EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE», y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1)
Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) no 463/2013 de la Comisión, de 17 de mayo de 2013, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 2003/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los abonos, para adaptar al progreso técnico sus anexos I, II y IV (1).
(2)
Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo II del Acuerdo EEE.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el punto 1 [Reglamento (CE) no 2003/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo] del capítulo XIV del anexo II del Acuerdo EEE, se añade el siguiente guion:
«—32013 R 0463: Reglamento (UE) no 463/2013 de la Comisión, de 17 de mayo de 2013 (DO L 134 de 18.5.2013, p. 1).».
Artículo 2
Los textos del Reglamento (UE) no 463/2013 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 9 de abril de 2014, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (2).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 8 de abril de 2014.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente Gianluca GRIPPA
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(1) DO L 134 de 18.5.2013, p. 1.
(2) No se han indicado preceptos constitucionales.