EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE», y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1)
Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión 2013/121/UE de la Comisión, de 7 de marzo de 2013, sobre los requisitos de seguridad que deben establecer las normas europeas en relación con determinados asientos para niños con arreglo a la Directiva 2001/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la seguridad general de los productos (1).
(2)
Procede, por tanto, modificar el anexo II del Acuerdo EEE en consecuencia.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Después del punto 3r (Decisión 2011/477/UE de la Comisión) del capítulo XIX del anexo II del Acuerdo EEE, se inserta el siguiente punto:
«3s.
32013 D 0121: Decisión 2013/121/UE de la Comisión, de 7 de marzo de 2013, sobre los requisitos de seguridad que deben establecer las normas europeas en relación con determinados asientos para niños con arreglo a la Directiva 2001/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la seguridad general de los productos (DO L 65 de 8.3.2013, p. 23).»
Artículo 2
Los textos de la Decisión 2013/121/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 17 de mayo de 2014, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (2).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 16 de mayo de 2014.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Gianluca GRIPPA
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(1) DO L 65 de 8.3.2013, p. 23.
(2) No se han indicado preceptos constitucionales.