EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo I del Acuerdo fue modificado por la Decisión del comité Mixto del EEE n o 3/2010, de 29 de enero de 2010 ( 1 ).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2009/786/CE de la Comisión, de 26 de octubre de 2009, por la que se exime al Reino Unido del cumplimiento de determinadas obligaciones relacionadas con la aplicación de la Directiva 66/402/CEE del Consejo en lo que se refiere a Avena strigosa Schreb ( 2 ).
(3) La presente Decisión no es aplicable a Liechtenstein.
DECIDE:
Artículo 1
Después del punto 78 (Decisión 2008/462/CE de la Comisión) bajo el encabezamiento «ACTOS QUE LOS ESTADOS DE LA AELC Y EL ÓRGANO DE VIGILANCIA DE LA AELC DEBERÁN TENER EN CUENTA», en el capítulo III del anexo I del Acuerdo, se inserta el siguiente punto:
«79. 32009 D 0786: Decisión 2009/786/CE de la Comisión, de 26 de octubre de 2009, por la que se exime al Reino Unido del cumplimiento de determinadas obligaciones relacionadas con la aplicación de la Directiva 66/402/CEE del Consejo en lo que se refiere a Avena strigosa Schreb (DO L 281 de 28.10.2009, p. 5).».
Artículo 2
Los textos de la Decisión 2009/786/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento del EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 1 de mayo de 2010, siempre que se hayan comunicado al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 30 de abril de 2010.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Alan SEATTER
_________________________
( 1 ) DO L 101 de 22.4.2010, p. 9.
( 2 ) DO L 281 de 28.10.2009, p. 5.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.