EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo XVI del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 32/2008, de 14 de marzo de 2008 (1).
(2) La Directiva 2007/24/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de mayo de 2007, por la que se deroga la Directiva 71/304/CEE del Consejo, relativa a la supresión de las restricciones a la libre prestación de servicios en el sector de los contratos administrativos de obras y a la adjudicación de contratos administrativos de obras por medio de agencias o sucursales (2), deroga la Directiva 71/304/CEE del Consejo (3), que se encuentra incorporada al Acuerdo y que, por lo tanto, debe suprimirse del mismo.
DECIDE:
Artículo 1
El texto del punto 1 (Directiva 71/304/CEE del Consejo) del anexo XVI del Acuerdo debe suprimirse.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el 26 de abril de 2008, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (*).
Artículo 3
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 25 de abril de 2008.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Alan SEATTER
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(1) DO L 182 de 10.7.2008, p. 28.
(2) DO L 154 de 14.6.2007, p. 22.
(3) DO L 185 de 16.8.1971, p. 1.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.