Decisión del Comité Permanente de los Estados de la AELC n.º 1/2022/SC de 8 de diciembre de 2022 sobre el procedimiento de presentación de solicitudes de normalización a las organizaciones europeas de normalización [2023/1654].

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2023-81197
Número oficial:
DOUE-L-2023-81197
Publicación:
24/08/2023
Departamento:
Unión Europea

 

EL COMITÉ PERMANENTE DE LOS ESTADOS DE LA AELC,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1025/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, que fue incorporado al Acuerdo EEE mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 9/2014, de 14 de febrero de 2014,

Visto el artículo 1, letra e), del Protocolo 1 del Acuerdo sobre un Comité Permanente de los Estados de la AELC,

Considerando que se ha hecho necesario establecer un procedimiento para racionalizar la presentación de solicitudes de normalización a las organizaciones europeas de normalización,

DECIDE:

Artículo 1

Se adopta el procedimiento para presentar solicitudes de normalización a las organizaciones europeas de normalización que se describe en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 8 de diciembre de 2022.

Por el Comité Permanente

El Presidente

Kristján Andri STEFÁNSSON

El Secretario General

Henri GÉTAZ

ANEXO
Procedimiento de presentación de solicitudes de normalización a los organizaciones europeas de normalización CEN, Cenelec y ETSI

1.   

Las solicitudes de normalización son el mecanismo mediante el cual la Comisión Europea y el Comité Permanente de los Estados de la AELC (en lo sucesivo, «Comité Permanente») solicitan a las organizaciones europeas de normalización (1) que elaboren y adopten normas europeas en apoyo de las políticas y la legislación europeas, tal como se describe en el artículo 10, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1025/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (2) sobre la normalización europea.

2.   

El Reglamento (UE) n.o 1025/2012 fue incorporado al Acuerdo EEE en 2014 (3). El artículo 1, letra e), del Protocolo 1 del Acuerdo sobre un Comité Permanente de los Estados de la AELC especifica que la emisión de mandatos (solicitudes de normalización) a los organismos europeos de normalización corresponde al Comité Permanente.

3.   

El Comité Permanente delega en el Grupo de Trabajo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio la facultad de presentar solicitudes de normalización.

4.   

Cuando la DG GROW (4) presente a la Secretaría de la AELC una solicitud de normalización, enviará dicha solicitud al Grupo de Trabajo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio, con copia al Comité de Obstáculos Técnicos al Comercio, pidiendo a los Estados AELC del EEE que aprueben explícitamente la solicitud en el plazo de dos semanas.

5.   

Una vez que el Grupo de Trabajo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio haya aprobado la solicitud de normalización en nombre del Comité Permanente, la Secretaría enviará una carta de solicitud de normalización a la organización u organizaciones europeas de normalización pertinentes. La carta será enviada por el director o el director adjunto de la División de Mercado Interior de la Secretaría de la AELC en nombre del Comité Permanente.

6.   

La Secretaría enviará un informe anual al Subcomité I y al Comité Permanente sobre las solicitudes de normalización presentadas el año anterior.

(1)  CEN, Cenelec y ETSI.

(2)  DO L 316 de 14.11.2012, p. 12.

(3)  Decisión n.o 9/2014 del Comité Mixto del EEE, de 14 de febrero de 2014 (DO L 211 de 17.7.2014, p. 13).

(4)  Dirección General de Mercado Interior, Industria, Emprendimiento y Pymes de la Comisión Europea.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

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