EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE», y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) n o 1224/2012 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2012, por el que se modifican el Reglamento (CE) n o 883/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social, y el Reglamento (CE) n o 987/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se adoptan las normas de aplicación del Reglamento (CE) n o 883/2004 ( 1 ).
(2) Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo VI del Acuerdo EEE.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En los puntos 1 [Reglamento (CE) n o 883/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo] y 2 [Reglamento (CE) n o 987/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo] del anexo VI del Acuerdo EEE, se añade el siguiente guion:
«— 32012 R 1224: Reglamento (UE) n o 1224/2012 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2012 (DO L 349 de 19.12.2012, p. 45).».
Artículo 2
Los textos del Reglamento (UE) n o 1224/2012 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 4 de mayo de 2013, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 3 de mayo de 2013.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Gianluca GRIPPA
___________
( 1 ) DO L 349 de 19.12.2012, p. 45.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.