Decisión del Comité Mixto del EEE nº 82/2003 de 20 de junio de 2003 por la que se modifica el anexo XIV (Competencia) del Acuerdo EEE.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2003-81654
Número oficial:
DOUE-L-2003-81654
Publicación:
09/10/2003
Departamento:
Unión Europea

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado "el Acuerdo", y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo XIV del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 137/2002, de 27 de septiembre de 2002 (1).

(2) Deberá incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n° 358/2003 de la Comisión, de 27 de febrero de 2003, relativo a la aplicación del apartado 3 del artículo 81 del Tratado a determinadas categorías de acuerdos, decisiones y prácticas concertadas en el sector de los seguros (2).

DECIDE:

Artículo 1

Después del punto 15a [Reglamento (CEE) n° 3932/92 de la Comisión] del anexo XIV del Acuerdo se añadirá el punto siguiente:

"15b. 32003 R 0358: Reglamento (CE) n° 358/2003 de la Comisión, de 27 de febrero de 2003, relativo a la aplicación del apartado 3 del artículo 81 del Tratado a determinadas categorías de acuerdos, decisiones y prácticas concertadas en el sector de los seguros (DO L 53 de 28.2.2003, p. 8).

A los efectos del presente Acuerdo, en las disposiciones del Reglamento se introducirán las siguientes adaptaciones:

a) en el párrafo introductorio del artículo 10, la frase 'de conformidad con el artículo 7 del Reglamento (CEE) n° 1534/91' se entenderá como 'a iniciativa propia o a petición del otro órgano de vigilancia, de un Estado de su competencia o de personas físicas o jurídicas que aleguen un interés legítimo.';

b) se añadirá el párrafo siguiente al final del artículo 10: 'El órgano de vigilancia competente podrá en tales casos publicar una decisión de conformidad con los artículos 6 y 8 del Reglamento n° 17, o de las disposiciones correspondientes previstas en el Protocolo n° 21 del Acuerdo EEE, sin que se requiera notificación alguna por parte de las empresas'.".

Artículo 2

Los textos del Reglamento (CE) n° 358/2002 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 21 de junio de 2003, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE (3) todas las notificaciones previstas en apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo.

Será aplicable a partir del 1 de abril de 2003.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 20 de junio de 2003.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

P. Westerlund

_______________

(1) DO L 336 de 12.12.2002, p. 40.

(2) DO L 53 de 28.2.2003, p. 8.

(3) No se han indicado preceptos constitucionales.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €