Decisión del Comité Mixto del EEE nº 51/2005, de 29 de abril de 2005, por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2005-81748
Número oficial:
DOUE-L-2005-81748
Publicación:
15/09/2005
Departamento:
Unión Europea

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo I del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 43/2005, de 11 de marzo de 2005 (1).

(2) Mediante la Decisión no 101/2002 del Comité Mixto del EEE, de 28 de septiembre de 2001 (2), se adoptaron procedimientos simplificados respecto de determinados actos en el sector veterinario.

(3) Dichos procedimientos implican que los Estados de la AELC deben adoptar, al mismo tiempo que los Estados miembros de la CE, las medidas relativas a los textos de aplicación, listas de establecimientos y medidas de salvaguardia y protección relacionadas con las importaciones de terceros países.

(4) El 14 de marzo de 2003, el Comité Mixto del EEE aprobó la ampliación de estos procedimientos a las medidas de salvaguardia y protección aplicables a la Comunidad o zonas de la Comunidad.

(5) Los actos relativos a las medidas de salvaguardia y protección aplicables a la Comunidad o zonas de la Comunidad que ya han sido incorporados al Acuerdo deben ser suprimidos del mismo.

(6) La presente Decisión no es aplicable a Liechtenstein.

DECIDE:

Artículo 1

El capítulo I del anexo I del Acuerdo queda modificado como sigue:

1) Se suprime el texto de los puntos siguientes de la parte 1.2:

— 1 (Decisión 91/52/CEE de la Comisión)

— 35 (Decisión 95/108/CE de la Comisión)

— 37 (Decisión 95/296/CE de la Comisión)

— 49 (Decisión 96/384/CE de la Comisión)

— 52 (Decisión 96/490/CE de la Comisión)

— 65 (Decisión 97/586/CE de la Comisión)

— 67 (Decisión 97/735/CE de la Comisión)

____________________________________

(1) DO L 198 de 28.7.2005, p. 43.

(2) DO L 322 de 6.12.2001, p. 1.

— 73a (Decisión 1999/38/CE de la Comisión)

— 77 (Decisión 98/256/CE del Consejo)

— 85 (Decisión 98/497/CE de la Comisión)

— 86 (Decisión 98/653/CE de la Comisión)

— 90 (Decisión 1999/766/CE de la Comisión)

— 92 (Decisión 1999/293/CE de la Comisión)

— 99 (Decisión 2000/301/CE de la Comisión)

— 100 (Decisión 1999/789/CE de la Comisión)

— 110 (Decisión 2001/25/CE de la Comisión) 2)

Se suprime el texto de los puntos siguientes de la parte 2.2:

— 28 (Decisión 96/509/CE de la Comisión)

— 29 (Decisión 96/510/CE de la Comisión)

3) Se suprime el texto del punto siguiente de la parte 3.2:

— 26 (Decisión 2002/975/CE de la Comisión).

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el 30 de abril de 2005, siempre que se hayan comunicado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (*).

Artículo 3

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 29 de abril de 2005.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Richard WRIGHT

___________

(*) No se han indicado preceptos constitucionales.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

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