EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo XIII del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 43/2005, de 11 de marzo de 2005 (1).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) no 2172/2004 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2004, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 417/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la introducción acelerada de normas en materia de doble casco o de diseño equivalente para petroleros de casco único (2).
DECIDE:
Artículo 1
En el punto 56m [Reglamento (CE) no 417/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo] del Anexo XIII del Acuerdo, se añade el guión siguiente:
«— 32004 R 2172: Reglamento (CE) no 2172/2004 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2004 (DO L 371 de 18.12.2004, p. 26).»
Artículo 2
Los textos del Reglamento (CE) no 2172/2004 en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 30 de abril de 2005, siempre que se hayan comunicado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (*).
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(1) DO L 198 de 28.7.2005, p. 45.
(2) DO L 371 de 18.12.2004, p. 26.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 29 de abril de 2005.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Richard WRIGHT