Aguardientes |
FRANCIA | Comté | Quesos |
FRANCIA | Côtes de Provence | Vinos |
FRANCIA | Côtes du Rhône | Vinos |
FRANCIA | Côtes du Roussillon | Vinos |
FRANCIA | Emmental de Savoie (5) | Quesos |
FRANCIA | Graves (Graves de Vayres) | Vinos |
FRANCIA | Haut-Médoc | Vinos |
FRANCIA | Huile essentielle de lavande de Haute-Provence | Aceite de lavanda |
FRANCIA | Jambon de Bayonne | Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.) |
FRANCIA | Languedoc (Coteaux du Languedoc) | Vinos |
FRANCIA | Margaux | Vinos |
FRANCIA | Médoc | Vinos |
FRANCIA | Pommard | Vinos |
FRANCIA | Pruneaux d'Agen | Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados — Ciruelas pasas |
FRANCIA | Reblochon | Quesos |
FRANCIA | Rhum de la Martinique | Aguardientes |
FRANCIA | Romanée Saint-Vivant | Vinos |
FRANCIA | Roquefort | Quesos |
FRANCIA | Saint-Emilion | Vinos |
FRANCIA | Saint-Julien | Vinos |
FRANCIA | Sauternes | Vinos |
FRANCIA | Val de Loire | Vinos |
ITALIA | Asti | Vinos |
ITALIA | Barbaresco | Vinos |
ITALIA | Barbera d'Alba | Vinos |
ITALIA | Barbera d'Asti | Vinos |
ITALIA | Barolo | Vinos |
ITALIA | Brachetto d'Acqui | Vinos |
ITALIA | Conegliano Valdobbiadene — Prosecco | Vinos |
ITALIA | Dolcetto d'Alba | Vinos |
ITALIA | Fontina (6) | Quesos |
ITALIA | Franciacorta | Vinos |
ITALIA | Gorgonzola (7) | Quesos |
ITALIA | Grana Padano (8) | Quesos |
ITALIA | Grappa | Aguardientes |
ITALIA | Mortadella Bologna | Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.) |
ITALIA | Parmigiano Reggiano (9) | Quesos |
ITALIA | Prosciutto di Parma (10) | Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.) |
ITALIA | Prosciutto di S. Daniele | Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.) |
ITALIA | Prosciutto Toscano | Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.) |
ITALIA | Provolone Valpadana (11) | Quesos |
ITALIA | Soave | Vinos |
ITALIA | Taleggio | Quesos |
ITALIA | Toscano | Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.) — Aceite de oliva |
ITALIA | Toscano/Toscana | Vinos |
ITALIA | Vino Nobile di Montepulciano | Vinos |
CHIPRE | Ζιβανία (Zivania) | Aguardientes |
CHIPRE | Κουμανταρία (Commandaria) | Vinos |
CHIPRE | Ούζο (Ouzo) (12) | Aguardientes |
HUNGRÍA | Pálinka | Aguardientes |
HUNGRÍA | Szegedi téliszalámi/Szegedi szalámi | Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.) |
HUNGRÍA | Tokaj | Vinos |
HUNGRÍA | Törkölypálinka | Aguardientes |
AUSTRIA | Inländerrum | Aguardientes |
AUSTRIA | Jägertee/Jagertee/Jagatee | Aguardientes |
POLONIA | Polska Wódka/Vodka polaco | Aguardientes |
POLONIA | Wódka ziołowa z Niziny Północnopodlaskiej/Herbal vodka from the North Podlasie Lowland | Aguardientes |
PORTUGAL | Douro | Vinos |
PORTUGAL | Porto, Port u Oporto | Vinos |
ESLOVAQUIA | Vinohradnícka oblasť Tokaj | Vinos |
SUECIA | Svensk Vodka/Swedish Vodka | Aguardientes |
REINO UNIDO | Scotch Whisky | Aguardientes |
PARTE B
Indicaciones geográficas de las Repúblicas de la Parte Centroamericana protegidas en la Parte UE de conformidad con el título VI (Propiedad intelectual) de la parte IV del presente Acuerdo
PAÍS | DENOMINACIÓN | PRODUCTOS |
COSTA RICA | Café de Costa Rica | Café |
COSTA RICA | Banano de Costa Rica | Fruta |
EL SALVADOR | Café Apaneca-Ilamapetec | Café |
[EL SALVADOR] | [Bálsamo de El Salvador] | [Extractos de plantas] |
GUATEMALA | Café Antigua | Café |
GUATEMALA | Ron de Guatemala | Aguardientes |
HONDURAS | Cafés del occidente hondureño/Honduras western coffee | Café |
HONDURAS | Café de Marcala | Café |
PANAMÁ | Seco de Panamá | Aguardientes |
(1) Producto de Grecia o Chipre.
(2) Registrados en Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá; procedimientos de oposición aún pendientes en Costa Rica y El Salvador.
(3) Registrados en Costa Rica, Honduras, Nicaragua y Panamá; procedimientos de oposición aún pendientes en El Salvador y Guatemala.
(4) Registrados en Costa Rica, Honduras, Nicaragua y Panamá; procedimientos de oposición aún pendientes en El Salvador y Guatemala.
(5) Registrados en Honduras, Nicaragua y Panamá; procedimientos de oposición aún pendientes en Costa Rica, El Salvador y Guatemala.
(6) Registrados en El Salvador, Honduras, Nicaragua y Panamá; procedimientos de oposición aún pendientes en Costa Rica y Guatemala.
(7) Registrados en Honduras, Nicaragua y Panamá; procedimientos de oposición aún pendientes en Costa Rica, El Salvador y Guatemala.
(8) Registrados en Costa Rica, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá; procedimientos de oposición aún pendientes en El Salvador.
(9) Registrados en Honduras, Nicaragua y Panamá; procedimientos de oposición aún pendientes en Costa Rica, El Salvador y Guatemala.
(10) Registrados en Costa Rica, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá; procedimientos de oposición aún pendientes en El Salvador.
(11) Registrados en Honduras, Nicaragua y Panamá; procedimientos de oposición aún pendientes en Costa Rica, El Salvador y Guatemala.
(12) Producto de Grecia o Chipre.