Decisión del Consejo, de 22 de diciembre de 2009, que deroga la Decisión 2009/473/CE relativa a la celebración de un Acuerdo en forma de Canje de Notas para la aplicación provisional del Acuerdo de asociación en el sector pesquero entre la Comunidad Europea y la República de Guinea.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2009-82558
Número oficial:
DOUE-L-2009-82558
Publicación:
29/12/2009
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 43, apartado 2, leído en conjunción con el artículo 218, apartados 5 y 8,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando lo siguiente:

(1) Tal como las Partes acordaron mediante un Canje de Notas aprobado por la Decisión 2009/473/CE del Consejo ( 1 ), el protocolo del Acuerdo de asociación en el sector pesquero entre la Comunidad Europea y la República de Guinea, rubricado el 20 de diciembre de 2008, se aplica con carácter provisional desde el 1 de enero de 2009, en espera de la celebración del Acuerdo de asociación en el sector pesquero entre la Comunidad Europea y la República de Guinea.

(2) La Comisión ha decidido retirar su propuesta de Reglamento del Consejo relativo a la celebración del Acuerdo de asociación a raíz de los trágicos sucesos que tuvieron lugar el 28 de septiembre de 2009 y durante los cuales las fuerzas gubernamentales abrieron fuego contra los manifestantes y causaron la muerte de más de 150 personas.

(3) Por consiguiente, es necesario derogar la Decisión 2009/473/CE, y notificar cuanto antes a la República de Guinea, en nombre de la Unión Europea, la terminación de la aplicación provisional de acuerdo con el artículo 25, apartado 2, de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda derogada la Decisión 2009/473/CE del Consejo, relativa a la celebración de un Acuerdo en forma de Canje de Notas sobre la aplicación provisional del Acuerdo de asociación en el sector pesquero entre la Comunidad Europea y la República de Guinea.

Artículo 2

Se autoriza al Presidente del Consejo a designar a la persona o personas habilitadas para notificar a la República de Guinea, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25, apartado 2, de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, que la Unión Europea ya no intenta ser parte signataria del Acuerdo de asociación en el sector pesquero entre la Comunidad Europea y la República de Guinea, que se rubricó el 20 de diciembre de 2008. La notificación se hará en forma de Nota.

El texto de la Nota figura anejo a la presente Decisión.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 22 de diciembre de 2009.

Por el Consejo

El Presidente

A. CARLGREN

_______________________

( 1 ) DO L 156 de 19.6.2009, p. 31.

ANEXO

Nota de la Unión Europea

Estimado señor,

Con referencia al Protocolo al Acuerdo de asociación en el sector pesquero entre la Comunidad Europea y la República de Guinea, que se rubricó el 20 de diciembre de 2008 en lo que respecta a su aplicación provisional, tal como acordaron la Comunidad Europea y la República de Guinea mediante su Canje de Notas de 28 de mayo de 2009:

La Unión Europea notifica a la República de Guinea que, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25, apartado 2, de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, ya no intenta ser parte signataria del Acuerdo de asociación en el sector pesquero de referencia.

Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración.

En nombre de la Unión Europea,

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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