EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE», y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Directiva 2012/48/UE de la Comisión, de 10 de diciembre de 2012, que modifica los anexos de la Directiva 2006/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se establecen las prescripciones técnicas de las embarcaciones de la navegación interior ( 1 ).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Directiva 2012/49/UE de la Comisión, de 10 de diciembre de 2012, que modifica el anexo II de la Directiva 2006/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se establecen las prescripciones técnicas de las embarcaciones de la navegación interior ( 2 ).
(3) Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo XIII del Acuerdo EEE.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Después del punto 47a (Directiva 2006/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) del anexo XIII del Acuerdo EEE se añaden los siguientes guiones:
«— 32012 L 0048: Directiva 2012/48/UE de la Comisión, de 10 de diciembre de 2012 (DO L 6 de 10.1.2013, p. 1).
— 32012 L 0049: Directiva 2012/49/UE de la Comisión, de 10 de diciembre de 2012 (DO L 6 de 10.1.2013, p. 49).».
Artículo 2
Los textos de las Directivas 2012/48/UE y 2012/49/UE en lenguas islandesa y noruega que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 4 de mayo de 2013, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 3 de mayo de 2013.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Gianluca GRIPPA
_________
( 1 ) DO L 6 de 10.1.2013, p. 1.
( 2 ) DO L 6 de 10.1.2013, p. 49.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.