Decisión del Comité Mixto del EEE nº 70/2011, de 1 de julio de 2011, por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2011-82036
Número oficial:
DOUE-L-2011-82036
Publicación:
06/10/2011
Departamento:
Unión Europea

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 50/2011, de 20 de mayo de 2011 ( 1 ).

(2) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (UE) n o 1266/2010 de la Comisión, de 22 de diciembre de 2010, que modifica la Directiva 2007/68/CE por lo que se refiere a los requisitos de etiquetado de productos vitícolas ( 2 ).

(3) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2011/8/UE de la Comisión, de 28 de enero de 2011, que modifica la Directiva 2002/72/CE por lo que se refiere a la restricción del uso de bisfenol A en biberones de plástico para lactantes ( 3 ).

(4) La presente Decisión no es aplicable a Liechtenstein.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El capítulo XII del anexo II del Acuerdo queda modificado como sigue:

1) En el punto 18 (Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo), guion sexto (Directiva 2007/68/CE de la Comisión) se añade el guion siguiente:

«— 32010 R 1266: Reglamento (UE) n o 1266/2010 de la Comisión, de 22 de diciembre de 2010 (DO L 347 de 31.12.2010, p. 27).».

2) En el punto 54zzb (Directiva 2002/72/CE de la Comisión) se añade el guion siguiente:

«— 32011 L 0008: Directiva 2011/8/UE de la Comisión, de 28 de enero de 2011 (DO L 26 de 29.1.2011, p. 11).».

Artículo 2

Los textos del Reglamento (UE) n o 1266/2010 y de la Directiva 2011/8/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 2 de julio de 2011, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 1 de julio de 2011.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Kurt JÄGER

__________________

( 1 ) DO L 196 de 28.7.2011, p. 29.

( 2 ) DO L 347 de 31.12.2010, p. 27.

( 3 ) DO L 26 de 29.1.2011, p. 11.

(*) No se han indicado preceptos constitucionales.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

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