EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo XVII del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 146/2009, de 4 de diciembre de 2009 ( 1 ).
(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2009/24/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, sobre la protección jurídica de programas de ordenador ( 2 ).
(3) La Directiva 2009/24/CE deroga la Directiva 91/250/CEE del Consejo ( 3 ), incorporada al Acuerdo, y que, en consecuencia, debe suprimirse del mismo.
DECIDE:
Artículo 1
En el anexo XVII del Acuerdo, el texto del punto 5 (Directiva 91/250/CEE del Consejo) se sustituye por el texto siguiente:
«32009 L 0024: Directiva 2009/24/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, sobre la protección jurídica de programas de ordenador (Versión codificada) (DO L 111 de 5.5.2009, p. 16).».
Artículo 2
Los textos de la Directiva 2009/24/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento del EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 2 de abril de 2011, siempre que se hayan comunicado al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 1 de abril de 2011.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente en funciones
Gianluca GRIPPA
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( 1 ) DO L 62 de 11.3.2010, p. 43.
( 2 ) DO L 111 de 5.5.2009, p. 16.
( 3 ) DO L 122 de 17.5.1991, p. 42.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.