EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo») y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo XXII del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 160/2006, de 8 de diciembre de 2006 (1).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) no 1329/2006 de la Comisión, de 8 de septiembre de 2006, que modifica el Reglamento (CE) no 1725/2003 por el que se adoptan determinadas Normas Internacionales de Contabilidad de conformidad con el Reglamento (CE) no 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las Interpretaciones (CINIIF) 8 y 9 del Comité de Interpretaciones de las Normas Internacionales de Información Financiera (2).
DECIDE:
Artículo 1
En el punto 10ba [Reglamento (CE) no 1725/2003 de la Comisión] del anexo XXII del Acuerdo se añade el siguiente guión:
«— 32006 R 1329: Reglamento (CE) no 1329/2006 de la Comisión, de 8 de septiembre de 2006 (DO L 247 de 9.9.2006, p. 3).».
Artículo 2
Los textos del Reglamento (CE) no 1329/2006 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor 20 días después de su adopción, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.
_____________________
(1) DO L 89 de 29.3.2007, p. 38.
(2) DO L 247 de 9.9.2006, p. 3.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 27 de abril de 2007.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Alan SEATTER