Decisión del Consejo 2006/718/PESC, de 23 de octubre de 2006, por la que se aplica la Posición común 2006/276/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra determinados funcionarios de Belarús.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2006-82036
Número oficial:
DOUE-L-2006-82036
Publicación:
25/10/2006
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Vista la Posición común 2006/276/PESC, de 10 de abril de 2006, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra determinados funcionarios de Belarús (1), y en particular su artículo 2, en conjunción con el segundo guión del artículo 23, apartado 2, del Tratado de la Unión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1) El 10 de abril de 2006, el Consejo adoptó la Posición común 2006/276/PESC, que confirmó las medidas restrictivas existentes contra las personas responsables de la vulneración de las normas electorales internacionales en las elecciones presidenciales celebradas en Belarús el 19 de marzo de 2006 y de la represión de la sociedad civil y de la oposición democrática, así como las personas físicas o jurídicas, organismos o entidades asociados con ellos.

(2) El 18 de mayo de 2006, el Consejo adoptó la Posición común 2006/362/PESC, por la que se modifica la Posición común 2006/276/PESC, a fin de imponer la inmovilización de los activos a las Kpersonas físicas o jurídicas, entidades u organismos, referidos más arriba.

(3) De conformidad con la Posición común 2006/276/PESC, el Consejo ha revisado las medidas restrictivas y ha decidido, a la luz de la reciente evolución, que han de aplicarse además a otras personas responsables de la represión de la sociedad civil y de la oposición democrática. Deben modificarse en consecuencia las listas recogidas en los anexos III y IV de la Posición común 2006/276/PESC.

DECIDE:

Artículo 1

Los anexos III y IV de la Posición común 2006/276/PESC se sustituyen por el texto que figura en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión surtirá efecto el día de su adopción.

Artículo 3

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Luxemburgo, el 23 de octubre de 2006.

Por el Consejo

El Presidente

J.-E. ENESTAM

____________________________________

(1) DO L 101 de 11.4.2006, p. 5. Posición común modificada por la Posición común 2006/362/PESC (DO L 134 de 20.5.2006, p. 45).

ANEXO

«ANEXO III

Lista de las personas a que se refiere el artículo 1, apartado 1, letra c)

TABLA OMITIDA EN PAGINAS 73 A 76

ANEXO IV

Lista de personas a que se refiere el artículo 1 bis

TABLA OMITIDA EN PÁGINAS 77 A 80

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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