Decisión del Comité Mixto del EEE nº 89/2005, de 10 de junio de 2005, por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2005-81970
Número oficial:
DOUE-L-2005-81970
Publicación:
13/10/2005
Departamento:
Unión Europea

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado «el Acuerdo», y, en particular, sus artículos 86 y 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El Protocolo 31 del Acuerdo fue modificado por la Decisión nº 135/2002 del Comité Mixto del EEE, de 27 de septiembre de 2002 (1).

(2) Es conveniente ampliar la cooperación entre las partes contratantes del Acuerdo con el fin de incluir la Decisión 2005/12/CE del Consejo, de 20 de diciembre de 2004, que modifica la Decisión 1999/847/CE por lo que respecta a la ampliación del programa de acción comunitaria en favor de la protección civil (2).

(3) Por consiguiente, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo a fin de hacer posible esta cooperación más amplia a partir del 1 de enero de 2005.

DECIDE:

Artículo 1

En el Protocolo 31, artículo 10, apartado 8, letra b), tercer guión, del Acuerdo (Decisión 1999/847/CE del Consejo), se añadirá el texto siguiente:

«, modificada por:

— 32005 D 0012: Decisión 2005/12/CE del Consejo, de 20 de diciembre de 2004, que modifica la Decisión 1999/847/CE por lo que respecta a la ampliación del programa de acción comunitaria en favor de la protección civil (DO L 6 de 8.1.2005, p. 7).».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación transmitida al Comité Mixto del EEE de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (*).

Será aplicable a partir del 1 de enero de 2005.

Artículo 3

La presente Decisión se publicará en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 10 de junio de 2005.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Richard WRIGHT

_____________________________________

(1) DO L 336 de 12.12.2002, p. 36.

(2) DO L 6 de 8.1.2005, p. 7.

(*) No se han indicado preceptos constitucionales.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

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Acuerdo Internacional 27/02/2026

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