EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo I del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 38/2010, de 30 de abril de 2010 ( 1 ).
(2) El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 42/2010, de 30 de abril de 2010 ( 2 ).
(3) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n o 202/2008 de la Comisión, de 4 de marzo de 2008, por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere al número y la denominación de las Comisiones técnicas científicas de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria ( 3 ).
(4) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n o 669/2009 de la Comisión, de 24 de julio de 2009, por el que se aplica el Reglamento (CE) n o 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la intensificación de los controles oficiales de las importaciones de determinados piensos y alimentos de origen no animal y se modifica la Decisión 2006/504/CE ( 4 ).
(5) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2008/47/CE de la Comisión, de 20 de diciembre de 2007, por la que se autorizan los controles previos a la exportación efectuados por los Estados Unidos de América en cacahuetes y productos derivados para detectar la presencia de aflatoxinas ( 5 ).
(6) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2008/486/CE del Consejo, de 23 de junio de 2008, por la que se nombra a la mitad de los miembros del Consejo de administración de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria ( 6 ).
(7) La presente Decisión no es aplicable a Liechtenstein.
DECIDE:
Artículo 1
El anexo I del Acuerdo se modifica como sigue:
1) En el punto 13 [Reglamento (CE) n o 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo] de la parte 7.1 del capítulo I y en el punto 41 [Reglamento (CE) n o 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo] del capítulo II, se añade el siguiente guión:
____________________________
( 1 ) DO L 181 de 15.7.2010, p. 1.
( 2 ) DO L 181 de 15.7.2010, p. 9.
( 3 ) DO L 60 de 5.3.2008, p. 17.
( 4 ) DO L 194 de 25.7.2009, p. 11.
( 5 ) DO L 11 de 15.1.2008, p. 12.
( 6 ) DO L 165 de 26.6.2008, p. 8.
«— 32008 R 0202: Reglamento (CE) n o 202/2008 de la Comisión, de 4 de marzo de 2008 (DO L 60 de 5.3.2008, p. 17).».
2) Después del punto 49 (Decisión 2007/453/CE de la Comisión) de la parte 7.2 del capítulo I se inserta el siguiente punto:
«50. 32008 D 0486: Decisión 2008/486/CE del Consejo, de 23 de junio de 2008, por la que se nombra a la mitad de los miembros del Consejo de administración de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (DO L 165 de 26.6.2008, p. 8).».
3) Después del punto 45 (Decisión 2006/478/CE del Consejo) del capítulo II, se insertan los siguientes puntos:
«46. 32008 D 0486: Decisión 2008/486/CE del Consejo, de 23 de junio de 2008, por la que se nombra a la mitad de los miembros del Consejo de administración de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (DO L 165 de 26.6.2008, p. 8).
47. 32009 R 0669: Reglamento (CE) n o 669/2009 de la Comisión, de 24 de julio de 2009, por el que se aplica el Reglamento (CE) n o 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la intensificación de los controles oficiales de las importaciones de determinados piensos y alimentos de origen no animal y se modifica la Decisión 2006/504/CE (DO L 194 de 25.7.2009, p. 11).».
Artículo 2
El capítulo XII del anexo II del Acuerdo queda modificado como sigue:
1) En el punto 54zzzc [Reglamento (CE) n o 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo] se añade el siguiente guión:
«— 32008 R 0202: Reglamento (CE) n o 202/2008 de la Comisión, de 4 de marzo de 2008 (DO L 60 de 5.3.2008, p. 17).».
2) Después del punto 54zzzzl [Reglamento (CE) n o 953/2009 de la Comisión] se insertan los puntos siguientes:
«54zzzzm. 32008 D 0047: Decisión 2008/47/CE de la Comisión, de 20 de diciembre de 2007, por la que se autorizan los controles previos a la exportación efectuados por los Estados Unidos de América en cacahuetes y productos derivados para detectar la presencia de aflatoxinas (DO L 11 de 15.1.2008, p. 12).
54zzzzn. 32008 D 0486: Decisión 2008/486/CE del Consejo, de 23 de junio de 2008, por la que se nombra a la mitad de los miembros del consejo de administración de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (DO L 165 de 26.6.2008, p. 8).
54zzzzo. 32009 R 0669: Reglamento (CE) n o 669/2009 de la Comisión, de 24 de julio de 2009, por el que se aplica el Reglamento (CE) n o 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la intensificación de los controles oficiales de las importaciones de determinados piensos y alimentos de origen no animal y se modifica la Decisión 2006/504/CE (DO L 194 de 25.7.2009, p. 11).».
Artículo 3
Los textos de los Reglamentos (CE) n o 202/2008 y (CE) n o 669/2009 y de las Decisiones 2008/47/CE y 2008/486/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 4
La presente Decisión entrará en vigor el 12 de junio de 2010, siempre que se hayan comunicado al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.
Artículo 5
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 11 de junio de 2010.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Alan SEATTER
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(*) No se han indicado preceptos constitucionales.