Decisión del Comité Mixto del EEE nº 55/2012, de 30 de marzo de 2012, por la que se modifica el anexo XII (Libre circulación de capitales) del Acuerdo EEE.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2012-81431
Número oficial:
DOUE-L-2012-81431
Publicación:
02/08/2012
Departamento:
Unión Europea

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo XII del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 50/2010, de 30 de abril de 2010 ( 1 ).

(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2011/7/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales ( 2 ).

(3) La Directiva 2011/7/UE deroga, con efecto a partir del 16 de marzo de 2013, la Directiva 2000/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo ( 3 ), incorporada al Acuerdo, y que, en consecuencia, debe suprimirse del mismo con efecto a partir del 16 de marzo de 2013.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el anexo XII del Acuerdo, el texto del punto 2 (Directiva 2000/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) se sustituye por el siguiente con efecto a partir del 16 de marzo de 2013:

«32011 L 0007: Directiva 2011/7/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales (DO L 48 de 23.2.2011, p. 1).».

Artículo 2

Los textos de la Directiva 2011/7/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento del EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 31 de marzo de 2012, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (*).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 30 de marzo de 2012.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente en funciones

Gianluca GRIPPA

_________________

( 1 ) DO L 181 de 15.7.2010, p. 18.

( 2 ) DO L 48 de 23.2.2011, p. 1.

( 3 ) DO L 200 de 8.8.2000, p. 35.

(*) Se han indicado preceptos constitucionales.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

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