EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adopta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado "el Acuerdo", y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo IX del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 1762003, de 5 de diciembre de 2003 (1).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2003156410E de la Comisión, de 28 de julio de 2003, sobre la aplicación de la Directiva 72116610EE del Consejo relativa a los controles sobre el seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de automóviles (2).
DECIDE:
Artículo 1
El anexo IX del Acuerdo se modificará como sigue:
1) Después del punto 8 (Directiva 72116610EE del Consejo), se añadirá el punto siguiente:
""8a. 32003 D 0564: Decisión 2003156410E de la Comisión, de 28 de julio de 2003, sobre la aplicación de la Directiva 72116610EE del Consejo relativa a los controles sobre el seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles (DO L 192 de 31.7.2003, p.
23).".
2) Se suprimirá el texto de los guiones 4 (Decisión 91132310EE de la Comisión), 5 (Decisión 9314310EE de la Comisión), 6 (Decisión 97182810E de la Comisión) y 7 (Decisión 1999110310E de la Comisión) en el punto 8 (Directiva 72116610EE del Consejo).
Artículo 2
Los textos de la Decisión 2003156410E en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 7 de febrero de 2004, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo (*).
_______________
(1) DO L 88 de 25.3.2004, p. 53.
(2) DO L 192 de 31.7.2003, p. 23.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 6 de febrero de 2004.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
P. WESTERLUND