Decisión del Comité Político y de Seguridad EUTM Somalia/1/2011, de 6 de diciembre de 2011, sobre la aceptación de contribuciones de terceros Estados a la Misión Militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la formación de las fuerzas de seguridad somalíes (EUTM Somalia).

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2011-82566
Número oficial:
DOUE-L-2011-82566
Publicación:
07/12/2011
Departamento:
Unión Europea

EL COMITÉ POLÍTICO Y DE SEGURIDAD,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 38, párrafo tercero,

Vista la Decisión 2010/96/PESC del Consejo, de 15 de febrero de 2010, relativa a la misión militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la formación de las fuerzas de seguridad somalíes (EUTM Somalia) ( 1 ), y, en particular, su artículo 8, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) El Comandante de la EUTM Somalia celebró las conferencias de generación de fuerzas y de dotación de personal el 17 de noviembre de 2008, el 16 de diciembre de 2008 y el 19 de marzo de 2009.

(2) Por recomendación del Comandante de la Misión de la UE y del Comité militar de la UE (CMUE) sobre una contribución de Serbia a EUTM Somalia, debe aceptarse dicha contribución.

(3) De conformidad con el artículo 5 del Protocolo (n o 22) sobre la posición de Dinamarca, anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Dinamarca no participa en la elaboración y aplicación de decisiones y acciones de la Unión que tengan repercusiones en el ámbito de la Defensa y por ello Dinamarca no participará en la ejecución de la presente Decisión ni en la financiación de EUTM Somalia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Contribuciones de terceros Estados

Teniendo en cuenta los resultados de las conferencias de generación de fuerzas y de dotación de personal del 17 de noviembre de 2008, 16 de diciembre de 2008 y 19 de marzo de 2009 y las recomendaciones del Comandante de la Misión de la UE y del CMUE, se acepta la contribución de Serbia a la misión militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la formación de las fuerzas de seguridad somalíes (EUTM Somalia).

Artículo 2

Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 6 de diciembre de 2011.

Por el Comité Político y de Seguridad

El Presidente

O. SKOOG

____________________________

( 1 ) DO L 44 de 19.2.2010, p. 16.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

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Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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